Los litigios internacionales , a veces denominados litigios transnacionales , son la práctica de litigar en relación con disputas entre empresas o particulares que residen o tienen su sede en diferentes países.
La principal diferencia entre los litigios internacionales y los litigios nacionales radica en que, en los primeros, ciertas cuestiones tienen mayor probabilidad de ser importantes , como la jurisdicción personal, la notificación de procesos, las pruebas procedentes del extranjero y la ejecución de sentencias.
Jurisdicción
Aunque existen diferencias entre las leyes jurisdiccionales de muchos estados estadounidenses, todas están sujetas a los requisitos del debido proceso impuestos por la Constitución de los Estados Unidos . [ 1 ] En consecuencia, la mayoría de los abogados estadounidenses familiarizados con los principios generales de jurisdicción en uno o más estados de EE. UU. pueden orientar a sus clientes sobre cuestiones jurisdiccionales relacionadas con disputas entre litigantes de diferentes estados.
La situación difiere en lo que respecta a los principios jurisdiccionales en el contexto internacional. La primera diferencia se refiere a la jurisdicción extraterritorial , que es la concesión legal de jurisdicción a los tribunales locales sobre demandados de otros estados. Una ley de jurisdicción extraterritorial autoriza a un tribunal estatal a ejercer jurisdicción sobre un demandado de otro estado. Sin dicha ley, los tribunales estatales podrían carecer de jurisdicción personal sobre un demandado de otro estado. La autorización de un estado para ejercer jurisdicción está limitada por la Constitución federal. El uso de una ley de jurisdicción extraterritorial generalmente se considera constitucional cuando el demandado tiene ciertos contactos mínimos con el estado del foro y ha recibido una notificación razonable de la acción en su contra.
En segundo lugar, muchos países consideran que los conceptos estadounidenses de jurisdicción extraterritorial son demasiado amplios, y los tribunales de dichos países no reconocerán las sentencias de los tribunales estadounidenses basadas en el ejercicio de la jurisdicción extraterritorial estadounidense.
Desde una perspectiva no estadounidense, los tribunales de algunos países ejercen su jurisdicción basándose en principios que los tribunales estadounidenses considerarían injustos y contrarios a la ley estadounidense.
Por ejemplo, en algunos países, como Inglaterra e Israel, un tribunal puede ejercer jurisdicción sobre un demandado que se considera parte "necesaria o apropiada" en un caso contra un demandado local. [ 2 ] No está claro que los tribunales estadounidenses respeten tal fundamento jurisdiccional cuando el acreedor no estadounidense busca ejecutar la sentencia en Estados Unidos.
Notificación del proceso
En todo litigio, el demandante debe notificar la demanda al demandado o demandados. En el contexto internacional, la cuestión de la notificación de la demanda es más compleja.
En Estados Unidos, la notificación de documentos legales la realizan habitualmente abogados privados o sus agentes. En cambio, en muchos otros países, la notificación de documentos legales en un procedimiento judicial se considera una actividad que corresponde exclusivamente al gobierno o a alguna de sus dependencias.
Como resultado de los diferentes enfoques sobre la cuestión de la notificación de documentos judiciales, varias naciones firmaron el Convenio de La Haya sobre Notificación de Documentos Judiciales (1965), en virtud del cual cada Estado miembro está obligado a establecer una Autoridad Central para recibir, revisar y ejecutar las solicitudes de los tribunales extranjeros para llevar a cabo la notificación de documentos judiciales.
La mayoría de los países signatarios del Convenio de La Haya sobre Notificaciones Judiciales y Procesales aceptan las solicitudes de notificación firmadas por el abogado del demandante. El Reino Unido e Israel son dos excepciones.
Cualquier abogado que ignore los aspectos internacionales de la notificación procesal al demandar a un demandado que no reside en los Estados Unidos podría encontrarse con que la sentencia resultante no puede ejecutarse si los bienes del demandado están disponibles.
