Articulo de referencia

Aguas territoriales

Zonas marítimas según el derecho internacional Las aguas territoriales son, informalmente, un área de agua bajo la jurisdicción de un Estado soberano , que incluye aguas interio...

Zonas marítimas según el derecho internacional

Las aguas territoriales son, informalmente, un área de agua bajo la jurisdicción de un Estado soberano , que incluye aguas interiores , el mar territorial , la zona contigua , la zona económica exclusiva y, potencialmente, la plataforma continental extendida (estos componentes se denominan a veces colectivamente zonas marítimas [ 1 ] ). En un sentido más estricto, el término se usa a menudo como sinónimo de mar territorial [ 2 ] .

Los buques tienen diferentes derechos y obligaciones al transitar por cada área definida por la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CNUDM), uno de los tratados más ratificados . Los Estados no pueden ejercer su jurisdicción en aguas más allá de la zona económica exclusiva, conocidas como alta mar . [ 3 ]

Base

Normalmente, la línea de base es la línea de bajamar a lo largo de la costa, tal como aparece marcada en las cartas náuticas a gran escala reconocidas por el estado ribereño . Esta línea corresponde a la marca de bajamar más cercana a la costa o a una distancia ilimitada de tierra permanentemente expuesta, siempre que alguna parte de las elevaciones expuestas durante la bajamar pero cubiertas durante la pleamar (como las marismas) se encuentre a menos de 3 millas náuticas (5,6 kilómetros; 3 millas y media terrestres ) de tierra permanentemente expuesta.

Alternativamente, se pueden definir líneas de base rectas que conecten islas costeras a lo largo de la costa, a través de las desembocaduras de los ríos o, con ciertas restricciones, a través de las desembocaduras de las bahías. En este caso, una bahía se define como «una indentación bien marcada cuya penetración es proporcional a la anchura de su desembocadura, de manera que contiene aguas continentales y constituye algo más que una simple curvatura de la costa. Sin embargo, una indentación no se considera una bahía a menos que su área sea igual o mayor que la del semicírculo cuyo diámetro es una línea trazada a través de la desembocadura de dicha indentación». La línea de base que cruza la bahía no debe tener una longitud superior a 24 millas náuticas (44 kilómetros; 28 millas terrestres) .

aguas internas

Las aguas interiores se encuentran tierra adentro de la línea de base. El Estado ribereño tiene soberanía sobre las aguas interiores y puede hacer cumplir la legislación nacional sobre los buques en dichas aguas, incluso para prohibir el paso inocente . [ 4 ] : 4 Los lagos, ríos y bahías se consideran aguas interiores. [ 5 ] : 51

Las «aguas archipelágicas» dentro de las islas más externas de un estado archipelágico , como Indonesia o Filipinas, también son aguas internas, pero el estado debe permitir el paso inocente a través de ellas. Sin embargo, los estados archipelágicos pueden limitar el paso inocente a las rutas marítimas designadas dentro de estas aguas. Cada isla del archipiélago puede tener su propia línea de base. [ 5 ] : 51

mar territorial

Territorio marítimo y zona económica exclusiva de algunos países del sudeste asiático y del Pacífico.

El mar territorial es una franja de aguas soberanas que se extiende como máximo 12 millas náuticas (22 km; 14 mi) desde la línea de base de un estado costero, [ 6 ] incluyendo el espacio aéreo sobre él y el lecho marino debajo de él. Aunque el mar territorial es territorio soberano, los buques extranjeros (militares y civiles) tienen permitido el paso inocente .  

Los límites pueden ajustarse mediante la delimitación marítima . Si el límite de 12 millas náuticas de un estado se superpone con el mismo límite de otro estado, la frontera se define como el punto medio entre las líneas de base de ambos estados, a menos que acuerden lo contrario. Un estado también puede optar por reclamar un mar territorial más pequeño.

Se han producido conflictos cuando una nación costera reclama la totalidad de un golfo como sus aguas territoriales, mientras que otras naciones solo reconocen las definiciones más restrictivas de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (UNCLOS). Estados Unidos considera excesivas las reclamaciones que establecen la línea de base en más de 24 millas náuticas (dos límites de 12 millas náuticas). Dos conflictos tuvieron lugar en el Golfo de Sidra , donde Libia trazó una línea de más de 230 millas náuticas (430 km; 260 millas) y reclamó la totalidad del golfo como sus aguas territoriales. Estados Unidos ejerció sus derechos de libertad de navegación , lo que dio lugar a los incidentes del Golfo de Sidra de 1981 y 1989 .    

