Articulo de referencia

Lexmark International, Inc. contra Static Control Components, Inc.

Lexmark International, Inc. v. Static Control Components, Inc. es un caso judicial estadounidense que involucra a la empresa de impresoras Lexmark , que había diseñado un sistem...

Lexmark International, Inc. v. Static Control Components, Inc. es un caso judicial estadounidense que involucra a laempresa de impresoras Lexmark , que había diseñado un sistema de autenticación que utilizaba un microcontrolador para que solose pudieran utilizar cartuchos de tóner autorizados. El litigio resultante (descrito por el juez Scalia en 2014 como "extenso", [1] y por otros como con el potencial de continuar tanto como Jarndyce v. Jarndyce [2] ) ha dado lugar a decisiones importantes que afectan a la legislación sobre propiedad intelectual y marcas registradas de los Estados Unidos.

En fallos separados de 2004 y 2012, el Tribunal de Apelaciones de los Estados Unidos para el Sexto Circuito dictaminó lo siguiente:

El fallo de 2014 de la Corte Suprema también afecta la interpretación de los estatutos en el área de la legitimación para presentar demandas por motivos estatutarios en una amplia variedad de áreas en los tribunales federales.

Fondo

Lexmark es un gran fabricante de impresoras láser y de inyección de tinta , [4] y Static Control Components (SCC) es una empresa que fabrica "una amplia gama de productos tecnológicos, incluidos microchips que vende a empresas de terceros para su uso en cartuchos de tóner remanufacturados ". [4]

En un esfuerzo por controlar y reducir la recarga y redistribución de cartuchos de tóner, Lexmark comenzó a distribuir dos variedades distintas de sus cartuchos de tóner. En virtud de su Programa de Reembolso Previo (ahora conocido como Programa de Devolución de Lexmark), a través de una licencia de embalaje retráctil , Lexmark vendió ciertos cartuchos de impresora con un descuento (hasta $50 menos) [5] a los clientes que aceptaron "usar el cartucho solo una vez y devolverlo solo a Lexmark para su remanufactura o reciclaje". Los cartuchos "sin reembolso previo" de Lexmark podían ser recargados por el usuario sin restricciones y se vendían sin ningún descuento.

Lexmark promocionó el programa Prebate como un beneficio para el medio ambiente y para sus clientes, ya que les permitiría obtener cartuchos más baratos, y el beneficio para Lexmark era que podría mantener los cartuchos vacíos fuera del alcance de los recargadores de la competencia. Muchos usuarios compraron dichos cartuchos bajo las condiciones establecidas.

Para hacer cumplir este acuerdo, los cartuchos Lexmark incluían un chip informático que contenía un programa informático de 55 bytes (el "Programa de carga de tóner") que se comunicaba con un "Programa de motor de impresora" integrado en la impresora. El programa calculaba la cantidad de tóner utilizada durante la impresión: cuando los cálculos indicaban que el suministro original de tóner Lexmark debía agotarse, la impresora dejaba de funcionar, incluso si el cartucho se había rellenado. [6] Además, si el chip no realizaba una secuencia de autenticación cifrada, o si el Programa de carga de tóner del chip no tenía una suma de comprobación que coincidiera exactamente con un valor almacenado en otra parte del chip, la impresora no utilizaba el cartucho. [7]

En 2002, SCC desarrolló su propio chip informático que duplicaría el "apretón de manos" utilizado por el chip de Lexmark y que también incluía una copia textual del Programa de carga de tóner, que según SCC era necesario para permitir que la impresora funcionara. Un cartucho Prebate podía recargarse correctamente si se reemplazaba el chip de Lexmark del cartucho por el chip de SCC. [6] SCC comenzó a vender sus chips "Smartek" a los recargadores de cartuchos de tóner.

