Articulo de referencia

Tratado Naval de Londres

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El Tratado Naval de Londres , oficialmente el Tratado para la Limitación y Reducción del Armamento Naval , fue un acuerdo entre el Reino Unido , Japón , Francia , Italia y los Estados Unidos que se firmó el 22 de abril de 1930. Con el objetivo de abordar cuestiones no contempladas en el Tratado Naval de Washington de 1922 , que había establecido límites de tonelaje para los buques de guerra de superficie de cada nación , el nuevo acuerdo reguló la guerra submarina , controló aún más los cruceros y destructores, y limitó la construcción naval.

Las ratificaciones se intercambiaron en Londres el 27 de octubre de 1930, y el tratado entró en vigor ese mismo día, pero fue en gran medida ineficaz. [ 2 ]

El tratado fue registrado en la Serie de Tratados de la Sociedad de Naciones el 6 de febrero de 1931. [ 3 ]

Conferencia

Menú y lista de brindis oficiales en la cena de gala que inauguró la Conferencia Naval de Londres de 1930.
El primer ministro británico, Ramsay MacDonald, con la delegación japonesa.

La firma del tratado sigue estando intrínsecamente ligada a las negociaciones en curso, que comenzaron antes del inicio oficial de la Conferencia Naval de Londres de 1930, evolucionaron a lo largo del desarrollo del programa oficial de la conferencia y continuaron durante años después.

Términos

El tratado fue visto como una extensión de las condiciones acordadas en el Tratado Naval de Washington , un esfuerzo por evitar una carrera armamentística naval después de la Primera Guerra Mundial .

La conferencia supuso una reactivación de los esfuerzos realizados en la Conferencia Naval de Ginebra de 1927 , en la que los distintos negociadores no lograron llegar a un acuerdo debido a las tensiones entre los gobiernos británico y estadounidense. El problema pudo haber surgido inicialmente de las conversaciones mantenidas entre el presidente estadounidense Herbert Hoover y el primer ministro británico Ramsay MacDonald en el campamento de Rapidan en 1929, pero diversos factores influyeron en las tensiones, que se vieron exacerbadas por la presencia de las demás naciones en la conferencia. [ 4 ]

Según el tratado, el desplazamiento estándar de los submarinos se limitó a 2000 toneladas, y cada gran potencia podía conservar tres submarinos de hasta 2800 toneladas, excepto Francia, a la que se le permitió conservar uno. El calibre de los cañones de los submarinos también se limitó por primera vez a 155 mm (6,1 pulgadas ), con una excepción: un submarino francés ya construido podía conservar cañones de 203 mm ( 8 pulgadas ) . Esto puso fin al concepto de submarinos de gran calibre, impulsado por la clase M británica y el Surcouf francés .    

Según los términos del tratado, Gran Bretaña, Estados Unidos y Japón redujeron su flota de buques capitales: Japón en uno, Estados Unidos en tres y Gran Bretaña en cinco. Algunos fueron desguazados y otros convertidos en buques auxiliares o de entrenamiento. Todos estos buques habían sido botados antes de la Primera Guerra Mundial y contaban con cañones de menor calibre que la mayoría de los buques que se conservaron.

El tratado también estableció una distinción entre los cruceros armados con cañones de hasta 6,1 pulgadas (155 mm)cruceros ligeros » en la jerga no oficial) y aquellos con cañones de hasta 8 pulgadas (203 mm)cruceros pesados »). El número de cruceros pesados ​​estaba limitado: a Gran Bretaña se le permitieron 15 con un tonelaje total de 147 000 toneladas, a los estadounidenses 18, con un total de 180 000 toneladas, y a los japoneses 12, con un total de 108 400 toneladas. Para los cruceros ligeros, no se especificó un número, pero los límites de tonelaje fueron de 143 500 toneladas para los estadounidenses, 192 200 toneladas para los británicos y 100 450 toneladas para los japoneses. [ 6 ]    

El tonelaje de los destructores también estaba limitado: se definían como buques de menos de 1.850 toneladas y con cañones de hasta 130 mm (5,1 pulgadas ) . A los estadounidenses y a los británicos se les permitía un tonelaje de hasta 150.000 toneladas, y a Japón, de hasta 105.500 toneladas.  

