Articulo de referencia

Hassam contra Jacobs

El caso Hassam v Jacobs NO y otros , un caso importante eny el derecho sucesorio de Sudáfrica , fue visto en el Tribunal Constitucional de Sudáfrica el 19 de febrero de 2009 y r...

El caso Hassam v Jacobs NO y otros , un caso importante eny el derecho sucesorio de Sudáfrica , fue visto en el Tribunal Constitucional de Sudáfrica el 19 de febrero de 2009 y resuelto el 15 de julio de 2009. Trataba sobre las consecuencias patrimoniales del matrimonio musulmán poligínico en el contexto de la sucesión intestada .

En una opinión unánime redactada por la jueza Bess Nkabinde , el Tribunal Constitucional dictaminó que negar a los cónyuges musulmanes polígamos los derechos de herencia intestada y de manutención que se concedían a los demás cónyuges supervivientes era incompatible con el derecho a la igualdad . Por consiguiente, dichos cónyuges tenían derecho a una parte de la herencia de su cónyuge fallecido en virtud de la Ley de Sucesión Intestada de 1981. El fallo extendió la sentencia del caso Daniels v. Campbell , que había llegado a la misma conclusión respecto de los cónyuges musulmanes monógamos.

Fondo

El caso se refería a la herencia de Ebrahim Hassam, quien falleció sin testamento el 22 de agosto de 2001. Tuvo dos esposas, ambas casadas según el rito musulmán : Fatima Gabie Hassam, con quien contrajo matrimonio en 1972, y Miriam Hassam, con quien contrajo matrimonio en 2000. Ninguno de los matrimonios se celebró conforme a la Ley de Matrimonio de 1961. Tras su fallecimiento, su primera esposa (la solicitante) reclamó una parte de la herencia del difunto en virtud de la Ley de Sucesión Intestada de 1981 , así como una pensión alimenticia con cargo a dicha herencia, conforme a la Ley de Manutención de los Cónyuges Supervivientes de 1990.

El albacea de la herencia del difunto, Johan Hermanus Jacobs, se negó a reconocer sus reclamaciones, alegando que no podía ser considerada como la "superviviente" o "cónyuge" del difunto a los efectos de las dos leyes. El Tribunal Constitucional de Sudáfrica había dictaminado recientemente en el caso Daniels v Campbell que las protecciones de las leyes se extendían a los cónyuges supervivientes de matrimonios musulmanes monógamos , pero ese fallo no consideró el derecho de los cónyuges en matrimonios polígamos. [ 1 ] Era un hecho indiscutible que el matrimonio del difunto era polígamo , y Jacobs sostuvo que los supervivientes de matrimonios polígamos no eran "supervivientes" ni "cónyuges" a los efectos de las leyes en cuestión.

Acción del Tribunal Superior

La solicitante acudió al Tribunal Superior de Sudáfrica para solicitar una orden que declarara que ella —y otras parejas supervivientes de matrimonios musulmanes poligínicos— tenían derecho a las protecciones otorgadas a los cónyuges supervivientes en virtud de la Ley de Sucesión Intestada y la Ley de Manutención de los Cónyuges Supervivientes. Alternativamente, si y en la medida en que las leyes no pudieran interpretarse para extender dicha protección, solicitó una orden que declarara las leyes inconstitucionales. El abogado de la Sra. Fatima Hassam fue Igshaan Higgins de DKVG Attorneys, y fue asistido por los abogados Lynn Swartz y Faizel Bardien. La abogada Tammy Carter fue la abogada en el Tribunal Superior del Cabo Occidental, mientras que el abogado Wim Trengove SC fue asistido por la abogada Kerisha Naicker en el Tribunal Constitucional. El Women's Legal Centre Trust, representado por Geoff Budlender , fue admitido como amicus curiae .

Constitucionalidad

El 18 de julio de 2008, el juez Dennis van Heerden de la División Provincial del Cabo del Tribunal Superior dictó sentencia a favor del solicitante. [ 2 ] [ 3 ] Aplicando la lógica de la decisión del Tribunal Constitucional en Daniels v Campbell , y teniendo en cuenta también el "creciente reconocimiento legislativo y judicial" de los matrimonios consuetudinarios, concluyó que:

A menos que los conceptos de "cónyuge" y "superviviente" se interpreten de manera que abarquen también a las viudas de matrimonios musulmanes poligínicos, el efecto práctico sería que las viudas de dichos matrimonios serían discriminadas únicamente por el ejercicio, por parte de sus difuntos maridos, del derecho que les confieren los preceptos de una religión mayoritaria a contraer matrimonio con más de una mujer. Dicha discriminación no solo constituiría una violación de su derecho a la igualdad por motivos de estado civil, religión (siendo esta un aspecto de un sistema de derecho personal religioso) y cultura, sino que también infringiría su derecho a la dignidad. 

