El Senado de Puerto Rico es la cámara alta de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico , el órgano legislativo territorial de Puerto Rico . El Senado, junto con la Cámara de Representantes de Puerto Rico , controla el poder legislativo del gobierno de Puerto Rico .
La estructura y las responsabilidades del Senado se definen en el Artículo III de la Constitución de Puerto Rico, que confiere todo el poder legislativo a la Asamblea Legislativa. [ 1 ] Todo proyecto de ley debe ser aprobado tanto por el Senado como por la Cámara de Representantes y luego firmado por el Gobernador de Puerto Rico para convertirse en ley. [ 2 ]
El Senado tiene poder exclusivo para juzgar y decidir sobre los juicios políticos . [ 3 ] La constitución también establece que todos los secretarios designados por el gobernador para los diferentes departamentos ejecutivos , así como todos los jueces y el Contralor , requieren el consejo y consentimiento del Senado. [ 4 ] [ 5 ] [ 6 ] Los magistrados de la Corte Suprema no pueden asumir el cargo hasta después de la confirmación del Senado. [ 6 ]
El Senado normalmente tiene 27 miembros. Dieciséis son elegidos por distritos senatoriales , con dos senadores por distrito, mientras que otros 11 son elegidos por votación general . [ a ]
El Senado se reúne desde 1917, después de que la promulgación de la Ley Jones-Shafroth lo estableciera formalmente. [ 8 ] La sesión actual es la del 28.º Senado de Puerto Rico , que tiene una mayoría del Partido Popular Democrático , lo que le da al partido el control del Senado sin oposición política, incluidas las enmiendas constitucionales . [ b ]
El Senado, junto con sus miembros y personal, se ubica en la mitad oriental del Capitolio de Puerto Rico . Estos edificios suelen ser el Anexo del Senado Rafael Martínez Nadal, el Edificio de Oficinas Luis Muñoz Marín, el Edificio Antonio R. Barceló, el Edificio Luis A. Ferré, el Edificio de Oficinas Ramón Mellado Parsons y el Edificio de Oficinas Baltasar Corrada del Río.
Historia
El Senado de Puerto Rico fue establecido por la Ley Jones-Shafroth de 1917. Firmada el 2 de marzo de 1917, la ley otorgó la ciudadanía estadounidense a los puertorriqueños y les facultó para tener un Senado elegido por voto popular. [ 11 ] Esta ley enmendó y amplió la Ley Foraker, firmada en 1900, que estableció un gobierno civil en Puerto Rico, aunque concedió una autonomía limitada.
Entre 1900 y 1917, los puertorriqueños hicieron varios intentos para convencer a Estados Unidos de que enmendara la Ley Foraker, de modo que pudieran elegir su propio Senado. En febrero de 1914, el Comisionado Residente de Puerto Rico, Luis Muñoz Rivera, presentó un proyecto de ley en el Congreso insistiendo en la creación de un Senado puertorriqueño con mayores poderes. Finalmente, en enero de 1916, el Representante William Jones presentó la Ley Jones para Puerto Rico y otros territorios. Fue firmada por Woodrow Wilson el 2 de marzo de 1917.
El 13 de agosto de 1917, se juramentó el primer Senado de Puerto Rico . Antonio R. Barceló fue elegido su primer Presidente, con Eduardo Georgetti como su Pro Tempore. Asimismo, José Muñoz Rivera y Manuel Palacios Salazar fueron designados Secretario y Sargento de Armas, respectivamente. En esta primera instancia, el Senado estuvo compuesto por 19 miembros, 14 de los cuales fueron elegidos de cada uno de los siete distritos senatoriales y cinco fueron elegidos a nivel nacional . [ 12 ]
Funciones
El Senado, junto con la Cámara de Representantes , está a cargo del poder legislativo del Gobierno de Puerto Rico . [ 1 ]
El Senado tiene potestad exclusiva para juzgar y decidir casos de destitución , y al reunirse para tales fines, los senadores actúan en nombre del pueblo de Puerto Rico . La Constitución también establece que todos los secretarios designados por el Gobernador para los diferentes departamentos ejecutivos , así como todos los jueces , requieren la aprobación del Senado. Los magistrados de la Corte Suprema no pueden asumir el cargo hasta después de su confirmación por el Senado.
