Articulo de referencia

Divisiones del mundo en el Islam

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En el derecho islámico clásico , las dos divisiones principales del mundo son dar al-Islam ( literalmente , « territorio del Islam » ) y dar al-harb ( literalmente , « territorio de guerra » ). Dar al-Islam designa las tierras bajo dominio islámico y dar al-harb designa las tierras bajo dominio no musulmán. [ 1 ] Los musulmanes consideran el Islam como una religión universal y creen que es la ley legítima para toda la humanidad. Según el Islam, esto debe intentarse primero pacíficamente a través de la Dawah ( proselitismo islámico ). En caso de guerra, los musulmanes están obligados a eliminar a los combatientes hasta que se rindan o busquen la paz [ 2 ] y paguen la Jizya (impuesto islámico) si son sometidos. [ 3 ]

La forma singular árabe dar ( دار ), traducida literalmente, puede significar "casa", "morada", "estructura", "lugar", "tierra" o "país". En la jurisprudencia islámica, a menudo se refiere a una parte del mundo. Las nociones de "casas" o "divisiones" del mundo en el Islam , como dar al-Islam y dar al-harb, no aparecen en el Corán ni en los hadices . [ 4 ] Según Abu El Fadl , los únicos dar de los que habla el Corán son "la morada del Más Allá y la morada de la vida terrenal, describiéndose la primera como claramente superior a la segunda". [ 5 ]

Los primeros juristas islámicos idearon estos términos para designar dictámenes legales relacionados con las conquistas musulmanas en curso , casi un siglo después de Mahoma . El primer uso de estos términos se dio en Irak por Abu Hanifa y sus discípulos Abu Yusuf y Al-Shaybani . Entre los del Levante , Al-Awza'i fue un referente en esta disciplina, seguido posteriormente por Al-Shafi'i .

El concepto de dar al-harb se ha visto afectado por cambios históricos como la fragmentación política del mundo musulmán. [ 1 ] La distinción teórica entre dar al-Islam y dar al-harb se considera ampliamente inaplicable, y muchos juristas islámicos contemporáneos consideran al mundo occidental como parte del primero, ya que los musulmanes pueden practicar y difundir libremente su fe en los países occidentales. [ 6 ] El Corán ordena a los musulmanes difundir el mensaje del Islam por todo el mundo, declarándolo una religión para toda la humanidad. [ 3 ]

Principales divisiones religiosas

Las tierras y ciudades del Dar al-Islam en el siglo X, según el geógrafo al-Muqaddasi.

La teoría jurídica islámica primitiva dividió el mundo en dos divisiones: «morada del Islam» y «morada de la guerra». La primera, llamada dar al-Islam , a veces Pax Islamica , comprendía a musulmanes y no musulmanes que vivían bajo soberanía islámica. [ 7 ] La segunda era dar al-harb , gobernada por no musulmanes y específicamente por infieles. Otra división secundaria, Dar al-'Ahd, se asignó a los territorios gobernados por no musulmanes que tenían un tratado de no agresión o de paz con los musulmanes, lo que equivalía a un estatus intermedio entre las dos divisiones principales.

Dar al-Islam

Dar al-Islam ( en árabe : دار الإسلام, lit. « casa/morada del Islam » ; o dar at-Tawhid, lit. « casa/morada del monoteísmo » ) era un término utilizado por los ulemas (eruditos legales musulmanes) para referirse a aquellos países bajo soberanía musulmana, a veces considerados «el hogar del Islam» [ 8 ] o Pax Islamica . [ 7 ] Dar al-Islam, que significa «casa/morada del Islam», también se conoce como dar al-salam o «casa/morada de la paz». En el Corán (10.25 y 6.127), este término se refiere al Paraíso en el Cielo. [ 9 ]

Dar al-Islam estaba compuesto por musulmanes y no musulmanes, estos últimos viviendo como dhimmis (personas protegidas). Los no musulmanes tenían derecho a su propia ley y religión a cambio del pago de la jizya . [ 7 ] Mientras que los musulmanes gozaban de plenos derechos civiles, a los no musulmanes se les otorgaban derechos civiles parciales. Sin embargo, tanto musulmanes como no musulmanes tenían el mismo derecho a la seguridad y a la protección contra ataques. [ 7 ] Por ejemplo, si un enemigo capturaba a los ciudadanos de Dar al-Islam, el Estado estaba obligado a liberarlos, fueran musulmanes o no. [ 10 ]

Asimismo, en asuntos exteriores, el gobierno musulmán representaba tanto a sus ciudadanos musulmanes como a los no musulmanes. [ 7 ] Las relaciones entre musulmanes y no musulmanes se regulaban mediante «cartas constitucionales» (acuerdos especiales emitidos por las autoridades), y estos acuerdos reconocían el derecho personal de cada comunidad no musulmana (la comunidad judía, la comunidad cristiana, etc.). [ 11 ] Los no musulmanes podían acceder a los tribunales islámicos si así lo deseaban. [ 12 ]

Según Abu Hanifa , considerado el creador del concepto, los requisitos para que un país forme parte de dar al-Islam son: [ 13 ] [ 14 ]

  1. Los musulmanes deben poder disfrutar de paz y seguridad en este país y dentro de él.
  2. El país debería ser gobernado por un gobierno musulmán. [ 15 ]
  3. Comparte frontera con algunos países musulmanes.