En el tribunal de distrito

El 30 de diciembre de 2002, Lexmark demandó a SCC en el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Este de Kentucky . La demanda alegaba que SCC había:

  • violó la ley de derechos de autor [8] al copiar el Programa de carga de tóner, y
  • violó la DMCA [9] al vender productos que eludían la secuencia de autenticación cifrada entre el chip del cartucho Lexmark y la impresora. [7]

El 3 de marzo de 2003, el juez Karl S. Forester concedió una orden preliminar a Lexmark, impidiendo a SCC distribuir sus chips para cartuchos. La sentencia fue considerada controvertida. [10] [11]

En cuanto a la reclamación de derechos de autor, el tribunal determinó lo siguiente:

  • El uso del Programa de Carga de Tóner fue de hecho una probable violación de derechos de autor, [12] porque el Programa de Carga de Tóner no era un "código de bloqueo" que SCC tenía derecho a copiar bajo la DMCA, [13] [14] y porque el Programa de Carga de Tóner podía reescribirse de diferentes maneras (y por lo tanto tenía suficiente creatividad para calificar para la protección de derechos de autor). [12] [15]
  • La decisión de la Oficina de Derechos de Autor de conceder el registro de derechos de autor a los dos programas demostró que probablemente los programas eran susceptibles de protección por derechos de autor. [14] [16]
  • Debido a la complejidad del sistema de autenticación, la SCC no podía saber que podía eludir la autenticación sin utilizar el programa protegido por derechos de autor de Lexmark; pero sostuvo que esto no importaba porque "la infracción inocente, sin embargo, sigue siendo una infracción". [17]
  • El uso justo no se aplicó. [18]

En cuanto a las reclamaciones de la DMCA, el tribunal determinó que el microchip de la SCC eludía la secuencia de autenticación de Lexmark, [19] [20] y que la excepción de ingeniería inversa de la DMCA no se aplicaba, porque solo cubre la creación independiente de nuevos programas que deben interoperar con los existentes, y la SCC no creó ningún programa nuevo. [21]

Sentencia de apelación

La Corte Suprema de Justicia apeló la decisión del tribunal de distrito ante el Tribunal de Apelaciones del Sexto Circuito . Como es habitual en las apelaciones federales en los Estados Unidos, un panel de tres jueces escuchó la apelación; en este caso, el panel estuvo compuesto por los jueces de apelación Gilbert S. Merritt y Jeffrey S. Sutton , y John Feikens (un juez del tribunal de distrito que asiste temporalmente al tribunal de apelaciones). El 26 de octubre de 2004, los jueces emitieron su decisión, en la que los tres jueces escribieron opiniones separadas.

Opinión mayoritaria

En la opinión mayoritaria, el juez Sutton (con el acuerdo del juez Merritt) revocó la decisión del tribunal inferior y anuló la medida cautelar, sosteniendo que era improbable que Lexmark tuviera éxito en su caso. El caso fue remitido al tribunal de distrito para que se llevaran a cabo más procedimientos de conformidad con la opinión.

En cuanto a la reclamación por derechos de autor, el tribunal señaló que, a diferencia de las patentes , la protección por derechos de autor no se puede aplicar a las ideas, sino solo a expresiones particulares y creativas de ideas. [22] Distinguir entre una idea no protegible y una expresión creativa protegible es difícil en el contexto de los programas informáticos; aunque puede ser posible expresar la misma idea en muchos programas diferentes, las "realidades prácticas" (restricciones de hardware y software, estándares de diseño, prácticas de la industria, etc.) pueden hacer que diferentes expresiones sean imprácticas. [23] Los códigos de "bloqueo" (códigos que deben ejecutarse de cierta manera para eludir un sistema de seguridad) generalmente se consideran funcionales en lugar de creativos y, por lo tanto, no protegibles. [23]

Teniendo presentes estos principios, se concluyó que el tribunal de distrito había cometido tres errores:

  1. Había sostenido que el Programa de Carga de Tóner podía ser protegido por derechos de autor simplemente porque "podía escribirse de varias maneras diferentes", sin considerar las realidades prácticas. [24]
  2. Debido a este estándar erróneo, se negó a considerar si los programas alternativos de carga de tóner propuestos por Lexmark eran prácticos o no. [25]
  3. Había llegado a la conclusión de que el Programa de Carga de Tóner no era un "código de bloqueo", porque no había considerado suficientemente lo difícil que sería para SCC (sin el conocimiento de Lexmark de la estructura y el propósito del código) alterar el código y aún así pasar los mecanismos de autenticación de la impresora. [26]

En cuanto a las reclamaciones de la DMCA, la mayoría consideró primero la reclamación de Lexmark de que el chip SCC eludía los controles de acceso del programa Printer Engine. Sostuvo que la secuencia de autenticación de Lexmark no "controlaba el acceso" al programa; más bien, la compra de la impresora en sí misma permitía el acceso al programa:

Cualquier persona que compre una impresora Lexmark puede leer el código literal del Programa Printer Engine directamente desde la memoria de la impresora, con o sin el beneficio de la secuencia de autenticación[...] Ningún dispositivo de seguridad, en otras palabras, protege el acceso al Programa Printer Engine[...] [27]

De igual forma, la opinión mayoritaria sostuvo que cualquiera que comprara una impresora y un cartucho de tóner podía leer el Programa de Carga de Tóner desde la impresora; por lo que SCC tampoco eludió un control de acceso al Programa de Carga de Tóner. [28]

El tribunal también rechazó la conclusión del tribunal de distrito de que la defensa de la interoperabilidad no era aplicable. Dado que SCC había ofrecido testimonio de que sus chips efectivamente contenían programas creados independientemente además del Programa de Carga de Tóner de Lexmark, el Programa de Carga de Tóner podría considerarse necesario para permitir la interoperabilidad entre los propios programas de SCC y la impresora Lexmark. [29]

Opinión concurrente

En una opinión concurrente, el juez Merritt estuvo de acuerdo con el juez Sutton sobre el resultado de este caso en particular, pero también indicó que iría más allá:

Escribo por separado para enfatizar que nuestra posición no debe limitarse a los hechos concretos que rodean al Programa de Carga de Tóner o al Programa de Motores de Impresora. Debemos dejar en claro que en el futuro las empresas como Lexmark no pueden usar la DMCA junto con la ley de derechos de autor para crear monopolios de productos de fabricantes para sí mismas [...]

Opinó que, incluso si los programas en cuestión fueran más complejos (y, por lo tanto, más merecedores de protección por derechos de autor), la cuestión clave sería el propósito de la tecnología de elusión. Según el marco que propuso, si el uso de una tecnología de elusión por parte de un fabricante externo tuviera como único fin permitir que sus productos interoperaran con los de otro fabricante (y no obtener ningún beneficio independiente de la funcionalidad del código que se estaba copiando), entonces esa elusión sería permisible. [30]

Opinión concurrente/disidente

El juez Feikens también escribió una opinión, estando de acuerdo con muchos de los resultados de la opinión mayoritaria (aunque a veces por razones diferentes), pero en desacuerdo con su conclusión sobre el Programa de Carga de Tóner. [31]

En cuanto a la posibilidad de proteger el Programa de Carga de Tóner, concluyó que el expediente respaldaba la afirmación de Lexmark de que el programa podría haberse implementado de diversas maneras y, por lo tanto, la implementación de Lexmark era creativa y susceptible de protección por derechos de autor. [31] Coincidiendo en que el expediente era inadecuado para que el tribunal de distrito concluyera que el Programa de Carga de Tóner era un "código de bloqueo", señaló que el experto de Lexmark había testificado que todo el proceso del Programa de Carga de Tóner podía desactivarse cambiando un solo bit del código del chip, y que debería haber sido posible que la SCC lo descubriera; por lo que copiar el programa puede no haber sido necesario en la práctica. [32]

En cuanto a los cargos de la DMCA, Feikens estuvo de acuerdo en que Lexmark no había demostrado una violación con respecto al Programa de Carga de Tóner, pero por una razón muy diferente a la encontrada por la opinión mayoritaria. Señaló que la SCC había testificado que ni siquiera había estado al tanto de la existencia del Programa de Carga de Tóner; había copiado los datos en el chip de la impresora Lexmark (incluido el Programa de Carga de Tóner) simplemente en un intento de eludir la protección del Programa Printer Engine. Dado que la DMCA requiere que un infractor eluda a sabiendas los controles de acceso en el programa protegido, la SCC no podría haber eludido a sabiendas las protecciones en un programa que no sabía que existía. [33] Con respecto al Programa Printer Engine, estuvo de acuerdo con la opinión mayoritaria, pero también señaló que, en su opinión, el consumidor había adquirido los derechos para acceder a este programa al comprar la impresora y, por lo tanto, la DMCA no se aplicaría a los intentos de acceder a él. [34]

Solicitud de reconsideración

Lexmark presentó una solicitud para que el Sexto Circuito en pleno escuchara el caso . El Sexto Circuito rechazó esta solicitud en febrero de 2005.