Comisiones
Afiliación
Requisitos
El artículo III de la Constitución de Puerto Rico establece que ninguna persona puede ser miembro del Senado a menos que el candidato: [ 13 ]
- es capaz de leer y escribir tanto en español como en inglés;
- es ciudadano de los Estados Unidos y de Puerto Rico;
- ha residido en Puerto Rico durante al menos dos años inmediatamente anteriores a la fecha de su elección o nombramiento;
- tiene más de treinta años.
Elecciones

Las elecciones al Senado se celebran cada cuatro años, el martes siguiente al primer lunes de noviembre , junto con las elecciones para gobernador , comisionado residente , la Cámara de Representantes , los alcaldes y las asambleas municipales. Las últimas elecciones se celebraron el 8 de noviembre de 2016, en las que se eligieron los miembros del 26.º Senado de Puerto Rico . Las próximas elecciones están programadas para el 3 de noviembre de 2020, en las que se elegirán los miembros del 27.º Senado de Puerto Rico . Los senadores son elegidos para un mandato de cuatro años. Tony Fas Alzamora es el senador con mayor antigüedad y más años de servicio, habiendo servido durante nueve mandatos consecutivos desde 1981, sumando un total de 45 años.
Solo los ciudadanos estadounidenses ( incluidos los puertorriqueños ) que cumplan con todos los siguientes requisitos pueden votar por los senadores:
- debe residir legalmente en Puerto Rico,
- debe tener al menos 18 años de edad en la fecha de las elecciones,
- debe haber sido calificado por la Comisión Electoral del Estado de Puerto Rico antes de la elección o el mismo día de la elección después de presentarse en su lugar de votación más cercano y mostrar la documentación adecuada, y
- No debe haber sido declarado mentalmente incapacitado por un tribunal.
Los ciudadanos emiten su voto en colegios , que generalmente son las escuelas públicas más cercanas al lugar de residencia declarado por el votante. Por ley , el voto debe ser secreto, salvo que el ciudadano tenga una discapacidad física que se lo impida. Quienes no puedan desplazarse a los colegios por motivos médicos pueden votar en su domicilio (casas, residencias de ancianos, etc.) o en el lugar donde se encuentren convalecientes (hospitales, clínicas, etc.). En ambos casos excepcionales, funcionarios de la Comisión Electoral del Estado de Puerto Rico brindarán asistencia para que los ciudadanos puedan emitir su voto —ya sea verbalmente o mediante comunicación no verbal— con la presencia de miembros de los diferentes partidos políticos que observarán el proceso para garantizar la exactitud, la imparcialidad, la transparencia, el orden y la legitimidad.
Las papeletas se redactan tanto en español como en inglés, independientemente de si el inglés es un idioma oficial o no. [ c ]
Para elegir a los miembros del Senado, Puerto Rico se divide en ocho distritos senatoriales , cada uno basado en un número similar de habitantes:
- Distrito senatorial I de Puerto Rico—San Juan
- Distrito Senatorial II de Puerto Rico—Bayamón
- Distrito Senatorial III de Puerto Rico — Arecibo
- Distrito Senatorial IV de Puerto Rico — Mayagüez – Aguadilla
- Distrito senatorial V de Puerto Rico—Ponce
- Distrito Senatorial VI de Puerto Rico — Guayama
- Distrito Senatorial VII de Puerto Rico — Humacao
- Distrito senatorial VIII de Puerto Rico—Carolina
Estos distritos se dividen a su vez en uno o más precintos electorales, que a su vez se dividen en los colegios mencionados. [ 14 ] En cada distrito, los ciudadanos pueden votar únicamente por el distrito en el que han declarado su residencia, y solo por dos candidatos por distrito mediante votación por mayoría simple . Los dos candidatos con mayor número de votos en el distrito correspondiente se convierten en senadores de ese distrito específico. Se espera que los senadores de distrito den prioridad a los asuntos relacionados con el distrito que representan, pero la ley no les obliga a hacerlo.