Dar al-harb

Dar al-harb ( en árabe: دار الحرب «casa de guerra») era un término que se refería clásicamente a aquellos países que no tenían un tratado de no agresión o paz con los musulmanes (aquellos que sí lo tenían se les llamaba dar al-'Ahd o dar al-Sulh). [ 16 ] La noción de divisiones del mundo, o dar al-harb , no aparece en el Corán ni en los Hadices . [ 4 ] Según algunos eruditos, el término «morada de guerra» era simplemente una descripción de la dura realidad del mundo premoderno. [ 17 ] [ 18 ]

Según Majid Khadduri , la distinción fundamental entre dar al-Islam y dar al-harb se introdujo tras la derrota del Califato Omeya en la Batalla de Tours en 732, que impidió la expansión del Islam hacia el norte, mientras que, al mismo tiempo, se detuvo la expansión del califato hacia el este. [ 19 ] Wahbah al-Zuhayli sostiene que el concepto de dar al-harb es principalmente histórico: «La existencia de Dār al-Islām y Dār al-Ḥarb en la actualidad es rara o extremadamente limitada. Esto se debe a que los países islámicos se han adherido al pacto de las Naciones Unidas que estipula que la relación entre las naciones debe ser de paz y no de guerra. Por lo tanto, los países no musulmanes son Dār al-'Ahd  …» [ 20 ]

Según Abu Hanifa, hay tres condiciones que deben cumplirse para que un terreno sea clasificado como dar al-harb:

  1. Implementación abierta de las leyes de los no musulmanes y que ya no se implemente ninguna norma del Islam.
  2. Limita con otro dar al-harb
  3. Ningún musulmán permanece a salvo como lo estaba antes de que los no musulmanes tomaran el poder.

El propósito de diferenciar entre dar al-Islam y dar al-harb era identificar la tierra como segura o temerosa para los musulmanes. Por lo tanto, si los musulmanes están generalmente seguros en una tierra y no viven con temor, entonces no puede clasificarse como dar al-harb. [ 21 ]

Durante la colonización europea , se debatió el estatus de los territorios colonizados, como la India británica , y algunos afirmaban que era dar al-harb . Sin embargo, no se sugirió que, por lo tanto, los musulmanes estuvieran obligados a librar la yihad contra los colonizadores. [ 22 ]

Según la doctrina clásica, era deber de los gobernantes musulmanes someter el dar al-harb a la soberanía islámica. [ 12 ] Se presumía un estado de guerra entre el dar al-harb y el dar al-Islam, pero esto no implicaba necesariamente que debieran producirse hostilidades. [ 23 ] Correspondía al gobernante decidir cuándo, dónde y contra quién librar la guerra. [ 24 ] Así pues, en la práctica, a menudo reinaba la paz entre el dar al-Islam y el dar al-harb; los armisticios formales podían durar hasta 10 años, mientras que la paz informal podía prolongarse mucho más. [ 24 ]

Dado que se consideraba que dar al-Islam estaba en constante guerra con dar al-harb a menos que existiera un tratado de paz formal, y los prisioneros de guerra no musulmanes eran considerados un objetivo legítimo de esclavitud según las normas de esclavitud en el Islam , dar al-harb se utilizó históricamente como fuente de suministro de esclavos para el comercio de esclavos durante la era de la esclavitud en el mundo musulmán . [ 25 ] [ 26 ] [ 27 ]

Durante los períodos de un tratado de paz formal con un territorio en dar al-harb, este era inmune a los ataques de los musulmanes, y sus habitantes (llamados harbi ) podían entrar en tierras musulmanas sin ser molestados. [ 28 ] En ausencia de un tratado de paz, un harbi también podía entrar en tierras musulmanas de forma segura si primero obtenía un aman (garantía de protección). Era a través de dicho aman que se realizaban el comercio y el intercambio cultural entre dar al-harb y dar al-Islam. [ 28 ] Cualquier residente musulmán adulto de dar al-Islam (hombre o mujer, libre o esclavo) podía otorgar dicho aman a un harbi . [ 10 ] Al-Shaybani dictaminó que incluso los residentes no musulmanes (dhimmis) podían otorgar aman, [ 29 ] mientras que otras fuentes afirman que los residentes no musulmanes no podían otorgar aman. [ 10 ]