Zona contigua

La zona contigua es una franja de agua que se extiende desde el borde exterior del mar territorial hasta 24 millas náuticas (44,4 km; 27,6 millas) desde la línea de base. Dentro de esta zona, un Estado puede ejercer un control limitado para prevenir o sancionar las infracciones de sus leyes y reglamentos aduaneros, fiscales, migratorios o sanitarios dentro de su territorio o mar territorial.  

La zona suele tener 12 millas náuticas (22 km; 14 mi) de ancho. Sin embargo, puede ser más amplia cuando un Estado reclama un mar territorial de menos de 12 millas náuticas, o más estrecha si se superpusiera con la zona contigua de otro Estado. A diferencia del mar territorial, no existe una norma estándar para resolver estos conflictos y los Estados deben negociar un compromiso. Estados Unidos invocó una zona contigua de hasta 24 millas náuticas desde la línea de base el 29 de septiembre de 1999. [ 7 ]  

zona económica exclusiva

La zona económica exclusiva (ZEE) es una franja de agua que se extiende desde el borde exterior del mar territorial hasta 200 millas náuticas (370,4 km; 230,2 mi) desde la línea de base y, por lo tanto, incluye la zona contigua. [ 8 ] Un Estado ribereño tiene el control de todos los recursos económicos dentro de su zona económica exclusiva, incluyendo la pesca, la minería, la exploración petrolera y la contaminación de dichos recursos. Sin embargo, no puede prohibir el paso o la permanencia en la superficie, sobre o bajo el mar que cumpla con las leyes y reglamentos adoptados por el Estado ribereño de conformidad con las disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas, dentro de la porción de su zona económica exclusiva más allá de su mar territorial.  

Antes de la convención, las naciones costeras extendieron arbitrariamente sus aguas territoriales para intentar controlar actividades que ahora están reguladas por la zona económica exclusiva, como la exploración petrolera en alta mar o los derechos de pesca (véase Guerras del Bacalao ).

La ZEE todavía se considera popularmente, aunque erróneamente, como las aguas territoriales de las naciones ribereñas.

Plataforma continental

Definición

El artículo 76 de la convención de la ONU [ 9 ] define la "plataforma continental" de los países costeros.

La plataforma continental de un estado se extiende hasta el borde exterior del margen continental , pero al menos 200 millas náuticas (370 km; 230 millas) desde las líneas de base del mar territorial si el margen continental no se extiende hasta allí. Los estados ribereños pueden explorar y explotar el lecho marino y los recursos naturales que se encuentran sobre o debajo de él. Sin embargo, otros estados pueden tender cables y oleoductos si el estado ribereño lo autoriza. El límite exterior de la plataforma continental de un país no puede extenderse más allá de 350 millas náuticas (650 km; 400 millas) desde la línea de base ni más allá de 100 millas náuticas (190 km; 120 millas) desde la isobata de 2500 metros (8200 pies) , que es una línea que conecta las profundidades del lecho marino a 2500 metros.       

El borde exterior del margen continental, a efectos del presente artículo, se define como:

*una serie de líneas que unen puntos separados por no más de 60 millas náuticas (110 km; 69 millas) donde el espesor de las rocas sedimentarias es al menos el 1% de la altura de la plataforma continental por encima del pie del talud continental; o  
*una serie de líneas que unen puntos separados por no más de 60 millas náuticas y que no se encuentran a más de 60 millas náuticas del pie del margen continental.

El pie del talud continental se determina como el punto de máximo cambio en la pendiente en su base.

Plataforma continental extendida

La porción de la plataforma continental que se extiende más allá del límite de las 200 millas náuticas se conoce como «plataforma continental extendida». Los países que deseen delimitar su plataforma continental exterior más allá de las 200 millas náuticas deben presentar información científica que justifique su reclamación ante la Comisión de Límites de la Plataforma Continental de las Naciones Unidas. La Comisión valida o formula recomendaciones sobre la base científica de la reclamación de plataforma continental extendida. El dictamen científico de la Comisión es definitivo y vinculante. Las reclamaciones de plataforma continental extendida validadas que se superponen con cualquier demarcación entre dos o más partes se deciden mediante negociación bilateral o multilateral, no por la Comisión.