Además, la limitación de estos derechos no se justificaba en virtud del artículo 36 de la Constitución : el Ministro de Justicia y Desarrollo Constitucional (el quinto demandado) no había aducido ningún fundamento que justificara la discriminación, ni tampoco existían tales fundamentos evidentes. Por consiguiente, era inconstitucional que los cónyuges supervivientes de matrimonios musulmanes poligínicos quedaran excluidos de las protecciones otorgadas a los cónyuges monógamos en virtud de las leyes.

Recurso

La orden del Tribunal Superior dispuso que las leyes debían interpretarse de manera que incluyeran al "cónyuge superviviente de un matrimonio musulmán polígamo" como "cónyuge" a los efectos de la Ley de Sucesión Intestada y como "superviviente" a los efectos de la Ley de Manutención de Cónyuges Supervivientes.

Sin embargo, el texto del apartado 1(4)(f) de la Ley de Sucesión Intestada, que regula la división de la herencia de una persona fallecida entre su cónyuge y sus descendientes, planteaba ciertas dificultades interpretativas. Por consiguiente, el tribunal declaró inconstitucional el apartado 1(4)(f) «en la medida en que prevé que solo uno de los cónyuges en un matrimonio musulmán sea heredero de la herencia intestada de su difunto esposo»; asimismo, dictó una redacción alternativa que ordenó incorporar al apartado para subsanar esta deficiencia.

Actas

La declaración de inconstitucionalidad del Tribunal Superior respecto de la Ley de Sucesión Intestada fue remitida al Tribunal Constitucional para su confirmación. Ninguna parte se opuso a la confirmación; de hecho, la orden del Tribunal Superior fue apoyada activamente por el quinto demandado, el Ministro de Justicia, así como por dos amici curiae, el Women's Legal Centre Trust y el Muslim Youth Movement of South Africa. Wim Trengove representó al demandante durante la audiencia ante el Tribunal Constitucional, que tuvo lugar el 19 de febrero de 2009, y la sentencia se dictó el 15 de julio de 2009. [ 4 ]

Juicio

En un fallo unánime redactado por la jueza Bess Nkabinde , el Tribunal Constitucional respaldó sustancialmente el razonamiento del tribunal inferior: [ 5 ] [ 6 ] excluir a los cónyuges musulmanes polígamos de la sucesión intestada conyugal era discriminar injustamente contra ellos por motivos de religión, estado civil y género, todos ellos motivos protegidos en virtud del artículo 9 (3) de la Constitución.

Por consiguiente, el Tribunal Constitucional admitió la solicitud de confirmación de la declaración de constitucionalidad y ratificó sustancialmente la orden del Tribunal Superior. Sin embargo, en aras de la claridad lingüística, se apartó de la instrucción de van Heerden de que el término "cónyuge" debía interpretarse como "el cónyuge superviviente de un matrimonio musulmán polígamo"; en su lugar, simplemente dispuso que el término "cónyuge", dondequiera que apareciera en el artículo 1 de la Ley de Sucesión Intestada, debía interpretarse como "cónyuge o cónyuges".

Recepción y significado

Hassam fue aclamado como una decisión histórica en la jurisprudencia sudafricana sobre derecho personal islámico. [ 7 ]

Véase también

Notas

  1. ^ Razaana Denson; Marita Carnelley; André Mukheibir (30 de abril de 2018). "La bastardización de la ley islámica por parte de los tribunales sudafricanos" . Obiter . 39 (1). doi : 10.17159/obiter.v39i1.11400 . ISSN 2709-555X . 
  2. Schroeder, Fatima (19 de julio de 2008). "El juez falla a favor de las segundas esposas musulmanas" . Cape Argus . Consultado el 7 de febrero de 2024 .
  3. Pillay, Verashni (6 de agosto de 2008). "La alegría de la viuda ante el fallo histórico" . News24 . Consultado el 7 de febrero de 2024 .
  4. "Las mujeres musulmanas gozarán de mayores derechos en el derecho matrimonial" . The Mail & Guardian . 16 de julio de 2009. Consultado el 7 de febrero de 2024 .
  5. ^ Bakker, Pieter (22 de octubre de 2021). "Pasar el registro van Islamitiese en Suid-Afrika: Hassam v Jacobs [ 2008 ] 4 All SA 350 (C)" . Obiter (en afrikáans). 29 (3). doi : 10.17159/obiter.v29i3.12630 . hdl : 10500/23753 . ISSN 2709-555X . 
  6. Denson, Razaana; van der Walt, Glynis (17 de septiembre de 2021). "Un consuelo frío para las partes de un matrimonio musulmán: la saga continúa: Hassam v Jacobs NO" . Obiter . 31 (1). doi : 10.17159/obiter.v31i1.12388 . ISSN 2709-555X . 
  7. Moosa, Najma; Abduroaf, Muneer (2014). "Faskh (Divorcio) y sucesión intestada en el derecho islámico y sudafricano: Impacto del fallo trascendental en Hassam v. Jacobs y el proyecto de ley de matrimonios musulmanes" . Acta Juridica . 2014 : 160.