Además, los ciudadanos pueden votar por un candidato general de su preferencia mediante un voto único e intransferible . Los once candidatos generales con mayor número de votos ejercen como senadores generales junto con los senadores de distrito, con las mismas facultades y derechos. Se espera que los senadores generales atiendan a cualquier persona o grupo, aunque no están obligados por ley a hacerlo; también sirven como mecanismo para los ciudadanos que, por cualquier motivo, no desean canalizar sus asuntos a través de su senador de distrito.
Término
Los senadores cumplen mandatos de cuatro años. Un miembro electo, pero que aún no ha tomado posesión de su escaño, se denomina "senador electo"; un miembro designado, pero que aún no ha tomado posesión, se denomina "senador designado". La Constitución de Puerto Rico no establece límites de mandato y, de hecho, un senador en funciones está terminando su noveno mandato de cuatro años como senador y su décimo como legislador.
Salario y beneficios
El salario anual por trabajo a tiempo completo de cada senador es de US$73.775 anuales, excepto el Presidente del Senado, que recibe US$110.663, y el Presidente pro tempore , los Líderes de la Mayoría y la Minoría , los Jefes de Disciplina de la Mayoría y la Minoría , y los presidentes de la Comisión de Gobierno y la Comisión del Tesoro , que reciben US$84.841 cada uno. [ 15 ]
Los senadores pueden generar ingresos adicionales fuera de su cargo legislativo, sujetos a restricciones, y solo aquellos que no reciben un salario anual tienen derecho a beneficios adicionales como viáticos o subsidio para automóvil . Se reembolsan los gastos relacionados con viajes fuera de Puerto Rico. [ 15 ] Los ajustes por costo de vida se han congelado desde 2005. Todos los senadores tienen derecho a los mismos beneficios de jubilación y salud que los demás empleados del gobierno de Puerto Rico.
Además, a todos los senadores se les proporciona espacio de oficina, servicios de secretaría, asesores, personal de apoyo, suministros de oficina y papelería. La contratación de personal que trabaje directamente para cada senador queda a discreción de cada uno de ellos. [ 15 ] En lugar de proporcionar directamente estos recursos y servicios, a los senadores se les asigna un presupuesto del cual obtienen fondos para pagarlos. A los senadores que presiden comisiones se les asignan presupuestos mayores que a los que no lo hacen; creando una diferencia entre los presupuestos asignados a los senadores del partido que tiene la mayoría en el Senado y los de la minoría, ya que los senadores de la mayoría tienden a ser los que presiden las comisiones.
Partidos mayoritarios y minoritarios
El partido mayoritario es el partido político que cuenta con la mayoría de los escaños. El segundo partido más numeroso se conoce como partido minoritario. El presidente pro tempore, los presidentes de los comités y otros funcionarios suelen pertenecer al partido mayoritario.
Cuando los miembros electos de la minoría son menos de nueve, la Constitución prevé la certificación de senadores adicionales de la minoría, quienes ejercerán como senadores generales. Tal fue el caso tras las elecciones de 2004 , cuando cuatro candidatos al Senado del Partido Popular Democrático (PPD) derrotados —uno general y tres distritales— fueron incorporados como senadores generales, sumándose a los cinco senadores del PPD que habían sido elegidos por derecho propio. Esta garantía constitucional de una representación legislativa mínima para la minoría es única en Puerto Rico entre todas las legislaturas bajo la bandera estadounidense, e incorpora un elemento de proporcionalidad que generalmente solo se encuentra en órganos de representación proporcional.