Los países disponen de diez años tras la ratificación de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (UNCLOS) para presentar sus propuestas de extensión de su plataforma continental más allá de las 200 millas náuticas, o hasta el 13 de mayo de 2009 para aquellos países que ratificaron la convención antes del 13 de mayo de 1999. Al 1 de junio de 2009, se habían presentado 51 propuestas ante la comisión, de las cuales ocho fueron examinadas y se emitieron recomendaciones. Estas ocho propuestas son (en orden de fecha de presentación): Federación de Rusia; Brasil; Australia; Irlanda; Nueva Zelanda; la propuesta conjunta de Francia, Irlanda, España y el Reino Unido; Noruega y México.

Derechos sobre la plataforma continental

Los artículos 77 a 81 definen los derechos de un país sobre su plataforma continental.

Una nación costera controla todos los recursos que se encuentran sobre o bajo su plataforma continental, sean vivos o no, pero no controla ningún organismo vivo que se encuentre sobre la plataforma y fuera de su zona económica exclusiva. Esto le otorga el derecho a realizar trabajos de exploración y perforación de hidrocarburos.

Fondo

Desde el siglo XVIII hasta mediados del siglo XX, las aguas territoriales del Imperio Británico , Estados Unidos, Francia y muchas otras naciones tenían tres millas náuticas (5,6 km) de ancho . Originalmente, esta era la distancia de un disparo de cañón , es decir, la porción de océano que un estado soberano podía defender desde la costa. Sin embargo, Islandia reclamó dos millas náuticas (3,7 km) , Noruega y Suecia reclamaron cuatro millas náuticas (7,4 km) , y España reclamó seis millas náuticas (11 km) durante este período. Durante incidentes como pruebas de armas nucleares y disputas pesqueras, algunas naciones extendieron arbitrariamente sus reclamos marítimos hasta cincuenta millas náuticas (93 km) o incluso doscientas millas náuticas (370 km) . Desde finales del siglo XX, el "límite de 12 millas" se ha aceptado casi universalmente. El Reino Unido extendió sus aguas territoriales de tres a doce millas náuticas (5,6 a 22,2 km) por el      Ley del Mar Territorial de 1987 (c. 49).

Durante la Conferencia de Codificación de la Sociedad de Naciones en 1930, se planteó la cuestión del establecimiento de legislación internacional sobre aguas territoriales, pero no se llegó a ningún acuerdo. [ 11 ]

Las reivindicaciones legislativas sobre la plataforma continental adyacente y la pesca fueron formuladas por primera vez por el gobierno de los Estados Unidos inmediatamente después de la Segunda Guerra Mundial . El 28 de septiembre de 1945, el presidente estadounidense Harry S. Truman emitió dos proclamas que establecían el control gubernamental de los recursos naturales en las zonas adyacentes a la costa. Una de estas proclamas se titulaba "Política de los Estados Unidos con respecto a los recursos naturales del subsuelo y el lecho marino de la plataforma continental" y estipulaba en su cláusula operativa:

El Gobierno de los Estados Unidos considera que los recursos naturales del subsuelo y del lecho marino de la plataforma continental bajo alta mar, pero contiguos a las costas de los Estados Unidos, pertenecen a los Estados Unidos y están sujetos a su jurisdicción y control. [ 12 ]

La segunda proclamación se tituló "Política de los Estados Unidos con respecto a la pesca costera en ciertas zonas de alta mar" y establecía en su cláusula operativa:

El Gobierno de los Estados Unidos considera apropiado establecer zonas de conservación en aquellas áreas de alta mar contiguas a las costas de los Estados Unidos donde se han desarrollado o se puedan desarrollar y mantener en el futuro actividades pesqueras a gran escala. [ 13 ]

Tras la proclamación presidencial estadounidense, se planteó la cuestión de la determinación jurídica de las aguas territoriales mediante un acuerdo internacional, y en su primera sesión en 1949, la Comisión de Derecho Internacional de las Naciones Unidas incluyó el tema en su agenda.

La importante cuestión de la amplitud de las aguas territoriales no pudo resolverse ni en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar ( UNCLOS I , 1956-1958) ni en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (UNCLOS II, 1960), ya que ninguno de los dos principales contendientes, que proponían un límite de 3 millas o de 12 millas, alcanzó el apoyo de dos tercios requerido. Esta falta de acuerdo tenía el potencial de generar graves disputas internacionales. [ 10 ] Fue solo en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (UNCLOS III, 1973-1982), cuyas disposiciones no entraron en vigor hasta 1994, que esta cuestión se resolvió estableciendo un límite de doce millas náuticas.

