El método abierto de coordinación ( MAC ) es un mecanismo de gobernanza intergubernamental relativamente nuevo en la Unión Europea , basado en la cooperación voluntaria de sus Estados miembros . [ 1 ] El método abierto se fundamenta en mecanismos de derecho blando , como directrices e indicadores, evaluación comparativa e intercambio de buenas prácticas . Esto significa que no existen sanciones oficiales para los rezagados. En cambio, la eficacia del método se basa en una forma de presión entre pares y de denuncia pública , ya que ningún Estado miembro quiere ser visto como el peor en un área política determinada.
El OMC funciona por etapas. En primer lugar, el Consejo de Ministros acuerda objetivos políticos (a menudo muy generales). En segundo lugar, los Estados miembros transponen las directrices a sus políticas nacionales y regionales. En tercer lugar, se acuerdan parámetros e indicadores específicos para medir las mejores prácticas. Finalmente, se realiza un seguimiento y se evalúan los resultados. Sin embargo, el OMC difiere significativamente en los distintos ámbitos políticos en los que se aplica: los periodos de presentación de informes pueden ser más cortos o más largos, las directrices pueden establecerse a nivel de la UE o de los Estados miembros, y los mecanismos de aplicación pueden ser más estrictos o más flexibles.
El OMC tiene un carácter más intergubernamental que el método tradicional de formulación de políticas en la UE, el llamado método comunitario . Debido a su enfoque descentralizado, mediante el cual las políticas acordadas son implementadas en gran medida por los Estados miembros y supervisadas por el Consejo de la Unión Europea , la participación del Parlamento Europeo y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea es muy limitada. Formalmente, al menos, la Comisión Europea tiene principalmente una función de supervisión; sin embargo, en la práctica, tiene un margen considerable para contribuir a definir la agenda política y persuadir a los Estados miembros reticentes a implementar las políticas acordadas. Si bien el OMC se concibió como una herramienta para ámbitos políticos que siguen siendo responsabilidad de los gobiernos nacionales (y donde la propia UE tiene pocas o ninguna potestad legislativa), a veces se considera una forma de que la Comisión se inmiscuya en un ámbito político nacional.
El Marco Común de Cooperación (MCC) se aplicó por primera vez en la política de empleo de la UE, tal como se definió en el Tratado de Ámsterdam de 1997, aunque no se le denominó así en aquel momento. Fue oficialmente nombrado, definido y respaldado en el Consejo de Lisboa para el ámbito de la política social. Desde entonces, se ha aplicado en la estrategia europea de empleo , la inclusión social, las pensiones, la atención al consumidor, la inmigración, el asilo, la educación y la cultura e investigación, y también se ha sugerido su uso en materia de salud y medio ambiente. El MCC también fue objeto de frecuentes debates en el Convenio Europeo .
Históricamente, la OMC puede considerarse una reacción a la integración económica de la UE en la década de 1990. Este proceso redujo las opciones de los Estados miembros en materia de política de empleo. Sin embargo, también estaban cansados de delegar más competencias a las instituciones europeas y, por lo tanto, diseñaron la OMC como una alternativa a los modelos de gobernanza existentes en la UE.
A continuación, se analizarán los métodos de contratación pública en los ámbitos del empleo y la protección social, ya que suelen considerarse los más desarrollados. También se incluye una breve introducción al método de contratación pública emergente en el sector de la salud. Sin embargo, cabe destacar que el método abierto parece estar cada vez más extendido, incluso en áreas como la inmigración y el asilo, que no se abordan en este documento.