Oficiales
El Senado cuenta con varios funcionarios, con y sin derecho a voto, elegidos tanto dentro como fuera de sus filas. De estos, solo el presidente fue establecido por la Constitución; todos los demás funcionarios fueron establecidos mediante reglamento interno adoptado por el Senado. Únicamente el presidente y el presidente pro tempore tienen derecho a voto, ya que todos son elegidos internamente. Los funcionarios sin derecho a voto son elegidos fuera de las filas del Senado y simplemente asisten en los procedimientos internos y las tareas administrativas, así como en el cumplimiento del reglamento interno, las leyes y la Constitución . Entre los funcionarios típicos sin derecho a voto se encuentran el secretario , el sargento de armas y otros funcionarios designados por las diferentes comisiones como parte de sus propios asuntos internos.
Presidente del Senado
El presidente es el funcionario de mayor rango y el presidente del Senado. El cargo fue creado por el Artículo III de la Constitución de Puerto Rico , que establece que "El Senado elegirá un Presidente [...] de entre sus miembros". El presidente es sustituido por el presidente pro tempore en su ausencia. Su contraparte en la Cámara de Representantes es el presidente de la Cámara .
El actual presidente es Thomas Rivera Schatz , senador general del Partido Nuevo Progresista de Puerto Rico .
- 1917-1929: Antonio R. Barceló
- 1929-1933: Luis Sánchez Morales
- 1933-1941: Rafael Martínez Nadal
- 1941-1949: Luis Muñoz Marín
- 1949–1969: Samuel R. Quiñones
- 1969-1973: Rafael Hernández Colón
- 1973–1977: Juan J. Cancel Ríos
- 1977–1981: Luis A. Ferré
- 1981–1993: Miguel Hernández Agosto
- 1993–1997: Roberto Rexach Benítez
- 1997-2001: Charlie Rodríguez
- 2001-2005: Antonio Fas Alzamora
- 2005–2009: Kenneth McClintock
- 2009-2013: Tomás Rivera Schatz
- 2013–2017: Eduardo Bhatia
- 2017-2021: Tomás Rivera Schatz
- 2021-2025: José Luis Dalmau
- 2025–Presente: Thomas Rivera Schatz
Presidente pro tempore
El presidente pro tempore es el segundo funcionario de mayor rango del Senado y sustituye al presidente de la Cámara de Representantes en su ausencia. Su homólogo en la Cámara de Representantes es el presidente pro tempore .
La actual presidenta pro tempore es Marially González Huertas, senadora por el Distrito V de Ponce del Partido Popular Democrático .
- 1917-1921: Eduardo Georgetti
- 1921-1924: Juan Hernández López
- 1926-1929: Luis Sánchez Morales
- 1929-1933: Celestino Iriarte Miró
- 1933–1940: Bolívar Pagan
- 1940-1941: Luis Padrón Rivera
- 1941–1944: Francisco M. Susoni Abreu
- 1945–1949: Samuel R. Quiñones
- 1949-1969: Luis Negrón López
- 1969-1973: Juan Cancel Ríos
- 1973–1977: Miguel Hernández Agosto
- 1977-1981: Manuel Ramos Barroso
- 1981–1988: Sergio Peña Clos
- 1989–1993: Miguel Deynes Soto
- 1993–1995: Nicolás Nogueras
- 1995–1997: Luisa Lebrón de Rivera
- 1997–2000: Aníbal Marrero Pérez
- 2000–2001: Luz Arce Ferrer
- 2001-2005: Velda González de Modestti
- 2005-2009: Orlando Parga Figueroa
- 2009–2013: Margarita Nolasco Santiago
- 2013-2017: José Luis Dalmau
- 2017–2020: Larry Seilhamer
- 2020-2021: Henry Neumann
- 2021-2025: Marialy González Huertas
- 2025-Presente: Carmelo Ríos Santiago y Marissa Jiménez
líderes del partido
Cada partido elige líderes de bancada denominados "líder de la mayoría" o "líder de la minoría", según corresponda, así como un "jefe de bancada de la mayoría" o un "jefe de bancada de la minoría". Los líderes de bancada actúan como portavoces principales del partido. Los líderes actuales son: Líder de la Mayoría Gregorio Matías Rosario , Jefe de Bancada de la Mayoría Juan Oscar Morales ; Líder de la Minoría Luis Javier Hernández Ortiz , Jefa de Bancada de la Minoría Marially González Huertas ; Líder de la Minoría María de Lourdes Santiago ; Jefe de Bancada de la Minoría Adrian González Costa ; Líder de la Minoría Joan Rodríguez Vevé ; y Líder de la Minoría Eliezer Molina Pérez (candidato por voto escrito).