Misceláneas

Las emisiones de radio piratas desde instalaciones marinas artificiales o buques anclados pueden ser controladas por la nación costera afectada u otras naciones, independientemente del lugar de origen de la emisión, ya sea en el mar territorial, la zona económica exclusiva, la plataforma continental o incluso en alta mar . [ 14 ]

Así, una nación costera tiene control total sobre sus aguas internas, un control ligeramente menor sobre sus aguas territoriales y, aparentemente, aún menos control sobre las aguas dentro de las zonas contiguas. Sin embargo, tiene control total sobre los recursos económicos dentro de su zona económica exclusiva, así como sobre aquellos que se encuentran en su plataforma continental o bajo ella.

A lo largo de este artículo, las distancias medidas en millas náuticas son definiciones legales exactas, mientras que las medidas en kilómetros son conversiones aproximadas que no están estipuladas en ninguna ley o tratado.

Las naciones federales, como Estados Unidos, dividen el control de ciertas aguas entre el gobierno federal y los estados individuales. (Véase zonas costeras ).

Reclamación marítima territorial

Las controversias marítimas involucran dos dimensiones: (a) la soberanía territorial, que es un legado de la historia; y (b) los derechos e intereses jurisdiccionales relevantes en los límites marítimos , que se deben principalmente a diferentes interpretaciones del derecho del mar. [ 15 ]

  • 6 millas náuticas (11,1 km; 6,9 mi) : Grecia (en el mar Egeo), [ 16 ] Turquía (en el mar Egeo) [ 17 ]  
  • 12 millas náuticas (22,2 km; 13,8 millas) : Albania, Argelia, Angola, Antigua y Barbuda, Argentina, Australia, Bahamas, Bahrein, Bangladesh, Barbados, Bélgica, Belice, Brasil, Brunei, Isla Bouvet, [ 18 ] Bulgaria, Camboya, Camerún, Canadá, Cabo Verde, Chile, República Popular de China, República de China, Colombia, Comoras, Islas Cook, Costa Rica, Costa de Marfil, Croacia, Cuba, Chipre, República Popular Democrática de Corea, República Democrática del Congo, Dinamarca, [ 19 ] Djibouti, Dominica, República Dominicana, Ecuador, [ 20 ] Egipto, Guinea Ecuatorial, Eritrea, Estonia, Islas Feroe, [ 21 ] Fiji, Finlandia, Francia, Gabón, Gambia, Georgia, Alemania, Ghana, Grecia (en el mar Jónico), Granada, Guatemala, Guinea, Guinea-Bissau, Guyana, Haití, Honduras, Islandia, [ 22 ] India, Indonesia, Irán, Irak, Irlanda, Israel, Jamaica, Japón, Jordania, [ 23 ] Kenia, Kiribati, Kuwait, Letonia, Líbano, Liberia, [ 24 ] Libia, Lituania, Madagascar, Malasia, Maldivas, Malta, Islas Marshall, Mauritania, Mauricio, México, Micronesia, Mónaco, Montenegro, Marruecos, Mozambique, Myanmar, Namibia, Nauru, Países Bajos, Nueva Zelanda, Nicaragua, Nigeria, Niue, Noruega, [ 25 ] Omán, Pakistán, Palau, [ 26 ] Panamá, Papúa Nueva Guinea, Polonia, Portugal, Qatar, República de Corea, Rumania, Rusia, Saint Kitts y Nevis, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas, Samoa, Santo Tomé y Príncipe, Arabia Saudita, Senegal, Seychelles, Sierra Leona, Singapur, Islas Salomón, Sudáfrica, España, Sri Lanka, Sudán, Surinam, Suecia, Siria, Tailandia, Timor Oriental, Tonga, Trinidad y Tobago, Turquía (en el Mar Negro y el Mediterráneo), Tuvalu, Ucrania Emiratos, Reino Unido, República Unida de Tanzania, Estados Unidos, Uruguay, Vanuatu, Venezuela, Vietnam, Yemen.  
  • 12 millas náuticas/DLM: [ a ] ​​Eslovenia.
  • 13 millas náuticas (24,08 km; 14,96 mi) : Italia-Túnez [ 27 ]  
  • 15 millas náuticas (27,78 km; 17,26 mi) : Azerbaiyán, Irán (Mar Caspio), Kazajistán, Rusia (Mar Caspio), Turkmenistán [ 28 ]  
  • 30 millas náuticas (55,6 km; 34,5 mi) : Togo. [ 29 ]  
  • 200 millas náuticas (370,4 km; 230,2 mi) : Benin, El Salvador, Perú, Somalia. [ 29 ]  