Véase también

Referencias

Citas

  1. 1 2 "Dar al-Harb" , Diccionario Oxford del Islam
  2. Yazdani, Abbas (diciembre de 2020). "La cultura de la paz y la tolerancia religiosa desde una perspectiva islámica" . Veritas (47): 151–168 . doi : 10.4067/S0718-92732020000300151 . ISSN 0718-9273 . 
  3. 1 2 "El uso de la fuerza bajo la ley islámica" . academic.oup.com . Consultado el 24 de noviembre de 2024 .
  4. 1 2 Abdel-Haleem, Muhammad (8 de septiembre de 2010). Entendiendo el Corán: Temas y estilo . IB Tauris & Co Ltd. pág . 68. ISBN  978-1845117894.
  5. Abou El Fadl, Khaled (23 de enero de 2007). El gran robo: Cómo arrebatarle el Islam a los extremistas . HarperOne. pág. 227. ISBN  978-0061189036.
  6. Hendrickson, Jocelyn (2009). «Derecho. Jurisprudencia minoritaria» . En John L. Esposito (ed.). La enciclopedia Oxford del mundo islámico . Oxford: Oxford University Press. Archivado del original el 26 de marzo de 2016.
  7. ^ Khadduri 1966 , pág . 11. 
  8. "Dar al Islam" . Enciclopedia de Oriente Medio . Consultado el 2 de agosto de 2019 .
  9. Arnold, TW (1927). "Gagauzes – Gakhar" . La Enciclopedia del Islam . Vol. 2. Leiden: Brill . pág. 128.  
  10. 1 2 3 Fadel 2009 , pág. 534.
  11. ^ Khadduri 1966 , pág. 11–12.
  12. 1 2 Khadduri 1966 , pág. 12.
  13. Saqr, Atiya (11 de octubre de 2012). "Concepto de Dar al-Harb y Dar al-Islam" . Islam Online . Archivado del original el 21 de octubre de 2006. Recuperado el 2 de agosto de 2019 .
  14. Khalil, Ahmed (27 de mayo de 2002). "Dar Al-Islam y Dar Al-Harb: su definición y significado" . English.islamway.com . Consultado el 13 de marzo de 2011 .
  15. Black, E. Ann; Esmaeili, Hossein; Hosen, Nadirsyah (1 de enero de 2013). Perspectivas modernas sobre el derecho islámico . Edward Elgar Publishing . pág. 42. ISBN  9780857934475.
  16. "Dar al-Harb" . oxfordislamicstudies.com . Archivado del original el 28 de mayo de 2012.
  17. Mohammad Hassan Khalil. Yihad, radicalismo y el nuevo ateísmo . Cambridge University Press . pág. 19. 
  18. Sherman Jackson . "La yihad y el mundo moderno" . Oxford Islamic Studies Online. Archivado del original el 19 de enero de 2019. De hecho, la dicotomía "Morada del Islam/Morada de la Guerra", citada hasta la saciedad por ciertos académicos occidentales como prueba de la hostilidad inherente del Islam hacia Occidente, era mucho más una descripción de los pueblos musulmanes del mundo en el que vivían que una prescripción de la religión islámica en sí misma.
  19. Clinton Bennet (2005). Musulmanes y modernidad: debates actuales . Bloomsbury Publishing . pág. 158. ISBN  9781441100504.
  20. Al-Zuhaylī, Al-Mu'āmalāt al-Māliyyah, p. 255.
  21. "Fatwas del Mufti Ebrahim Desai » Askimam" . askimam.org . Consultado el 9 de septiembre de 2021 . 
  22. Dar al-Islam El Diccionario Oxford del Islam
  23. Khadduri 1966 , pág. 14.
  24. 1 2 James Turner Johnson. La idea de la guerra santa en las tradiciones occidentales e islámicas . Pennsylvania State University Press . pág. 63. 
  25. Alexander, J. «Islam, arqueología y esclavitud en África». World Archaeology, vol. 33, n.º 1, 2001, págs. 44-60. JSTOR, http://www.jstor.org/stable/827888 . Consultado el 7 de enero de 2025.
  26. Wright, J. (2007). El comercio transahariano de esclavos. Storbritannien: Taylor & Francis.
  27. Gordon, M. (1989). La esclavitud en el mundo árabe. Nueva York: New Amsterdam. págs. 25-26
  28. 1 2 Khadduri 1966 , págs. 17-18.
  29. Viorel Panaite (2019). Derecho otomano de la guerra y la paz . Editorial Brill . pág. 166. 

Fuentes

Lecturas adicionales

  • Albrecht, Sarah (2016). "Dār al-Islām y dār al-ḥarb" . En Flota, Kate; Krämer, Gudrun ; Matringé, Denis; Nawas, John; Rowson, Everett (eds.). Enciclopedia del Islam (3ª  ed.). Brillante en línea. doi : 10.1163/1573-3912_ei3_COM_25867 . ISSN 1873-9830 . 
  • Los musulmanes occidentales y el futuro del Islam , por Tariq Ramadan .
  • König, Daniel G., Visiones árabe-islámicas del Occidente latino. Rastreo del surgimiento de la Europa medieval, Oxford, OUP, 2015.
  • Sectas en el Islam. Archivado el 1 de julio de 2010 en Wayback Machine.
  • MUHAMMAD MUSHTAQ AHMAD: Las nociones de Dār al-Ḥarb y Dār al-Islām en la jurisprudencia islámica con especial referencia a la escuela Ḥanafī.

Archivado el 1 de julio de 2010 en Wayback Machine.