Desarrollo del OMC: de la UEM al EES
La UEM , y en particular el Pacto de Estabilidad y Crecimiento, así como las Directrices Generales de Política Económica (introducidas como instrumento para alcanzar los objetivos establecidos en la Agenda de Lisboa ), pueden considerarse una especie de «proto-OMC» con mecanismos de sanción relativamente severos. Como reacción a la integración económica de Europa, la Estrategia Europea de Empleo (EEE) evolucionó en la década de 1990 con el objetivo de reequilibrar la integración monetaria y económica. La EEE original consistía, por lo tanto, en replicar, en mayor o menor medida, el proceso de la UEM con objetivos, indicadores y presión para la convergencia a medio plazo. Legitimada mediante el Tratado de Ámsterdam, la EEE se convirtió entonces en un proceso con entidad propia. Como se mencionó anteriormente, sus principios se generalizaron y se denominaron «Método Abierto de Coordinación» en la Cumbre de Lisboa (2000). Finalmente, la tercera fase de la EEE comenzó con la revisión quinquenal de 2003, donde la EEE se repolitizó debido al creciente predominio de los gobiernos de derecha en la UE. En la actualidad, el EES es un compromiso político destinado a excluir tanto los enfoques puramente neoliberales como los socialdemócratas.
El OMC en la inclusión social
En cambio, la Comunicación sobre la Inclusión Social (COI) no estaba directamente vinculada al debate sobre la UEM. Durante muchos años, la inclusión social fue un tema controvertido a nivel europeo debido al principio de subsidiariedad . En 1999, la Comisión adoptó finalmente una comunicación para una estrategia concertada sobre protección social, proponiendo un Comité de Protección Social que se oficializó en el Tratado de Niza . Dicho comité fue responsable del ejercicio inicial de establecimiento de normas. Posteriormente, se solicitó a cada Estado miembro que evaluara su situación mediante la elaboración de un plan de acción nacional (PAN) bienal, que presentara estrategias nacionales para mejorar la situación. Estos planes se publicaron en junio de 2001. Dieciocho meses después, la UE publicó un informe conjunto sobre inclusión social en el que se compararon y contrastaron los enfoques de los Estados miembros y se formularon recomendaciones. Si bien los PAN constituyen un primer nivel de acción, el Programa de Acción Comunitaria para combatir la pobreza y la exclusión social, cuyo objetivo es mejorar la cooperación entre los Estados miembros, puede considerarse el segundo nivel de acción.
En el Comité de Gestión de Inclusión Social, se destinaron fondos a las ONG y, en consecuencia, su enfoque inclusivo hacia la sociedad civil ha recibido comentarios favorables. Sin embargo, esto no ocurre necesariamente en otros Comités de Gestión de Pensiones. Según FEANTSA (2005), el Comité de Gestión de Pensiones es más cerrado y está integrado principalmente por la comisión y los funcionarios públicos nacionales.
Comparación del empleo y la inclusión social OMC
Al comparar el EES y el OMC de inclusión social, Pochet (2005: 43) señala que el primero parece orientarse más hacia la centralización , señalando y criticando sin un debate amplio sobre el contenido a nivel europeo ( de arriba hacia abajo ). El segundo proceso se inclina más hacia una dinámica experimental con la participación de actores locales y regionales ( de abajo hacia arriba ). Sin embargo, el autor también señala que probablemente se trate de una generalización excesiva, ya que en ambas formas existen tensiones entre centralización y descentralización .
Debido a su naturaleza distinta, el impacto de estos dos Convenios de Cooperación Económica (CCE) también puede ser bastante diverso. Ferrera y Sacchi (2004) analizan el impacto del EEE y el CCE de Inclusión Social en Italia. Concluyen que el impacto autónomo del CCE ha sido relativamente significativo en el ámbito del empleo y relativamente insignificante en el de la inclusión social. Una diferencia clave fue el estatus de tratado del CCE de empleo, que obligaba a las autoridades italianas a cumplirlo; este componente no estaba presente en el caso de la inclusión social. Además, la cuestión del desempleo y la reforma del mercado laboral era simplemente más relevante que la inclusión social.