El artículo 22 relativo a la guerra submarina declaraba que el derecho internacional se aplicaba a los buques de superficie. [ 7 ] Asimismo, los buques mercantes que demostraran una «negativa persistente a detenerse» o una «resistencia activa» podían ser hundidos sin que la tripulación y los pasajeros fueran trasladados previamente a un «lugar seguro». [ 8 ]

El artículo 8 describía los buques de guerra de superficie más pequeños. Los buques de entre 600 y 2000 toneladas, con cañones de hasta 152 mm ( 6 pulgadas) y un máximo de cuatro montajes de cañones de más de 76 mm (3 pulgadas ), sin armamento antitorpedos y con una velocidad máxima de 37 km/h (20 nudos ) , estaban exentos de las limitaciones de tonelaje. Las especificaciones máximas se diseñaron en función de los avisos franceses de la clase Bougainville , que se encontraban en construcción en ese momento.      

Los buques de guerra de menos de 600 toneladas también estaban completamente exentos. Esto dio lugar a intentos creativos de aprovechar la naturaleza ilimitada de la exención con los torpederos italianos de la clase Spica , los torpederos japoneses de la clase Chidori , los torpederos franceses de la clase La Melpomène y las balandras británicas de la clase Kingfisher . [ 9 ]

Secuelas

La siguiente fase del intento de control de armas navales fue la Segunda Conferencia Naval de Ginebra en 1932. Las negociaciones activas entre los demás signatarios del tratado continuaron durante los años siguientes. [ 10 ]

A esto le siguió el Segundo Tratado Naval de Londres de 1936.

Véase también

Referencias

  1. «Tratado para la Limitación y Reducción de los Armamentos Navales (Parte IV, Art. 22, relativo a la guerra submarina). Londres» . Ihl-databases.icrc.org . 22 de abril de 1930. Consultado el 2 de junio de 2026 .
  2. John Maurer y Christopher Bell, eds. En la encrucijada entre la paz y la guerra: la Conferencia Naval de Londres de 1930 (Naval Institute Press, 2014).
  3. Serie de Tratados de la Sociedad de Naciones , vol. 112, págs. 66–96.
  4. Steiner, Zara S. (2005). Las luces que fallaron: Historia internacional europea 1919–1933, pp. 587–591 .
  5. ^ Tratado Naval de Londres (PDF) - a través del Centro Alva Myrdal para el Desarme Nuclear (AMC) de la Universidad de Uppsala
  6. Departamento de Estado de los Estados Unidos. "La Conferencia Naval de Londres, 1930" . Consultado el 20 de marzo de 2014 .
  7. ^ Fink, Martín (febrero de 2014). "De onderzeeboot in het oorlogsrecht" (PDF) . Marineblad (en holandés). vol. 124, núm. 1. págs. 22-25 .   
  8. «Tratado para la Limitación y Reducción de los Armamentos Navales (Parte IV, Art. 22, relativo a la guerra submarina). Londres, 22 de abril de 1930» . Archivado del original el 31 de julio de 2012. Consultado el 13 de marzo de 2006 .
  9. John, Jordan (13 de septiembre de 2016). Warship 2016. Conway. págs. 8–10 . ISBN  978-1-84486-326-6.
  10. "Los oficiales de la Armada ven el casco en las conversaciones de Londres; el almirante Leigh y el comandante Wilkinson zarparán hoy para actuar como asesores" . New York Times . 9 de junio de 1934.

Lecturas adicionales

  • Baker, AD III (1989). "Flotas de batalla y diplomacia: el desarme naval entre las dos guerras mundiales". Warship International . XXVI (3): 217–255 . ISSN 0043-0374 . 
  • Dingman, Roger. El poder en el Pacífico: Los orígenes de la limitación de armamento naval, 1914-1922 (1976)
  • Goldstein, Erik y John H. Maurer, eds. La Conferencia de Washington, 1921-22: Rivalidad naval, estabilidad en Asia Oriental y el camino a Pearl Harbor (Taylor & Francis, 1994).
  • Maurer, John y Christopher Bell, eds. En la encrucijada entre la paz y la guerra: La Conferencia Naval de Londres de 1930 (Naval Institute Press, 2014).
  • Redford, Duncan. «Seguridad colectiva y disidencia interna: los intentos de la Liga Naval por desarrollar una nueva política hacia el poder naval británico entre 1919 y el Tratado Naval de Washington de 1922». History 96.321 (2011): 48–67.
  • Roskill, Stephen. Política naval entre guerras. Volumen I: El período de antagonismo angloamericano 1919-1929 (Seaforth Publishing, 2016).
  • Steiner, Zara S. (2005). Las luces que se apagaron: Historia internacional europea 1919-1933. Oxford: Oxford University Press . ISBN 978-0-19-822114-2; OCLC 58853793
  • Texto del tratado