Casos especiales

  • Australia: Un tratado con Papúa Nueva Guinea define los límites del mar territorial entre las islas de Aubusi, Boigu y Moimi y Papúa Nueva Guinea, por un lado, y las islas de Dauan, Kaumag y Saibai y Papúa Nueva Guinea, por otro, así como una sección del límite del mar territorial de Saibai. El mar territorial de las islas conocidas como Anchor Cay, Aubusi Island, Black Rocks, Boigu Island, Bramble Cay, Dauan Island, Deliverance Island, East Cay, Kaumag Island, Kerr Islet, Moimi Island, Pearce Cay, Saibai Island, Urnagain Island y Turu Cay no se extiende más allá de 3 millas náuticas desde las líneas de base.
  • Belice: Se aplica un límite de 3 millas náuticas desde la desembocadura del río Sarstoon hasta Ranguana Caye.
  • Camerún: Véase el artículo 45 de la Ley 96-06, de 18 de enero de 1996, por la que se revisa la Constitución de 2 de junio de 1972.
  • Dinamarca: La Ley n.º 200 del 7 de abril de 1999 sobre la delimitación del mar territorial no se aplica a las Islas Feroe (la ley se aplica a las Islas Feroe desde el 1 de junio de 2002) ni a Groenlandia, pero podría entrar en vigor mediante Real Decreto para aquellas partes del Reino de Dinamarca con las modificaciones que dicten las condiciones especiales que prevalecen en las Islas Feroe y Groenlandia. En lo que respecta a Groenlandia, el límite exterior de las aguas territoriales externas puede medirse a una distancia inferior a 12 millas náuticas (22,2 km; 13,8 millas) desde las líneas de base.  
  • Estonia: En algunas partes del Golfo de Finlandia, definidas por coordenadas.
  • Finlandia: Se extiende, con ciertas excepciones, hasta 12 millas náuticas (22,2 km; 13,8 mi) , a menos que se defina mediante coordenadas geográficas. En el Golfo de Finlandia , existe una franja de aguas internacionales independientemente del límite de 12 millas náuticas: el límite exterior del mar territorial no podrá estar en ningún lugar más cerca de la línea media que 3 millas náuticas (5,6 km; 3,5 mi) . [ 30 ] Bogskär , una isla remota, tiene solo 3 millas náuticas (5,6 km; 3,5 mi) de aguas territoriales. [ 31 ]      
  • Grecia: se aplica un límite de 10 millas náuticas (18,5 km; 11,5 millas) a efectos de la regulación de la aviación civil (véase también la disputa del Egeo ).  
  • India: El límite de 13 millas náuticas (24,1 km; 15,0 millas) incluye las islas Andamán, Nicobar, Lakshadweep y Sri Lanka.  
  • Japón: El límite de 3 millas náuticas (5,6 km; 3,5 millas) se aplica únicamente al estrecho de Soya, al estrecho de Tsugaru, a los canales oriental y occidental del estrecho de Corea y al estrecho de Osumi.  
  • Nueva Zelanda: el límite de 12 millas náuticas (22,2 km; 13,8 millas) incluye Tokelau.  
  • Papúa Nueva Guinea: 3 millas náuticas (5,6 km; 3,5 millas) en ciertas áreas.  
Perú reclama aguas territoriales hasta las 200 millas náuticas.

