El término «derecho europeo de responsabilidad civil extracontractual» no está estrictamente definido y se utiliza para describir diversas características del derecho de responsabilidad civil en Europa. Este concepto se desarrolló paralelamente a otros importantes acontecimientos históricos de la integración europea .
Historia
Tras la Segunda Guerra Mundial , el concepto de una Europa unida comenzó a tomar forma. Las ideas sobre una Europa unificada variaban en grado. Algunos imaginaban una Europa federal dirigida por un gobierno europeo, mientras que otros simplemente aspiraban a la cooperación económica para lograr un mercado interior común . El resultado actual se sitúa en algún punto intermedio entre estos dos extremos. [ 1 ]
Con la unificación política de Europa, surgió también un derecho común europeo en materia de responsabilidad civil extracontractual. A mediados del siglo XX, este derecho era diverso y no existía un derecho común europeo. No fue hasta principios del siglo XXI cuando comenzó a tomar forma.
Fondo
Las ideas sobre la armonización del derecho europeo de responsabilidad civil extracontractual varían drásticamente. Por un lado, existe la visión de una codificación de dicho derecho como parte de un código civil europeo . Pero, en el otro extremo, se encuentra la idea de que la armonización solo debería aplicarse en la medida necesaria para el funcionamiento del mercado interior. Una vez más, la situación actual se sitúa en un punto intermedio.
En este ámbito se están produciendo diversos avances. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha desarrollado jurisprudencia basada en principios generales comunes a las legislaciones de los Estados miembros. La Comisión Europea también ha buscado la armonización proponiendo el desarrollo de un Marco Común de Referencia. Los tribunales y legisladores nacionales están cada vez más dispuestos a considerar la jurisprudencia internacional.
Estos diversos acontecimientos demuestran que, si bien en algunos puntos se aprecia una tendencia convergente, las diferencias entre los Estados miembros siguen siendo sustanciales. Esto no se limita al contenido, sino que también existen diferencias en el procedimiento, la cultura jurídica y los contextos sociales, económicos y políticos. [ 2 ] El derecho europeo de responsabilidad civil extracontractual no solo se caracteriza por una armonía cada vez mayor en ciertos aspectos, sino también por una rica diversidad en muchos otros.
Derecho comparado
En las instituciones de la Unión Europea , como el Consejo , la Comisión y el Tribunal , donde abogados de todos los Estados miembros colaboran estrechamente, las distintas formaciones jurídicas desempeñan inevitablemente un papel importante. [ 3 ] El derecho comparado puede considerarse, por tanto, un método fundamental para encontrar puntos en común y desarrollar el Derecho de la Unión. Sin embargo, los tribunales suelen limitarse a expresiones generales como «principios jurídicos comunes a todos o a varios Estados miembros». [ 4 ]
Para reconocer la existencia de un principio jurídico general, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea no exige que las normas sean comunes a todos los ordenamientos jurídicos nacionales. Simplemente constata que el principio es generalmente reconocido y que, más allá de las divergencias, la legislación nacional de los Estados miembros muestra la existencia de criterios comunes.
Los tribunales nacionales superiores también muestran un creciente interés y necesidad de información comparativa. En este caso, se utiliza para evitar discrepancias entre los sistemas jurídicos. Como señala Lord Bingham: «En un mundo cada vez más interconectado, debe haber alguna ventaja en la uniformidad de los resultados, independientemente de la diversidad de enfoques para alcanzarlos». [ 5 ] En este sentido, el Derecho Comparado también constituye una herramienta convergente.
unión Europea
El marco jurídico de la Unión Europea se compone de tratados , reglamentos , directivas y jurisprudencia .
Específicamente en el ámbito del derecho de daños, se pueden encontrar varias normas en las directivas de derecho de daños. [ 6 ] Ejemplos de directivas incluyen la Directiva sobre responsabilidad por productos defectuosos y la Directiva sobre prácticas comerciales desleales . Una directiva puede ser una directiva de armonización máxima , lo que significa que los Estados miembros no pueden apartarse de ella, o una directiva de armonización mínima , que solo proporciona un marco general. [ 2 ] Sin embargo, el artículo 288 del TFUE reconoce que una directiva «será vinculante en cuanto al resultado que se pretende lograr para cada Estado miembro al que se dirija, pero dejará a las autoridades nacionales la elección de la forma y los métodos».
