Articulo de referencia

Esquema del derecho de daños

El siguiente esquema se proporciona como una descripción general e introducción al derecho de responsabilidad civil extracontractual en las jurisdicciones de derecho anglosajón ...

El siguiente esquema se proporciona como una descripción general e introducción al derecho de responsabilidad civil extracontractual en las jurisdicciones de derecho anglosajón :

Derecho de daños : define qué constituye un daño legal y, por lo tanto, si una persona puede ser considerada responsable por el daño que ha causado. Los daños legales no se limitan a lesiones físicas. También pueden incluir daños emocionales, económicos o a la reputación, así como violaciones de la privacidad, la propiedad o los derechos constitucionales.

Tipos de agravios

Agravios contra la persona

Agresión contra la persona : categoría de ilícitos civiles que describe un daño físico causado al demandante.

  • Agresión : provocar intencional y voluntariamente el temor razonable de un contacto dañino u ofensivo inmediato.
  • Agresión física : Consiste en realizar un contacto dañino u ofensivo sin consentimiento con una persona o con algo estrechamente relacionado con ella (como una prenda de vestir). Se diferencia de la agresión en que requiere contacto físico.
  • Detención ilegal : Una persona es confinada intencionalmente sin autorización legal.
  • Provocación intencional de angustia emocional : Conducta intencional que resulta en una angustia emocional extrema.

Agravios por negligencia

Negligencia : falta de la diligencia que una persona razonablemente prudente ejercería en circunstancias similares.

Delitos contra la propiedad

  • Allanamiento de propiedad privada : Se comete cuando una persona ingresa intencionalmente a la propiedad de otra sin justificación legal. Es un delito punible por sí mismo , por lo que la parte cuya propiedad fue invadida puede demandar incluso si no se produce ningún daño real.
  • Allanamiento de propiedad ajena : Se comete cuando una persona interfiere intencionalmente con la propiedad privada de otra. Una leve intrusión, como poner brevemente la mano sobre el coche de otra persona, no constituye un delito.
  • Apropiación indebida (derecho) Un agravio intencional sobre bienes muebles donde la interferencia deliberada del demandado con el bien mueble priva al demandante de la posesión del mismo.
  • Molestia Negación del disfrute pacífico de un bien inmueble . Una molestia privada es una interferencia irrazonable, injustificada o ilegal con el uso y disfrute privado de la propiedad de otra persona; mientras que una molestia pública es una interferencia con los derechos del público en general. El criterio para determinar si una interferencia es razonable es si la gravedad del daño se ve compensada por el beneficio social de la molestia.

Agravios contra dignatarios

Agravios contra la dignidad : una categoría específica de agravios intencionales en los que la causa de la acción consiste en ser sometido a ciertos tipos de indignidades.

  • Difamación : Comunicación de una declaración que contiene una afirmación falsa, expresamente declarada o implícitamente declarada como un hecho, que puede dañar la reputación de una entidad.
  • Invasión de la privacidad : La intrusión ilícita en la vida personal de otra persona sin justa causa.
  • Incumplimiento de la confidencialidad : protege la información privada transmitida de forma confidencial; normalmente requiere que la información sea de carácter confidencial, comunicada de forma confidencial y divulgada en perjuicio del reclamante.
  • Abuso de procedimiento : Uso indebido o perversión maliciosa y deliberada de un procedimiento judicial emitido regularmente, que no está justificado por la acción legal subyacente.
  • Procesamiento malicioso : similar al abuso procesal , pero incluye la intención, la persecución sin causa probable y el sobreseimiento a favor de la víctima. En algunas jurisdicciones, el procesamiento malicioso se reserva para el inicio indebido de procedimientos penales, mientras que el abuso procesal se refiere al inicio indebido de procedimientos civiles.
  • Alienación de afectos : Demanda interpuesta por un cónyuge contra un tercero, a quien considera que ha interferido en su matrimonio. No es necesario que se hayan destruido todos los afectos dentro del matrimonio, sino que haya habido una disminución en el amor y el afecto entre la pareja.

Delitos económicos

Agravios económicos : aquellos que rigen la responsabilidad civil derivada de transacciones comerciales, como la interferencia en relaciones económicas o comerciales, y que suelen implicar pérdidas puramente económicas. También se denominan agravios empresariales.

  • Fraude : Consiste en que una parte haga una declaración falsa con la intención de inducir a otra a realizar un acto u omisión que le cause un daño. La primera parte puede o no beneficiarse del daño causado a la segunda. Asimismo, no es necesario que la primera parte esté en connivencia con quien se benefició realmente.
  • Interferencia ilícita : Una persona daña intencionalmente las relaciones contractuales o comerciales del demandante.
  • Conspiración (civil) : Acuerdo entre dos o más partes para privar a un tercero de sus derechos legales o engañarlo para obtener un objetivo ilegal.
  • Restricción del comercio : Las obligaciones contractuales de no comerciar son acuerdos ilegales por razones de orden público, a menos que sean razonables en interés de ambas partes y del público en general; esto afecta principalmente a las cláusulas restrictivas posteriores a la terminación de los contratos laborales.
  • Competencia desleal : El delito de vender bienes o servicios de manera que se induzca falsamente a los clientes a creer que provienen de una marca o proveedor diferente.