Reclamaciones de zona contigua

  • Ninguno : Albania, Bahamas, Barbados, Belice, Benín, Bosnia y Herzegovina, Brunéi, Camerún, Colombia, Comoras, Congo, Islas Cook, Costa Rica, Costa de Marfil, Croacia, República Democrática del Congo, Ecuador, El Salvador, Guinea Ecuatorial, Eritrea, Estonia, Fiyi, Georgia, Alemania, Grecia, Granada, Guatemala, Guinea, Guinea-Bissau, Guyana, Islandia, Indonesia, Irán, Israel, Jordania, Kenia, Kiribati, Kuwait, Letonia, Líbano, Libia, Lituania, Macedonia, Malasia, Mauricio, Micronesia, Mónaco, Montenegro, Nigeria, Niue, Papúa Nueva Guinea, Perú, Filipinas, Santo Tomé y Príncipe, Singapur, Eslovenia, Islas Salomón, Somalia, Surinam, Suecia, Togo, Tonga, Turquía, Ucrania, Reino Unido, Tanzania
  • 14 millas náuticas (25,9 km; 16,1 millas) : Finlandia  
  • 15 millas náuticas (27,8 km; 17,3 millas) : Venezuela  
  • 18 millas náuticas (33,3 km; 20,7 millas) : Bangladesh, Gambia, Arabia Saudita, Sudán  
  • 24 millas náuticas (44,4 km; 27,6 mi) : Argelia, Angola, Antigua y Barbuda, Argentina, Australia, Bélgica, Brasil, Bulgaria, Camboya, Canadá, Cabo Verde, Chile, República Popular China, Cuba, Chipre, Dinamarca, Djibouti, Dominica, República Dominicana, Egipto, Francia, Gabón, Ghana, Haití, Honduras, India, Irán, Irlanda, Jamaica, Japón, Liberia, [ 24 ] Madagascar, Maldivas, Malta, Islas Marshall, Mauritania, México, Marruecos, Mozambique, Myanmar, Namibia, Nauru, Países Bajos, Nueva Zelanda, Nicaragua, Noruega, Omán, Pakistán, Palaos, Panamá, Polonia, Portugal, Qatar, República de Corea, Rumania, Rusia, San Cristóbal y Nieves, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas, Samoa, Senegal, Seychelles, Sierra Leona, Sudáfrica, España, Sri Lanka, Siria, Tailandia, Timor Oriental, Trinidad y Tobago, Túnez, Tuvalu, Emiratos Árabes Unidos, Estados Unidos de América, Uruguay, Vanuatu, Vietnam, Yemen  
  • 30 millas náuticas (55,6 km; 34,5 millas) : Italia  
  • 50 millas náuticas (92,6 km; 57,5 ​​mi) : República Popular Democrática de Corea; Zona de Frontera Militar de 50 millas náuticas. Anuncio del Comando del Ejército del 1 de agosto de 1977. [ 35 ] [ 36 ]  

Reivindicaciones de plataforma continental extendida

Al 13 de mayo de 2009, 44 países habían presentado 51 solicitudes de reclamación sobre su plataforma continental extendida. Algunos países presentaron varias solicitudes, incluso conjuntas con otros. Se emitieron recomendaciones para 8 de las solicitudes.

Presentaciones con recomendaciones

Lista con fecha de presentación y adopción de la recomendación por la Comisión de Límites de la Plataforma Continental. [ 37 ]

  • Reino Unido – Isla Ascensión (presentación: 9 de mayo de 2008; recomendación: 15 de abril de 2010) (la solicitud para extenderse más allá de 200 millas náuticas fue rechazada) [ 38 ]
  • Australia (15 de noviembre de 2004, 9 de abril de 2008) [ 39 ]
  • Barbados (presentación: 8 de mayo de 2008; recomendación: 15 de abril de 2010)
  • Brasil (17 de mayo de 2004, 4 de abril de 2007)
  • Francia – con respecto a las zonas de la Guayana Francesa y Nueva Caledonia (22 de mayo de 2007, 2 de septiembre de 2009)
  • Presentación conjunta de Francia, Irlanda, España y el Reino Unido – en la zona del Mar Céltico y el Golfo de Vizcaya (19 de mayo de 2006, 24 de marzo de 2009)
  • Irlanda – Llanura abisal de Porcupine (25 de mayo de 2005, 5 de abril de 2007) [ 40 ] [ 41 ]
  • México – respecto del polígono occidental en el Golfo de México (13 de diciembre de 2007, 31 de marzo de 2009)
  • Nueva Zelanda (19 de abril de 2006, 22 de agosto de 2008) [ 42 ] [ 43 ]
  • Noruega – en el Atlántico Nororiental y el Ártico (27 de noviembre de 2006, 27 de marzo de 2009)
  • Rusia (20 de diciembre de 2001, 27 de junio de 2002)