La regla 13 de las Reglas de Procedimiento de la Corte Suprema de los Estados Unidos exige que la parte perdedora en un caso ante un tribunal de apelaciones presente una petición de auto de certiorari dentro de los 90 días a partir de la fecha en que el tribunal de apelaciones dicte su sentencia, o a partir de la fecha en que se deniegue una petición de reconsideración en el tribunal de apelaciones. La sentencia del Sexto Circuito se volvió definitiva a todos los efectos cuando expiró el período de 90 días sin que Lexmark presentara una petición de auto de certiorari.

Impacto

La decisión del Sexto Circuito es notable por al menos dos razones:

  1. Los tres jueces se esforzaron en enfatizar en sus opiniones que la DMCA debe interpretarse de manera consistente con los propósitos públicos más amplios del estatuto de derechos de autor, en lugar de como una concesión de nuevos poderes a los fabricantes de productos tecnológicos para imponer restricciones adicionales no contempladas por los derechos de autor.
  2. Representa una rara derrota para los grandes fabricantes de impresoras como Lexmark, Hewlett-Packard y Epson en su continua batalla con los vendedores de tinta de terceros.

El caso Lexmark 2004 también es coherente con la jurisprudencia posterior del Tribunal de Apelaciones de los Estados Unidos para el Circuito Federal en The Chamberlain Group, Inc. v. Skylink Technologies, Inc. y, por lo tanto, enfatiza que la DMCA tenía la intención de crear un nuevo tipo de responsabilidad, no un derecho de propiedad, sobre bienes duraderos que incorporan material protegido por derechos de autor. [35]

Marcas comerciales y publicidad engañosa: Sentencia del Tribunal de Circuito de 2012

Tribunal de Distrito

Antes del fallo del Sexto Circuito, Static Control inició una acción separada en 2004 buscando una sentencia declaratoria bajo las leyes federales de derechos de autor y la DMCA de que sus chips recientemente modificados no infringían los derechos de autor de Lexmark, y Lexmark presentó una contrademanda planteando infracciones de patentes, violaciones de la DMCA y reclamos por agravios, y agregó a tres remanufacturadores como acusados ​​terceros.

En la vista preliminar, Lexmark solicitó con éxito que se desestimaran todas las contrademandas de Static Control. Durante el proceso, el tribunal dictaminó lo siguiente:

  • Nueve de las patentes mecánicas de Lexmark eran válidas, pero dos de sus patentes de diseño eran inválidas, [36]
  • Se concedería sentencia sumaria a Lexmark por sus reclamaciones de infracción directa de patente contra tres codemandados, [37] y
  • La licencia de un solo uso de Lexmark para los cartuchos Prebate era válida, lo que impedía que las patentes de Lexmark se agotaran tras la venta inicial de los cartuchos de tóner Prebate a los usuarios finales. [36] Sin embargo, esto fue modificado posteriormente por el juez, después de la decisión de la Corte Suprema de los Estados Unidos en Quanta Computer, Inc. v. LG Electronics, Inc. [38]

Por lo tanto, las cuestiones del juicio consistieron únicamente en la demanda de Lexmark por infracción inducida de patentes contra Static Control y la defensa de Static Control por uso indebido de patentes. El juez de distrito Gregory Frederick Van Tatenhove indicó al jurado que sus conclusiones sobre el uso indebido de patentes serían consultivas; el jurado sostuvo que Static Control no indujo la infracción de patentes y advirtió que Lexmark hizo un uso indebido de sus patentes. Lexmark renovó su solicitud anterior de sentencia como cuestión de derecho y también presentó una moción para un nuevo juicio sobre su demanda por inducción de patentes, ambas que el tribunal de distrito denegó. Ambas partes apelaron oportunamente.

La sentencia de apelación

En una decisión unánime, se confirmaron las conclusiones del tribunal de distrito, excepto la desestimación de las contrademandas de Static Control en virtud de la Ley Lanham y la ley estatal de Carolina del Norte. Estas fueron revocadas y remitidas para su consideración posterior.