Responsabilidad objetiva y absoluta

Otros agravios

Responsabilidad, defensas, recursos

Responsabilidad

  • Peligro atractivo : El propietario de un terreno puede ser responsable de las lesiones sufridas por niños que entren sin autorización en su propiedad si la lesión es causada por un objeto peligroso o si una condición en el terreno es susceptible de atraer a los niños.
  • Deber de diligencia : La responsabilidad surge cuando quien causa un daño no cumple con su deber de diligencia hacia el demandante. En lo que respecta a la responsabilidad de los propietarios de tierras, el deber hacia los visitantes en el derecho de daños depende de cómo el demandante ingresó a la propiedad.
    • Intruso : Persona que entra sin autorización en una propiedad sin el permiso del propietario. Por el contrario, la condición de intruso otorga ciertos derechos al visitante si sufre lesiones debido a la negligencia del propietario.
    • Licenciatario : Persona que se encuentra en la propiedad de otra, a pesar de que dicha propiedad no esté abierta al público en general; históricamente, los trabajadores de emergencias han sido considerados licenciatarios.
    • Invitado Persona que es invitada a un terreno por el poseedor del mismo, ya sea como huésped o para realizar negocios.
  • Negligencia comparativa : una defensa parcial que reduce la cuantía de los daños que un demandante puede reclamar en función del grado en que su propia negligencia contribuyó a los daños. La mayoría de las jurisdicciones han adoptado esta doctrina; las que no la han adoptado son Alabama, Maryland, Carolina del Norte, Virginia y Washington D.C.
  • Negligencia concurrente : una defensa basada en la negligencia del demandante, cuyas acciones causaron el suceso que dio origen a la demanda. Un ejemplo de esto es un peatón que cruza la calle imprudentemente y es atropellado por un conductor que maneja de forma negligente.
  • Última oportunidad clara : doctrina según la cual un demandante puede obtener una indemnización frente a las defensas de negligencia comparativa y concurrente si puede demostrar que el demandado tuvo la última oportunidad de evitar el accidente.
  • Cráneo frágil como la cáscara de un huevo : doctrina según la cual un individuo es responsable de todas las consecuencias derivadas de sus acciones, incluso si la víctima sufre daños excepcionalmente graves (por ejemplo, debido a una vulnerabilidad o condición médica preexistente). El término surge como ejemplo el argumento de que si una persona tuviera un cráneo tan frágil como la cáscara de un huevo, y un agresor, sin ser consciente de esta condición, la golpeara en la cabeza y esta se fracturara, el responsable debería responder por todos los daños resultantes.
  • Responsabilidad indirecta : una forma de responsabilidad secundaria estricta derivada del principio de responsabilidad del superior . La responsabilidad del superior por los actos de sus subordinados, en virtud de la cual son responsables de los actos negligentes cometidos por sus empleados durante el ejercicio de sus funciones. [ 2 ]

Remedios

Los recursos disponibles varían según el tipo de agravio cometido e incluyen:

  • Daños y perjuicios : Compensación monetaria o restitución para el demandante según el principio de restitutio ad integrum .
  • Mandamiento judicial : una orden judicial que exige o prohíbe a un individuo o entidad realizar o abstenerse de realizar una determinada acción.
  • Rastreo Proceso mediante el cual un tribunal identifica el producto de un acto ilícito con el fin de evaluar la indemnización.
  • Retención ilegal Acción por la retención ilícita de bienes, iniciada por un individuo que alega tener un mayor derecho a su posesión inmediata que el poseedor o titular actual.
  • Replevin Significa la recuperación por parte de una persona de bienes que le fueron sustraídos ilegalmente de su posesión mediante un proceso legal.
  • Trover Un tipo de demanda para la recuperación de daños y perjuicios por la apropiación indebida de bienes personales.

Defensas

  • Consentimiento : una posible excusa contra la responsabilidad civil o penal bajo la defensa de que no se les debe responsabilizar ya que las acciones no se realizaron sin su permiso.
    • Volenti non fit injuria en latín, «A quien consiente, no se le causa daño», esta doctrina del derecho consuetudinario significa que si alguien se expone voluntariamente a una situación en la que podría sufrir daño, no puede demandar si este se produce. Es decir, un boxeador consiente en ser golpeado, y las lesiones relacionadas con el boxeo no son, por lo tanto, objeto de demanda (aunque si su oponente lo golpeara con una barra de hierro, sí sería objeto de demanda, ya que desconocía que tales cosas ocurrirían). [ 3 ]
  • La necesidad (agravio) La defensa de necesidad otorga al Estado o al individuo la propiedad ajena; generalmente se invoca solo contra los agravios intencionales de allanamiento de bienes muebles , allanamiento de tierras o apropiación indebida (derecho) . Se expresa en latín como necessitas inducit privilegium quod jura privata , «La necesidad induce un privilegio debido a un derecho privado».
  • Legítima defensa : Acción de civiles que recurren a la violencia en defensa propia o ajena, incluyendo el uso de fuerza letal . Se diferencia de la necesidad en que suele ser la respuesta a un peligro inmediato.

Otros términos y principios

Véase también

Referencias

  1. MC Mehta contra Unión de la India AIR 1987 SC 1086 (Caso de la fuga de gas de Oleum).
  2. Derecho de accidentes de construcción: una guía completa sobre responsabilidad legal. Marc M. Schneier. American Bar Association, 1999.
  3. Selección de máximas legales, clasificadas e ilustradas. Herbert Broom, Herbert Francis Manisty, Charles Francis Cagney. W. Maxwell, 1884, pág. 262.