Salud
A medida que los Estados miembros se enfrentan cada vez más a problemas comunes en materia de atención sanitaria (como el envejecimiento demográfico ), se ha debatido la aplicación del Marco Común Europeo de Referencia (MCO). En marzo de 2004, el Parlamento Europeo aprobó una resolución en la que solicitaba a la Comisión que presentara una propuesta para el uso del MCO en la atención sanitaria y de larga duración. La Comunicación de la Comisión de abril de 2004 recomendó aplicar el MCO al desarrollo y la modernización de la prestación y la financiación de la atención sanitaria. Como posibles ventajas, la Comisión señaló:
- mayor coherencia con el mecanismo de protección social existente
- una coordinación más estrecha con otros procesos políticos como el EES (en particular en lo que respecta al envejecimiento de la población activa). Como resultado, las cuestiones de salud deberían reflejar mejor la estrategia de Lisboa.
- involucrando a los numerosos actores de los sectores, en particular a los interlocutores sociales, los profesionales sanitarios y los representantes de los pacientes.
Se han dado pasos adicionales para comenzar la introducción del OMC.
Indicadores y racionalización
La selección de indicadores [ 2 ] es de vital importancia para el OMC y los críticos han argumentado que, por ejemplo, en el OMC de Protección Social, la calidad de los indicadores no es suficientemente alta o se centra demasiado en criterios económicos y no sociales. Asimismo, en el ámbito de la salud se ha puesto en duda la comparabilidad de los datos nacionales.
En el ámbito de la protección social, la comisión se prepara para simplificar los métodos utilizados en las distintas OMC (inclusión social, pensiones, etc.). En este contexto, los críticos temen que se reduzca demasiado el número de indicadores.
Véase también
Lecturas adicionales
- Nedergaard, Peter (diciembre de 2007). "Maximizar el aprendizaje de políticas en comités internacionales: un análisis de los comités del Método Abierto de Coordinación (OMC) europeo". Scandinavian Political Studies . 30 (4): 521– 546. doi : 10.1111/j.1467-9477.2007.00191.x .
- Nedergaard, Peter (diciembre de 2009). "Hay coaliciones en todas partes" (PDF) . Sociedades Europeas . 11 (5): 649– 671. doi : 10.1080/14616690802326418 . S2CID 153452334 .
- Estudio sobre la participación de las partes interesadas en la implementación del Método Abierto de Coordinación (MAC) en la protección social y la inclusión social. Informe final , Bruselas, INBAS GmbH y ENGENDER asbl, julio de 2010: http://www.engender.eu/documents_en.html
Referencias
- Método abierto de coordinación - Eurofound
- Comisión Europea: OMC en materia de protección social e inclusión social.
- Hughes, Kirsty (2000/2001) “El método abierto de coordinación: ¿innovación o mera charla?” Boletín CER 15 Archivado el 7 de septiembre de 2005 en Wayback Machine
- El OMC en la inclusión social
- Goetschy, Janine (2003) El método abierto de coordinación. Lesprobe. Hochschulverbund Educación a distancia. Brandeburgo
- Maurizio Ferrera y Stefano Sacchi (2004) El método abierto de coordinación y las capacidades institucionales nacionales. La experiencia italiana. Documento de trabajo URGE 2/2004
- Overdevest, Christine (2002) El método abierto de coordinación, nueva gobernanza y aprendizaje: hacia una agenda de investigación. Documento de trabajo del Proyecto de Nueva Gobernanza. Universidad de Wisconsin.
- Pochet, Philippe (2005) El método abierto de coordinación y la construcción de una Europa social. En: Zeitlin, J. y Pochet o. (eds.) El método abierto de coordinación en acción. Las estrategias europeas de empleo e inclusión social. Peter Lang: Bruselas (próxima publicación).
- FEANTSA (2005) Evaluación del método abierto de coordinación en el ámbito de la protección social.
- Comisión Europea: Gobernanza en la Unión Europea: Libro Blanco
- Derecho constitucional de la Unión Europea
- Política de la Unión Europea
- Europa de múltiples velocidades