En particular, se celebró:

  • el 6º Circuito tenía jurisdicción para escuchar la apelación de conformidad con el artículo 28 USC  § 1291 (en lugar de ser remitido al Tribunal de Apelaciones de los Estados Unidos para el Circuito Federal de conformidad con el artículo 28 USC  § 1295),
  • el tribunal de distrito no abusó de su discreción al aumentar el monto de la fianza de medida cautelar emitida durante la audiencia preliminar de medida cautelar,
  • Las contrademandas antimonopolio federales de la SCC en virtud de los §§ 4 y 16 de la Ley Clayton por violaciones de los §§ 1 y 2 de la Ley Sherman fracasaron por falta de legitimación, según el estándar establecido en Associated Gen. Contractors of Cal., Inc. v. Cal. State Council of Carpenters ("AGC"), [39]
  • La contrademanda de la SCC por publicidad falsa en virtud de la Ley Lanham es válida, ya que el Sexto Circuito aplica un criterio de "interés razonable" para determinar la legitimación (en común con el Segundo Circuito, a diferencia de la prueba categórica utilizada en los Séptimo, Noveno y Décimo Circuitos, o el enfoque de la AGC utilizado en los Tercero, Quinto, Octavo y Undécimo Circuitos),
  • La contrademanda de SCC por competencia desleal y publicidad engañosa en virtud de la Ley de Prácticas Comerciales Engañosas y Desleales de Carolina del Norte [40] es válida según la ley estatal, según lo determinado por el Tribunal de Apelaciones de Carolina del Norte [41].

Impacto

El fallo también dejó en pie el fallo del tribunal de distrito sobre el impacto de Quanta Computer, Inc. v. LG Electronics, Inc. en la doctrina del agotamiento en el área de la ley de patentes. Al encontrar que la venta de productos patentados, incluso cuando están sujetos a restricciones de licencia válidas, agota los derechos de patente, esencialmente le da a Quanta una interpretación amplia, que amenaza con hacer inaplicable a través de esquemas de licencias diferenciales de la ley de patentes que intentan distinguir campos de uso separados para un artículo patentado. [42] Sin embargo, la sentencia del Tribunal de Apelaciones de los Estados Unidos para el Circuito Federal en Lexmark Int'l, Inc. v. Impression Prods., Inc. reabrió la cuestión. [43] El Tribunal sostuvo que después de la venta de un artículo patentado, el titular de la patente no puede demandar por infracción de patente relacionada con el uso posterior de ese artículo, incluso cuando viola un contrato con un cliente o se importa desde fuera de los Estados Unidos.

Alcance de los agravios legales federales: sentencia de 2014 de la Corte Suprema

Recurso de apelación contra la sentencia de 2012

La decisión del Tribunal de Circuito con respecto a la legitimación activa en virtud de la Ley Lanham fue apelada por Lexmark ante la Corte Suprema de los Estados Unidos , a la que se le concedió el certiorari el 3 de junio de 2013. El caso se escuchó el 3 de diciembre de 2013, [44] y la cuestión presentada ante la Corte fue:

Si el marco analítico apropiado para determinar la legitimación de una parte para mantener una acción por publicidad falsa bajo la Ley Lanham es:

  1. los factores establecidos en Associated Gen. Contractors of Cal., Inc. v. Cal. State Council of Carpenters , [45] según lo adoptado por los Circuitos Tercero, Quinto, Octavo y Undécimo;
  2. la prueba categórica, que permite demandas únicamente presentadas por un competidor real, empleada por los Circuitos Séptimo, Noveno y Décimo; o
  3. una versión de la prueba más amplia del "interés razonable", tal como la aplicó el Sexto Circuito en este caso o tal como la aplicó el Segundo Circuito en casos anteriores.

Lexmark argumentó a favor de la prueba AGC , mientras que SCC argumentó que la prueba apropiada debería ser en realidad la de la "zona de intereses" protegida por el estatuto [46] que se ha aplicado en casos que involucran la Ley de Procedimiento Administrativo , la Ley de Especies en Peligro de Extinción y el Título VII de la Ley de Derechos Civiles . [47] [48] En la audiencia, pareció que la presentación de Lexmark recibió un examen más intensivo que la de SCC. [49]

Decisión

El 25 de marzo de 2014, la Corte Suprema de Estados Unidos confirmó por unanimidad la decisión del Sexto Circuito de que Static Control tenía legitimidad para presentar una demanda en virtud de la Ley Lanham. [3]