La responsabilidad también puede basarse en la violación de disposiciones comunitarias. El artículo 288 del TFUE regula explícitamente la responsabilidad de las instituciones comunitarias por los daños causados por el incumplimiento del Derecho de la Unión. Este artículo no establece normas de responsabilidad precisas, sino que remite a los principios generales comunes a los ordenamientos jurídicos de los Estados miembros. Esto no significa que «la justicia comunitaria deba buscar una solución favorecida por la mayoría de los Estados miembros…». Significa simplemente que la justicia comunitaria debe inspirarse en los ordenamientos jurídicos nacionales para diseñar un régimen de responsabilidad extracontractual adaptado a las circunstancias específicas de la Comunidad. [ 6 ]
El desarrollo de un principio general de responsabilidad por incumplimiento del Derecho de la Unión también se encuentra en la jurisprudencia Francovich del TJUE. En esta decisión de 1991, el TJUE reconoció la responsabilidad de los Estados miembros frente a los particulares por la violación del Derecho de la Unión como inherente al sistema del Tratado y necesaria para la efectividad de la Comunidad de Derecho. [ 7 ] Sobre la base de los principios generales a los que se refiere el artículo 288, el TJUE desarrolló tres requisitos para la responsabilidad:
- El estado de derecho infringido debe tener como objetivo conferir derechos a los individuos.
- La infracción debe ser suficientemente grave.
- Debe existir un vínculo causal directo entre el incumplimiento de la obligación que recae sobre el Estado y el daño sufrido por las partes perjudicadas.
El cumplimiento de estos requisitos es suficiente para tener derecho a una indemnización, que se basa directamente en el Derecho de la Unión.
El derecho europeo de responsabilidad civil extracontractual en la práctica
Existe un grupo de expertos, conocido como el Grupo Europeo de Derecho de Daños , fundado en 1992. El grupo se reúne periódicamente para debatir cuestiones fundamentales sobre la responsabilidad civil extracontractual, así como los avances recientes y las futuras tendencias de este derecho. El Grupo fundó el Centro Europeo de Derecho de Daños y Seguros en Viena.
El Grupo ha redactado una colección de Principios de Derecho Europeo de Daños similar a los Principios de Derecho Europeo de Contratos redactados por la Comisión Europea de Derecho de Contratos. [ 8 ]
Los Principios del Derecho Europeo de Daños son una recopilación de directrices del Grupo Europeo de Derecho de Daños que busca la armonización del derecho europeo en esta materia. No pretenden servir como código modelo, aunque su redacción pueda asemejarse a textos legales. Al menos en cuanto a forma y estructura, se asemejan a una recopilación del Derecho de Daños estadounidense .
Los Principios del Derecho Europeo de Daños tienen por objeto servir de marco común para el desarrollo ulterior de las legislaciones nacionales en materia de daños y también de la legislación europea específica, lo que podría evitar una mayor divergencia en la elaboración de normas fragmentadas tanto a nivel nacional como europeo.
Principios
- Norma básica
- Condiciones generales de responsabilidad
- Daño
- Causalidad
- Fundamentos de responsabilidad
- Responsabilidad basada en la culpa
- Responsabilidad objetiva
- Responsabilidad por otros
- Defensas
- Defensas en general
- Conducta o actividad que contribuye
- Múltiples autores de daños
- Remedios
- Daños y perjuicios
Futuro
A pesar de estos esfuerzos, subsiste la cuestión preliminar de si la armonización del derecho de responsabilidad civil extracontractual es factible y deseable. Existen argumentos que sugieren que la armonización no es tan evidente como parece a primera vista. La armonización del derecho de responsabilidad civil extracontractual no solo requiere una base jurídica formal, sino también una justificación sustancial. [ 9 ] La necesidad de armonización puede parecer evidente, ya que se consideraba que las diferencias entre los Estados miembros constituían un obstáculo para la consecución de un mercado interior. Según el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), una medida de armonización debe contribuir efectivamente a mejorar el establecimiento y el funcionamiento del mercado interior. Por consiguiente, una medida armonizadora debe delimitar las distorsiones que se derivan de las diferencias entre las legislaciones nacionales. Asimismo, debería describir cómo las medidas pretenden prevenir dichas distorsiones. En cualquier caso, es necesario sopesar las ventajas de estas medidas con los costes que conllevan.
