El Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación (1948) n.º 87 es un convenio de la Organización Internacional del Trabajo y uno de los ocho convenios que conforman el núcleo del derecho internacional del trabajo , según la interpretación de la Declaración sobre los principios y derechos fundamentales en el trabajo . [ 3 ]
Contenido
El Convenio sobre la Libertad Sindical y la Protección del Derecho de Sindicación consta de un preámbulo seguido de cuatro partes con un total de 21 artículos. El preámbulo consiste en la presentación formal del instrumento, en la Trigésimo Primera Sesión de la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo, el 17 de junio de 1948. Una declaración de las "consideraciones" que llevaron a la creación del documento. Estas consideraciones incluyen el preámbulo de la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo ; la afirmación de la Declaración de Filadelfia sobre el tema; y la solicitud de la Asamblea General de las Naciones Unidas , al respaldar el informe recibido previamente en 1947, de "continuar todos los esfuerzos para que sea posible adoptar uno o varios convenios internacionales". Para concluir, el preámbulo indica la fecha de adopción: 9 de julio de 1948.
La Parte 1 consta de diez artículos que describen los derechos tanto de los trabajadores como de los empleadores a "afiliarse a organizaciones de su elección sin autorización previa". También se extienden a las propias organizaciones el derecho a elaborar reglamentos y estatutos, votar por sus dirigentes y organizar funciones administrativas sin injerencia de las autoridades públicas. Asimismo, se les impone explícitamente una expectativa: que, en el ejercicio de estos derechos, deben respetar la legislación vigente. A su vez, la legislación vigente "no menoscabará, ni se aplicará de manera que menoscabe, las garantías previstas en el presente Convenio". Finalmente, el artículo 9 establece que estas disposiciones se aplican a las fuerzas armadas y policiales únicamente según lo determinen las leyes y reglamentos nacionales, y no derogan leyes nacionales anteriores que reflejen los mismos derechos para dichas fuerzas. El artículo 1 establece que todos los miembros de la OIT deben dar efecto a las siguientes disposiciones.
PARTE I. LIBERTAD DE ASOCIACIÓN
[...]
- Artículo 2
Los trabajadores y los empresarios, sin distinción alguna, tendrán derecho a constituir y, con sujeción únicamente a las normas de la organización de que se trate, a afiliarse a organizaciones de su elección sin autorización previa.
- Artículo 3
1. Las organizaciones de trabajadores y de empleadores tendrán derecho a elaborar sus estatutos y reglamentos, a elegir a sus representantes con plena libertad, a organizar su administración y actividades y a formular sus programas.
2. Las autoridades públicas se abstendrán de cualquier injerencia que restrinja este derecho o impida su ejercicio legítimo.
- Artículo 4
Las organizaciones de trabajadores y empleadores no podrán ser disueltas ni suspendidas por la autoridad administrativa.
- Artículo 5
Las organizaciones de trabajadores y empleadores tendrán derecho a constituir federaciones y confederaciones y a unirse a ellas, y cualquier organización, federación o confederación de este tipo tendrá derecho a afiliarse a organizaciones internacionales de trabajadores y empleadores.
- Artículo 6
Las disposiciones de los artículos 2, 3 y 4 del presente documento se aplican a las federaciones y confederaciones de organizaciones de trabajadores y empleadores.
- Artículo 7
La adquisición de personalidad jurídica por parte de las organizaciones de trabajadores y empleadores, federaciones y confederaciones no estará sujeta a condiciones que restrinjan la aplicación de las disposiciones de los artículos 2, 3 y 4 del presente documento.
- Artículo 8
1. Al ejercer los derechos previstos en el presente Convenio, los trabajadores y los empleadores y sus respectivas organizaciones, al igual que otras personas o colectivos organizados, deberán respetar la ley del país.
2. La ley del país no será de tal manera que menoscabe, ni se aplicará de manera que menoscabe, las garantías previstas en el presente Convenio.
- Artículo 9
1. El alcance de las garantías previstas en el presente Convenio que se aplicarán a las fuerzas armadas y a la policía será determinado por las leyes o reglamentos nacionales.
2. De conformidad con el principio establecido en el párrafo 8 del artículo 19 de la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo [sic], la ratificación del presente Convenio por cualquier Miembro no se considerará que afecta a ninguna ley, laudo, costumbre o acuerdo vigente en virtud del cual los miembros de las fuerzas armadas o de la policía disfruten de algún derecho garantizado por el presente Convenio.
- Artículo 10
En este Convenio, el término organización significa toda organización de trabajadores o de empleadores para promover y defender los intereses de los trabajadores o de los empleadores. [ 4 ]
La Parte 2 establece que cada miembro de la OIT se compromete a garantizar "todas las medidas necesarias y apropiadas para asegurar que los trabajadores y los empleadores puedan ejercer libremente el derecho de sindicación ". Esta frase se desarrolla con mayor detalle en el Convenio sobre el derecho de sindicación y la negociación colectiva, 1949 .