Otras propuestas

Lista en orden de fecha de envío, con fecha de envío. [ 37 ]

  • Canadá - Programa de Plataforma Continental Extendida de Canadá (2003 - en curso) para incluir el Océano Atlántico y Ártico como parte de la plataforma de la Comisión de Límites de la Plataforma Continental de las Naciones Unidas (CLCS), incluido el Polo Norte [ 44 ] [ 45 ]
  • Francia – zonas de las Antillas francesas y las islas Kerguelen (5 de febrero de 2009)
  • Indonesia – Noroeste de la isla de Sumatra (16 de junio de 2008)
  • Japón (12 de noviembre de 2008)
  • Presentación conjunta de la República de Mauricio y la República de Seychelles – en la región de la meseta de Mascareñas (1 de diciembre de 2008)
  • Surinam (5 de diciembre de 2008)
  • Myanmar (16 de diciembre de 2008)
  • Somalia (17 de abril de 2009) [ 46 ]
  • Yemen – en lo que respecta al sureste de la isla de Socotra (20 de marzo de 2009)
  • Reino Unido – en lo que respecta al área de Hatton Rockall (31 de marzo de 2009)
  • Irlanda – en lo que respecta al área de Hatton-Rockall (31 de marzo de 2009)
  • Uruguay (7 de abril de 2009)
  • Filipinas – en la región de la meseta de Benham (8 de abril de 2009)
  • Las Islas Cook – en relación con la meseta de Manihiki [ 47 ] (16 de abril de 2009)
  • Fiyi (20 de abril de 2009)
  • Argentina (21 de abril de 2009)
  • Ghana (28 de abril de 2009)
  • Islandia – en la zona de la cuenca de Ægir y en las partes occidental y meridional de la cordillera de Reykjanes (29 de abril de 2009)
  • Dinamarca – en la zona norte de las Islas Feroe (29 de abril de 2009)
  • Pakistán (30 de abril de 2009)
  • Noruega – respecto de Bouvetøya y la Tierra de la Reina Maud (4 de mayo de 2009)
  • Sudáfrica – con respecto a la parte continental del territorio de la República de Sudáfrica (5 de mayo de 2009)
  • Presentación conjunta de los Estados Federados de Micronesia, Papúa Nueva Guinea y las Islas Salomón, relativa a la meseta de Ontong Java (5 de mayo de 2009)
  • Presentación conjunta de Malasia y Vietnam – en la parte sur del Mar de China Meridional (6 de mayo de 2009)
  • Presentación conjunta de Francia y Sudáfrica – en la zona del archipiélago de Crozet y las islas del Príncipe Eduardo (6 de mayo de 2009)
  • Kenia (6 de mayo de 2009)
  • Mauricio – en la región de la isla Rodrigues (6 de mayo de 2009)
  • Vietnam – en la zona norte (del Mar de China Meridional) (7 de mayo de 2009)
  • Nigeria (7 de mayo de 2009)
  • Seychelles – en relación con la región de la Meseta Septentrional (7 de mayo de 2009)
  • Francia – con respecto a la isla de La Reunión y las islas de Saint-Paul y Ámsterdam (8 de mayo de 2009)
  • Palaos (8 de mayo de 2009)
  • Costa de Marfil (8 de mayo de 2009)
  • Sri Lanka (8 de mayo de 2009)
  • Portugal (11 de mayo de 2009)
  • Reino Unido – con respecto a las Islas Malvinas, y a Georgia del Sur y las Islas Sandwich del Sur (11 de mayo de 2009)
  • Tonga (11 de mayo de 2009)
  • España – en lo que respecta a la zona de Galicia (11 de mayo de 2009)
  • India (11 de mayo de 2009)
  • Trinidad y Tobago (12 de mayo de 2009)
  • Namibia (12 de mayo de 2009)
  • Cuba (1 de junio de 2009)
  • Angola (6 de diciembre de 2013)

Véase también

Notas

  1. DLM significa que "la legislación nacional establece los límites de una zona determinada únicamente por referencia a la delimitación de las fronteras marítimas con Estados adyacentes u opuestos, o a una línea media (equidistante) en ausencia de un acuerdo de delimitación de fronteras marítimas".