El Tribunal elaboró ​​una nueva prueba para evaluar la legitimación activa en materia de publicidad engañosa, rechazando las pruebas existentes, incluida la "prueba del interés razonable" del Sexto Circuito. [50] En ese sentido, el enfoque adoptado por el Juez Scalia consta de varios pasos: [3] [50]

  1. De conformidad con el Artículo III , el demandante debe haber sufrido o estar amenazado de manera inminente con un "daño de hecho" concreto y particularizado que sea razonablemente atribuible a la acción impugnada del demandado y que probablemente sea reparado por una decisión judicial favorable. [51]
  2. La AGC exige la determinación, como una cuestión de interpretación estatutaria, del "alcance del recurso privado creado por" el Congreso, y la "clase de personas que [podrían] mantener una acción privada por daños bajo" una causa de acción conferida legislativamente. [45]
  3. Una causa de acción legal se extiende sólo a los demandantes cuyos intereses "caen dentro de la zona de intereses protegidos por la ley invocada", [52] y la formulación de "zona de intereses" se aplica a todas las causas de acción creadas por ley, ya que es un "requisito de aplicación general" y se presume que el Congreso "legisla en contra de su trasfondo", "que se aplica a menos que se niegue expresamente". [46]
  4. También se presume que una causa de acción legal está limitada a los demandantes cuyos daños son causados ​​directamente por violaciones del estatuto. [53] Un demandante que demanda bajo el §1125(a) normalmente debe demostrar que su daño económico o a la reputación surge directamente del engaño causado por la publicidad del demandado; y eso ocurre cuando el engaño a los consumidores hace que estos le nieguen el comercio al demandante.
  5. La aplicación directa de la prueba de la zona de intereses y del requisito de causa próxima proporciona los límites pertinentes sobre quién puede demandar conforme al §1125(a).

Al analizar el alcance de la causa próxima, Scalia señaló:

El Tribunal de Distrito hizo hincapié en que Lexmark y Static Control no son competidores directos. Pero cuando una parte alega un daño a la reputación por desprestigio, no se requiere competencia para que exista una causa próxima; y eso es cierto incluso si el objetivo del demandado era perjudicar a sus competidores inmediatos y el demandante simplemente sufrió daños colaterales. Consideremos dos fabricantes de automóviles rivales que compran airbags para sus automóviles a diferentes fabricantes externos. Si el primer fabricante de automóviles, con la esperanza de desviar las ventas del segundo, proclama falsamente que los airbags utilizados por el segundo fabricante de automóviles son defectuosos, tanto el segundo fabricante de automóviles como su proveedor de airbags pueden sufrir un daño a la reputación y sus ventas pueden disminuir como resultado. En esas circunstancias, no hay razón para considerar que el daño de una de las partes es derivado del de la otra; cada una se ve perjudicada directa e independientemente por el ataque a su mercancía.

Las pruebas anteriores adoptadas por los distintos Tribunales de Circuito fueron desestimadas por ser problemáticas por varios motivos:

Impacto

La decisión del Tribunal fue descrita como "un tratamiento magistral de la legitimidad legal" y "seguramente será reimpresa en libros de casos y citada en escritos durante décadas". [55] Se consideró que tenía un alcance mayor que el que estaba directamente relacionado con el caso en cuestión:

  • Se observó que era inusual que el Tribunal actual abriera la puerta a más demandas [56]
  • La Corte ha rechazado un cuerpo notable de doctrina existente relativa a la legitimación [55]
  • El Tribunal también tomó la inusual medida de rechazar todas las interpretaciones del Tribunal de Circuito sobre la cuestión sustituyéndolas por su propia interpretación del asunto [55].
  • La nueva norma no define los requisitos de legitimación de manera tan estricta como lo hicieron algunos circuitos, pero al agregar la prueba de causalidad próxima, en última instancia puede hacer que sea más difícil para los demandantes demostrar legitimación [50].
  • El enfoque de la Corte en los propósitos estatutarios y sus implicaciones para lo que un estatuto autoriza, en lugar de las llamadas consideraciones "prudenciales", puede limitar la legitimación y cambiar el debate sobre quién puede demandar bajo una amplia variedad de leyes federales [57]

Véase también

Referencias

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