Articulo de referencia

Silvaco Data Systems contra Intel Corp.

El caso Silvaco Data Systems contra Intel Corp., relativo a secretos comerciales, fue juzgado ante el Tribunal de Apelaciones del Sexto Distrito de California . Silvaco demandó ...

El caso Silvaco Data Systems contra Intel Corp., relativo a secretos comerciales, fue juzgado ante el Tribunal de Apelaciones del Sexto Distrito de California . Silvaco demandó a Intel por apropiación indebida de secretos comerciales, ya que Intel utilizó software producido por un tercero que había usurpado los secretos comerciales de Silvaco. El tribunal de apelaciones confirmó la decisión del tribunal de primera instancia de dictar sentencia sumaria a favor de Intel, al considerar que el mero uso de software infractor no constituye, por sí solo, una infracción de secretos comerciales.

Fondo

Silvaco es una empresa con sede en California que produce software de automatización del diseño electrónico (EDA). Silvaco fabrica varios productos EDA, entre ellos SmartSpice , una herramienta para diseñar y simular circuitos analógicos . En diciembre de 2000, Silvaco demandó a Circuit Semantics, Inc. (CSI) por apropiación indebida de secretos comerciales de Silvaco en el diseño de DynaSpice, un producto de CSI que competía con SmartSpice. Este caso llegó a juicio, [ 1 ] donde Silvaco finalmente prevaleció. [ 2 ] [ 3 ]

Silvaco demandó entonces a varios clientes de CSI que habían utilizado DynaSpice, incluyendo a Intel. Silvaco argumentó que, al usar DynaSpice, Intel era culpable de apropiación indebida de secretos comerciales según la Ley Uniforme de Secretos Comerciales de California (CUTSA). [ 4 ] Intel presentó una excepción ; es decir, argumentó que, incluso si hubieran utilizado DynaSpice, su uso de DynaSpice no constituía apropiación indebida de secretos comerciales. En particular, Intel presentó evidencia de que solo recibieron el código objeto de DynaSpice, no el código fuente , y que debido a que el código objeto "no revela fácilmente su diseño subyacente a la comprensión humana", la posesión del código objeto no implica la posesión de información que estaría protegida como secreto comercial. [ 5 ] El tribunal de primera instancia dictó sentencia sumaria a favor de Intel, declarando que:

Al adquirir el software CSI que "incorpora" el código fuente de Silvaco, Intel no adquirió ni obtuvo conocimiento de la información que constituye el supuesto secreto comercial de Silvaco... No es la funcionalidad del software CSI lo que constituye el supuesto secreto comercial de Silvaco, sino los medios que Silvaco emplea para crear dicha funcionalidad a través del código fuente.

Silvaco apeló la decisión del tribunal de primera instancia.

Opinión del tribunal

El tribunal de apelaciones confirmó la decisión del tribunal de primera instancia, otorgando sentencia sumaria a favor de Intel. [ 5 ] Coincidiendo con el tribunal de primera instancia, el tribunal de apelaciones determinó que Intel nunca tuvo posesión de ningún secreto comercial perteneciente a Silvaco, lo cual la CUTSA define como uno de los criterios para la apropiación indebida de secretos comerciales. El tribunal distinguió entre el "uso" de un secreto comercial —que constituiría una infracción— y el "uso" del software mediante la ejecución de su código objeto. El tribunal razonó en parte por analogía :

Quien hornea un pastel siguiendo una receta, sin duda, hace uso de ella; pero quien lo come no hace uso de la receta en el sentido ordinario, incluso si se acusa al pastelero de robar la receta de un competidor y el comensal conoce dicha acusación. Sin embargo, esta situación es prácticamente idéntica a la de ejecutar un software compilado a partir de un código fuente supuestamente robado. El código fuente es la receta a partir de la cual se elabora (compila) el pastel (programa ejecutable).

El tribunal también observó que aceptar los argumentos de Silvaco tendría nefastas consecuencias políticas:

Para calificar la conducta de Intel como poco ética, tendríamos que concluir que cualquier usuario final de una aplicación de software debería abstenerse de usarla —sin importar el daño que esto pueda causar a su negocio— en el momento en que alguien alegue que la aplicación se compiló a partir de código fuente robado. Esto equivaldría a paralizar el desarrollo tecnológico y otras actividades comerciales que se desarrollan con una considerable distancia, tanto causal como éticamente, del supuesto ilícito. Lejos de cumplir con los objetivos de la legislación sobre secretos comerciales, tal norma facilitaría enormemente la supresión de la competencia y el desarrollo tecnológico, al amenazar no solo a los potenciales competidores, sino también a sus clientes, con litigios de alcance prácticamente ilimitado.

Impacto

Varios comentaristas observaron que la decisión del tribunal en este caso aclaró la aplicación de la ley de secretos comerciales al software. [ 6 ] [ 7 ] [ 8 ] En particular, la decisión del tribunal respalda la idea de que, si bien el código objeto de un programa se deriva del código fuente del programa, una persona que posee el código objeto no posee ningún conocimiento de los secretos comerciales incorporados en el código fuente.

La decisión del tribunal de apelaciones también suscitó debate debido a una extensa nota a pie de página contenida en la opinión que criticaba las 8.000 páginas de documentos presentados ante el tribunal para este caso, ante lo cual el juez Rushing comentó: «Rara vez han muerto tantos árboles por tan poco». [ 9 ] [ 10 ]

Véase también

Referencias

  1. Richard Goering (6 de noviembre de 2002). "El caso de secretos comerciales de Silvaco contra CSI se dirige a juicio" . EE Times .
  2. Richard Goering (3 de septiembre de 2003). "Silvaco gana un fallo contra Circuit Semantics" . EE Times .
  3. «Silvaco anuncia un acuerdo definitivo con Circuit Semantics que resuelve todas las disputas legales» (Comunicado de prensa). Silvaco. 5 de agosto de 2006. Archivado del original el 27 de mayo de 2012.
  4. "Código Civil de California, secciones 3426 3426.11" .
  5. 1 2 Silvaco Data Systems v. Intel Corporation (Cal. App.29 de abril de 2010), Texto .
  6. Frances Kelly (21 de junio de 2010). "El Tribunal de Apelaciones de California aclara qué constituye "uso" de un secreto comercial" . Blog de Derecho de Propiedad Intelectual.
  7. Mike Masnick (6 de mayo de 2010). "Los compradores de software no son responsables de los secretos comerciales en el código fuente compilado" . TechDirt.
  8. Stephen C. Gerrish (2 de mayo de 2010). "Silvaco Data Systems y la apropiación indebida de código fuente" . Thoits Law.
  9. Stephen C. Gerrish (2 de mayo de 2010). "Silvaco Data Systems, nota al pie 2 y el expediente de apelación" . Thoits Law.
  10. Shaun Martin (29 de abril de 2010). "Silvaco Data Systems v. Intel (Tribunal de Apelaciones de California - 29 de abril de 2010)" . Informe de Apelaciones de California.