Evidencia
Según las Reglas Federales de Procedimiento Civil , un abogado con licencia en un distrito federal puede ejecutar una citación para obtener documentos o testimonio de un testigo ubicado en un distrito federal (distante). [ 3 ]
A diferencia de la situación interna, cuando una parte en una controversia internacional necesita obtener pruebas ubicadas en un país extranjero, generalmente deberá solicitar al tribunal local que emita una Carta Requerida de conformidad con el Convenio de La Haya sobre la Obtención de Pruebas . Según el Convenio de La Haya sobre la Obtención de Pruebas, cada Estado miembro debe designar una Autoridad Central para recibir, revisar y tramitar las solicitudes de obtención de pruebas de personas (u otras entidades) ubicadas en el país receptor.
Los litigantes ante tribunales no estadounidenses pueden solicitar la asistencia de tribunales estadounidenses para obtener pruebas, mediante el procedimiento de descubrimiento previsto en la Sección 1782. El uso de la Sección 1782 ha aumentado en los últimos años.
Consideraciones para el juicio
Una vez que una demanda supera la fase de presentación de pruebas y está lista para juicio, las diferencias entre los litigios nacionales e internacionales son mucho menos marcadas. No obstante, existen cuestiones especiales que involucran a litigantes no estadounidenses.
Dependiendo del nivel de dominio del idioma de los testigos de la parte no estadounidense, podría ser necesario contratar un intérprete para traducir sus declaraciones durante el juicio. Los intérpretes tienen un costo, lo que incrementa los gastos del proceso.
Reconocimiento y aplicación de la ley
En el contexto interno de los Estados Unidos, el reconocimiento de sentencias judiciales se rige por la Cláusula de Plena Fe y Crédito de la Constitución federal.
El principio de plena fe y crédito no se aplica a sentencias dictadas fuera de los Estados Unidos.
Estados Unidos no es parte de ningún tratado multilateral que regule el reconocimiento de sentencias extranjeras. No obstante, la postura de los tribunales estadounidenses respecto al reconocimiento de sentencias no estadounidenses ha sido liberal desde la decisión de la Corte Suprema de Estados Unidos en el caso Hilton v. Guyot .
La mayoría de los estados de EE. UU. han promulgado la Ley Uniforme de Reconocimiento de Sentencias Monetarias Extranjeras, [ 4 ] que rige el reconocimiento de sentencias no estadounidenses.
Como regla general, según la Ley Uniforme, los motivos para la no reconocimiento pueden basarse en:
- Falta de certeza: si el fallo se dictó bajo un sistema que no proporciona tribunales imparciales ni procedimientos compatibles con los requisitos del debido proceso legal.
- El tribunal extranjero no tenía jurisdicción personal sobre el acusado.
- El tribunal extranjero no tenía jurisdicción sobre la materia;
- El demandado en el proceso ante el tribunal extranjero no recibió notificación del procedimiento con la suficiente antelación para poder defenderse;
- La sentencia se obtuvo mediante fraude;
- La causa de acción en la que se basa la sentencia es contraria al orden público del estado donde se solicita su ejecución;
- El fallo entra en conflicto con otro fallo definitivo e inapelable;
- El procedimiento ante el tribunal extranjero era contrario a un acuerdo entre las partes según el cual la controversia en cuestión debía resolverse de otra manera que no fuera mediante un procedimiento ante dicho tribunal; o
- En el caso de jurisdicción basada únicamente en la notificación personal, el tribunal extranjero constituía un foro sumamente inconveniente para el enjuiciamiento de la demanda; o
- La sentencia busca hacer cumplir las leyes tributarias y de ingresos de una jurisdicción extranjera.
Otras consideraciones
Algunos estados de EE. UU. exigen que las corporaciones extranjeras depositen una garantía al presentar una demanda ante sus tribunales. Otros estados exigen que las corporaciones extranjeras se registren para operar como requisito para demandar.
En los casos que se tramitan en tribunales federales, un testigo que reside fuera de los Estados Unidos puede presentar una declaración jurada (o declaración) conforme al artículo 1746 del Título 28 del Código de los Estados Unidos sin necesidad de que su firma sea notariada. Este procedimiento hace que los tribunales federales resulten más atractivos para los litigantes que prevén tener que recurrir a testigos que no residen en los Estados Unidos.
Véase también
Referencias
- Jurisdicción
- Derecho internacional
- Procedimiento civil