Hay dos observaciones que podrían poner en tela de juicio la conveniencia y viabilidad de la armonización del derecho de responsabilidad civil extracontractual. En primer lugar, dicha armonización es difícil de lograr sin tener en cuenta otros sistemas de compensación, como los seguros privados y los sistemas de seguridad social. Estos sistemas están fuertemente interconectados y no es conveniente armonizar uno sin los demás. [ 10 ]
En segundo lugar, la armonización del derecho de responsabilidad civil extracontractual también requeriría la armonización del derecho administrativo y penal . La mayoría de los sistemas jurídicos reconocen la posibilidad de ser responsable por los daños causados por la violación de un deber legal. Por lo tanto, si se armonizaran las normas sobre el incumplimiento de un deber legal, también se deberían armonizar las normas legales que pueden invocarse como fundamento de este ilícito civil. [ 2 ]
Lo que sí es seguro es que debe impulsarse un debate más profundo. Quizás el enfoque no debería centrarse en una Europa unida por normas europeas, sino más bien en una Europa unida en la diversidad, con normas armonizadas donde sea necesario y diversidad donde sea posible.
Referencias
- ↑ Walter van Gerven , La Unión Europea. Una política de Estados y pueblos, Oxford, Hart 2005. ISBN 9781847311238
- ^ Cees van Damn, 2006, derecho europeo de daños, Oxford University Press . ISBN 9780199672264
- ↑ Walter van Gerven , 'El surgimiento de un derecho europeo común en el ámbito del derecho de daños: la contribución de la UE.
- ↑ Koen Lennaerts, Interlocking Legal Orders in the European Union and Comparative Law, ICLQ 52 (2003), 873–906
- ↑ Fairchild v Glenhaven Funeral Services Ltd & Others [2002] 3 All ER 305
- 1 2 Peter-Christian Muller-Graf, 'Las directivas de la CE como medio de unificación del derecho privado' en Hartkamp et al. (eds), Hacia un código civil europeo (Nueva York: Aspen Publishers, 2004).
- ↑ TJUE, 19 de noviembre de 1991, Asuntos acumulados c-6/90 y C-9/90, ECR 1991, i-5357 (Francovich y Bonifaci c. Italia)
- ↑ "Grupo Europeo de Derecho de Daños" . www.egtl.org . Consultado el 15 de enero de 2022 .
- ↑ Van Gerven, W. 'Armonización del derecho privado; ¿la necesitamos?' CMLR 41 (2004), 505.
- ↑ Magnus, U (ed.), El impacto de la ley de seguridad social en el derecho de daños, Viena, Nueva York; Springer, 2003
Lecturas adicionales
- John Bell y David Ibbetson. Desarrollo jurídico europeo: el caso de la responsabilidad civil extracontractual . Cambridge: Cambridge University Press, 2012.
- Gert Brüggemeier. Derecho de daños en la Unión Europea . Alphen aan den Rijn: Wolters Kluwer, 2018.
- Gert Brüggemeier, Aurelia Colombi Ciacchi y Patrick O'Callaghan (eds.). Derechos de la personalidad en el derecho de daños europeo . Cambridge: Cambridge University Press, 2010.
- Marta Infantino y Eleni Zervogianni (eds.). La causalidad en el derecho de daños europeo . Cambridge: Cambridge University Press, 2017.
- Ernst Karner, Ken Oliphant y Barbara C. Steininger, eds. Derecho europeo de daños: textos básicos , 2ª ed. Viena: Jan Sramek, 2018.
- Piotr Machnikowski (ed.). Responsabilidad por productos defectuosos en Europa: un análisis del estado del arte en la era de las nuevas tecnologías . Cambridge: Intersentia, 2016.
- Ken Oliphant, ed. La responsabilidad de las autoridades públicas en perspectiva comparada . Cambridge: Intersentia, 2016.
- Cees van Dam. Derecho europeo de responsabilidad civil extracontractual , 2.ª ed. Oxford: Oxford University Press, 2013.
Enlaces externos
- Principios del Derecho Europeo de Daños (2026)
- Derecho de la Unión Europea
- Derecho de daños