La Parte 3, que contiene los artículos 12 y 13, trata cuestiones técnicas relacionadas con el Convenio. Describe las definiciones de quién puede aceptar (con o sin modificaciones) o rechazar las obligaciones de este Convenio con respecto a los "territorios no metropolitanos", cuyas competencias de autogobierno se extienden a esta zona. También analiza los procedimientos de notificación para la modificación de declaraciones anteriores con respecto a la aceptación de estas obligaciones. La Parte 4 describe los procedimientos para la ratificación formal del Convenio. Se declaró que el Convenio entraría en vigor doce meses después de la fecha en que el Director General fuera notificado de la ratificación por dos Estados miembros. Esta fecha se convirtió en el 4 de julio de 1950, un año después de que Noruega (precedida por Suecia ) ratificara el Convenio. La Parte 4 también describe las disposiciones para la denuncia del Convenio, incluido un ciclo de obligación de diez años. El análisis final destaca los procedimientos que se llevarían a cabo en caso de que el Convenio fuera finalmente sustituido por un nuevo Convenio, total o parcialmente. [ 4 ]
Ratificaciones

A febrero de 2024, 158 de los 187 Estados miembros de la OIT habían ratificado el convenio: [ 2 ] [ 5 ]
Véase también
Referencias
- ↑ Ratificaciones del Convenio C087 - Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (n.º 87)
- 1 2 "SOMALIA: El Primer Ministro firma tres convenios clave de la Organización Internacional del Trabajo" . Raxanreeb . 22 de marzo de 2014. Archivado del original el 22 de marzo de 2014. Recuperado el 22 de marzo de 2014 .
- ↑ "Convenios y ratificaciones" . Organización Internacional del Trabajo . 27 de mayo de 2011.
- 1 2 Recurso: Organización Internacional del Trabajo, OIT
- ↑ «Ratificaciones del Convenio 87» . Organización Internacional del Trabajo. Archivado del original el 25 de febrero de 2003.
Enlaces externos
- Texto de la Convención
- Ratificaciones
- Libertad de asociación
- convenios de la Organización Internacional del Trabajo
- Tratados concluidos en 1948
- Los tratados entraron en vigor en 1950.
- Tratados de la República Socialista Popular de Albania
- Tratados de Argelia
- Tratados de Angola
- Tratados de Antigua y Barbuda
- Tratados de Argentina
- Tratados de Armenia
- Tratados de Australia
- Tratados de Austria
- Tratados de Azerbaiyán
- Tratados de las Bahamas
- Tratados de Bangladesh
- Tratados de Barbados
- Tratados de la República Socialista Soviética de Bielorrusia
- Tratados de Bélgica
- Tratados de Belice
- Tratados de la República de Dahomey
- Tratados de Bolivia
- Tratados de Bosnia y Herzegovina
- Tratados de Botsuana
- Tratados de la República Popular de Bulgaria
- Tratados de Burkina Faso
- Tratados de Myanmar
- Tratados de Burundi
- Tratados de Camboya
- Tratados de Camerún
- Tratados de Canadá
- Tratados de Cabo Verde
- Tratados de la República Centroafricana
- Tratados de Chad
- Tratados de Chile
- Tratados de Colombia
- Tratados de las Comoras
- Tratados de la República Democrática del Congo
- Tratados de la República del Congo
- Tratados de Costa Rica
- Tratados de Costa de Marfil
- Tratados de Croacia
- Tratados de Cuba
- Tratados de Chipre
- Tratados de la República Checa
- Tratados de Checoslovaquia
- Tratados de Dinamarca
- Tratados de Yibuti
- Tratados de Dominica
- Tratados de la República Dominicana
- Tratados de Timor Oriental
- Tratados de Ecuador
- Tratados de la República de Egipto (1953–1958)
- Tratados de El Salvador
- Tratados de Guinea Ecuatorial
- Tratados de Eritrea
- Tratados de Estonia
- Tratados del Imperio Etíope
- Tratados de Fiji
- Tratados de Finlandia
- Tratados de la Cuarta República Francesa
- Tratados de Gabón
- Tratados de Gambia
- Tratados de Georgia (país)
- Tratados de Alemania Occidental
- Tratados de Alemania Oriental
- Tratados de Ghana
- Tratados del Reino de Grecia
- Tratados de Granada
- Tratados de Guatemala
- Tratados de Guinea-Bissau
- Tratados de Haití
- Tratados de Honduras
- Tratados de la República Popular Húngara
- Tratados de Islandia
- Tratados de Indonesia
- Tratados de Irlanda
- Tratados de Israel
- Tratados de Italia