Funcionarios no miembros
El Senado cuenta con dos funcionarios electos que no son miembros.
El principal funcionario legislativo del Senado es el secretario del Senado , quien mantiene los registros públicos, desembolsa los salarios, supervisa la adquisición de papelería y suministros, y supervisa a los empleados administrativos. [ 16 ]
El otro funcionario es el sargento de armas , quien, como principal responsable de la aplicación de la ley en el Senado, mantiene el orden y la seguridad en el hemiciclo del Senado y demás instalaciones.
Estos funcionarios son elegidos por el Senado, generalmente durante su sesión inaugural, inmediatamente después de la elección del presidente del órgano. El actual secretario es Yamil Rivera Vélez [ 17 ] mientras que el actual sargento de armas es Javier Torres. [ 18 ]
Composición actual
La sesión actual corresponde al 28.º Senado de Puerto Rico , la cámara alta de la 20.ª Asamblea Legislativa de Puerto Rico , que sesionará del 2 de enero de 2025 al 1 de enero de 2029. Todos los miembros fueron elegidos en las elecciones generales de 2020 con una pluralidad o mayoría relativa del Partido Nuevo Progresista . El otro partido principal, el Partido Popular Democrático, obtuvo el segundo mayor número de escaños. El Partido Independentista Puertorriqueño eligió a dos senadores generales. Proyecto Dignidad obtuvo un escaño , además de un candidato independiente .
- Distrito I San Juan : Juan Oscar Morales
- Distrito I San Juan : Nitza Morán
- Distrito II Bayamón : Carmelo Ríos
- Distrito II Bayamón : Migdalia Padilla
- Distrito III Arecibo : Héctor Gabriel González
- Distrito III Arecibo : Brenda Pérez Soto
- Distrito IV Mayagüez–Aguadilla : Karen Michelle Román
- Distrito IV Mayagüez–Aguadilla : Jeison Rosa Ramos
- Distrito V Ponce : Jamie Barlucea Rodríguez
- Distrito V Ponce : Marialy González Huertas
- Distrito VI Guayama : Wilmer Reyes Berríos
- Distrito VI Guayama : Rafael Santos Ortiz
- Distrito VII Humacao : Luis Daniel Colón La Santa
- Distrito VII Humacao : Wanda Soto Tolentino
- Distrito VIII Carolina : Marissa Jiménez
- Distrito VIII Carolina : Héctor Joaquín Sánchez
- General : María de Lourdes Santiago
- General : Adrián González Costa
- General : Joanne Rodríguez Veve
- General : Gregorio Matías Rosario
- En general : Roxanna Soto Aguilú
- General : Thomas Rivera Schatz
- General : Ángel Toledo López
- En general : Ada Álvarez Conde
- General : José Luis Dalmau
- General : Luis Javier Hernández Ortiz
- En general : José A. Santiago
- General : Eliezer Molina Pérez
Otras organizaciones
A principios de 2009, la Oficina de Servicios Legislativos estaba dirigida por Kevin Rivera, mientras que Eliezer Velázquez actualmente se desempeña como Superintendente del Capitolio, siendo el primero en ocupar el cargo durante dos mandatos de cuatro años.