- Tratados de Jamaica
- Tratados de Japón
- Tratados de Kazajstán
- Tratados de Kiribati
- Tratados de Kuwait
- Tratados de Kirguistán
- Tratados de Letonia
- Tratados de Lesotho
- Tratados de Liberia
- Tratados de la Jamahiriya Árabe Libia
- Tratados de Lituania
- Tratados de Luxemburgo
- Tratados de Macedonia del Norte
- Tratados de Madagascar
- Tratados de Malawi
- Tratados de Malí
- Tratados de Malta
- Tratados de Mauritania
- Tratados de Mauricio
- Tratados de México
- Tratados de Moldavia
- Tratados de la República Popular de Mongolia
- Tratados de Montenegro
- Tratados de Mozambique
- Tratados de Namibia
- Tratados de los Países Bajos
- Tratados de Nicaragua
- Tratados de Níger
- Tratados de Nigeria
- Tratados de Noruega
- Tratados del Dominio de Pakistán
- Tratados de Panamá
- Tratados de Papúa Nueva Guinea
- Tratados de Paraguay
- Tratados de Perú
- Tratados de Filipinas
- Tratados de la República Popular de Polonia
- Tratados de Portugal
- Tratados de la República Socialista de Rumania
- Tratados de Ruanda
- Tratados de San Cristóbal y Nieves
- Tratados de Santa Lucía
- Tratados de San Vicente y las Granadinas
- Tratados de Samoa
- Tratados de San Marino
- Tratados de Santo Tomé y Príncipe
- Tratados de Senegal
- Tratados de Serbia y Montenegro
- Tratados de Seychelles
- Tratados de Sierra Leona
- Tratados de Eslovaquia
- Tratados de Eslovenia
- Tratados de las Islas Salomón
- Tratados de Somalia
- Tratados de Sudáfrica
- Tratados de la Unión Soviética
- Tratados de España
- Tratados de Sri Lanka
- Tratados de Surinam
- Tratados de Eswatini
- Tratados de Suecia
- Tratados de Suiza
- Tratados de la República Árabe Unida
- Tratados de Tayikistán
- Tratados de Tanzania
- Tratados de Togo
- Tratados de Trinidad y Tobago
- Tratados de Túnez
- Tratados de Turquía
- Tratados de Turkmenistán
- Tratados de Uganda
- Tratados de la República Socialista Soviética de Ucrania
- Tratados del Reino Unido
- Tratados de Uruguay
- Tratados de Uzbekistán
- Tratados de Vanuatu
- Tratados de Venezuela
- Tratados de Yemen
- Tratados de Yugoslavia
- Tratados de Zambia
- Tratados de Zimbabue
- Los tratados se extendieron a la isla Norfolk.
- Tratados extendidos a Curazao y sus dependencias.
- Tratados extendidos a las Islas Feroe
- Los tratados se extendieron a Groenlandia.
- Los tratados se extendieron a las Tierras Australes y Antárticas Francesas.
- Los tratados se extendieron a la Somalia francesa.
- Tratados extendidos a la Guayana Francesa
- Tratados extendidos a la Polinesia Francesa
- Tratados extendidos a Guadalupe
- Tratados extendidos a Martinica
- Tratados extendidos a Reunión
- Los tratados se extendieron a San Pedro y Miquelón.
- Tratados extendidos a Nueva Caledonia
- Los tratados se extendieron a la colonia de Adén.
- Tratados extendidos a la Federación de las Indias Occidentales
- Los tratados se extendieron a la Colonia de las Bahamas.
- Tratados extendidos a Honduras Británica
- Tratados extendidos a Bermudas
- Tratados extendidos al Protectorado de Bechuanalandia
- Los tratados se extendieron a la Colonia de Borneo Septentrional.
- Tratados extendidos a las Islas Vírgenes Británicas
- Los tratados se extendieron a las Islas Malvinas.
- Los tratados se extendieron a la colonia de Fiji.
- Tratados extendidos a la Colonia y Protectorado de Gambia
- Tratados extendidos a Gibraltar
- Los tratados se extendieron a Guernsey.
- Tratados extendidos a la Guayana Británica
- Tratados extendidos a Jersey
- Los tratados se extendieron a las Islas Gilbert y Ellice.
- Tratados extendidos a Basutolandia
- Los tratados se extendieron a la Federación de Rodesia y Nyasalandia.
- Los tratados se extendieron a la Colonia y al Protectorado de Nigeria.
- Los tratados se extendieron a Santa Elena, Ascensión y Tristán de Acuña.
- Los tratados se extendieron a la Colonia de Sarawak.
- Los tratados se extendieron a la colonia de la Corona de Seychelles.
- Tratados extendidos a la Colonia de Sierra Leona
- Tratados extendidos a Suazilandia (protectorado)
- Tratados extendidos al Protectorado de Uganda
- Tratados extendidos al Sultanato de Zanzíbar
- Tratados extendidos al Protectorado de Adén
- 1948 en relaciones laborales