La Asamblea Legislativa de Puerto Rico también recibe servicios de apoyo del Consejo de Gobiernos Estatales (CSG), la Conferencia Regional del Este del CSG , la Conferencia Nacional de Legislaturas Estatales (NCSL) y el Caucus Nacional Hispano de Legisladores Estatales (NHCSL).
Composición anterior del Senado
Véase también
Notas
- 1 2 El Senado puede aumentar su número de senadores cuando en una elección general más de dos tercios de los miembros del Senado son elegidos de un mismo partido político o de una misma lista. [ 7 ]
- ↑ El partido tiene control absoluto sobre las enmiendas constitucionales, ya que estas se proponen mediante resoluciones concurrentes que deben ser aprobadas por no menos de dos tercios tanto del Senado como de la Cámara de Representantes. [ 9 ] Actualmente, el partido controla dos tercios tanto del Senado como de la Cámara de Representantes y, por lo tanto, puede proponer enmiendas constitucionales sin oposición. [ 10 ]
- ↑ El inglés ha sido eliminado como idioma oficial varias veces a lo largo de la historia moderna de Puerto Rico, pero las papeletas de votación también deben estar redactadas en inglés, independientemente de ello.
Referencias
- 1 2 Artículo III, Sección 1 , Constitución de Puerto Rico , 25 de julio de 1952 , consultado el 10 de agosto de 2013
- ↑ Artículo III, Sección 19 , Constitución de Puerto Rico , 25 de julio de 1952 , consultado el 10 de agosto de 2013
- ↑ Artículo III, Sección 21 , Constitución de Puerto Rico , 25 de julio de 1952 , consultado el 10 de agosto de 2013
- ↑ Artículo IV, Sección 5 , Constitución de Puerto Rico , 25 de julio de 1952 , consultado el 10 de agosto de 2013
- ↑ Artículo III, Sección 22 , Constitución de Puerto Rico , 25 de julio de 1952 , consultado el 10 de agosto de 2013
- 1 2 Artículo V, Sección 8 , Constitución de Puerto Rico , 25 de julio de 1952 , consultado el 10 de agosto de 2013
- ↑ Artículo III, Sección 7 , Constitución de Puerto Rico , 25 de julio de 1952 , consultado el 6 de agosto de 2013
- ↑ Ley Pública 64–368
- ↑ Artículo VII, Sección 1 , Constitución de Puerto Rico , 25 de julio de 1952 , consultado el 10 de agosto de 2013
- ^ "Elecciones Generales 2012 y Consulta Sobre el Estatus Político de Puerto Rico" (en español). Comisión Estatal de Elecciones de Puerto Rico . Archivado desde el original el 4 de agosto de 2013 . Consultado el 10 de agosto de 2013 .
- ↑ "Imagen 971 de las Leyes Generales de los Estados Unidos, Volumen 39 (1915-1916), 64.º Congreso" . Biblioteca del Congreso, Washington, DC 20540, EE. UU . Consultado el 9 de octubre de 2023 .
- ^ "Historia del Senado de Puerto Rico" (PDF) (en español). Senado de Puerto Rico . Consultado el 10 de agosto de 2013 .
- ↑ Artículo III, Sección 5 , Constitución de Puerto Rico , 25 de julio de 1952 , consultado el 10 de agosto de 2013
- ↑ Distritos senatoriales y representantes; senadores y representantes por acumulación Archivado el 9 de marzo de 2014 en Wayback Machine en RamaJudicial.PR
- 1 2 3 24 (PDF) (en español). 29 de mayo de 2013. Recuperado el 10 de agosto de 2013 .
- ↑ Secretaría del Senado de Puerto Rico en SenadoPR
- ↑ "MANUEL A. TORRES NIEVES" . Archivado del original el 20 de septiembre de 2018.
- ↑ "SARGENTO DE ARMAS" .
Enlaces externos
- Sitio web oficial (en español)

- La Oficina de Servicios Legislativos / Oficina de Servicios Legislativos (en español)
18°28′8″N 66°6′22″O / 18.46889°N 66.10611°O / 18.46889; -66.10611
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