Referencias

  1. OIEA (2020). Exposición revisada de los motivos del Convenio de París enmendado por los protocolos de 1964, 1982 y 2004. págs. 5–6 . 
  2. "Aguas territoriales | derecho internacional" . Enciclopedia Británica . Consultado el 29 de julio de 2020 .
  3. Derecho del Mar: Una Introducción a la Política (PDF) . Medford, MA: The Fletcher School of Law and Diplomacy, Tufts University. 2017. Consultado el 2 de julio de 2026 .
  4. Bardin, Anne (2002). "Jurisdicción del Estado ribereño sobre buques extranjeros" . Pace International Law Review . 14 (1): 27. doi : 10.58948/2331-3536.1188 . S2CID 159298818 . 
  5. 1 2 Churchill, RR; Lowe, AV (1988). El Derecho del Mar (2.ª ed.). Manchester: Manchester University Press. ISBN  0719026342.
  6. Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar. art. 3. Consultado el 27 de abril de 2016 .
  7. "Nueva acción para proteger y preservar las costas y océanos de EE. UU." . Archivado del original el 12 de abril de 2016. Consultado el 27 de abril de 2016 .
  8. "PREÁMBULO DE LA CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL DERECHO DEL MAR" . Consultado el 27 de abril de 2016 .
  9. "PREÁMBULO DE LA CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL DERECHO DEL MAR" . Consultado el 27 de abril de 2016 .
  10. 1 2 Mayor Thomas E. Behuniak (otoño de 1978). "La incautación y recuperación del SS Mayagüez: análisis jurídico de las reclamaciones de Estados Unidos, parte 1" (PDF) . Revista de Derecho Militar . 82. Departamento del Ejército: 114–121 . ISSN 0026-4040 . Archivado del original (PDF) el 28 de diciembre de 2016. Recuperado el 21 de julio de 2014 . 
  11. Anuario de la Comisión de Derecho Internacional, 1949 , pág. 43
  12. texto en el Boletín del Departamento de Estado , 30 de septiembre de 1945, pág. 485
  13. texto en el Boletín del Departamento de Estado , 30 de septiembre de 1945, pág. 486
  14. "PREÁMBULO DE LA CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL DERECHO DEL MAR" . Consultado el 27 de abril de 2016 .
  15. ^ Ji, Guoxing. (1995)."Jurisdicción marítima en los tres mares de China" (resumen), UC Berkeley: Instituto de la UC sobre Conflicto y Cooperación Global ; consultado el 15 de noviembre de 2010.
  16. «Αιγιαλίτιδα ζώνη – Casus belli - Ειδικότερα κείμενα» . www1.mfa.gr. ​Archivado desde el original el 25 de octubre de 2011 . Consultado el 30 de junio de 2022 .
  17. "Reclamaciones marítimas de Turquía - Geografía" .
  18. ^ "Lov om Norges territorialfarvann og tilstøtende sone §7" .
  19. ^ "Lov om afgrænsning af søterritoriet - retsinformation.dk" . Consultado el 27 de abril de 2016 .
  20. "Adhesión de Ecuador a la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CNUDM)" (PDF) . Archivado del original (PDF) el 13 de abril de 2014. Consultado el 12 de abril de 2014 .
  21. "Lógasavn" . Consultado el 27 de abril de 2016 .
  22. «41/1979: Lög um landhelgi, efnahagslögsögu og landgrunn» . Alþingi . Consultado el 27 de abril de 2016 .
  23. Jordanian 12 NM, Instituto Marino de Flandes (2019). Geodatabase de límites marítimos: mares territoriales (12 NM) , consultado el 26 de julio de 2023.
  24. 1 2 Orden ejecutiva nº 48 , Gobierno de Liberia, enero de 2013.
  25. ^ "Lov om Norges territorialfarvann og tilstøtende sone §2" .
  26. "Pesca - Título 27" . www.paclii.org .
  27. «Legge 3 giugno 1978 n. 347» .
  28. "Convención sobre el Estatuto Jurídico del Mar Caspio" . Presidente de Rusia .
  29. 1 2 "Tabla de reclamaciones de jurisdicción marítima" (PDF) . www.un.org . 15 de julio de 2011. Consultado el 28 de octubre de 2020 .
  30. Ley que modifica la Ley sobre los límites de las aguas territoriales de Finlandia (981/95)
  31. «Laki Suomen aluevesien rajoista 463/1956 - Ajantasainen lainsäädäntö - FINLEX ®» . Consultado el 27 de abril de 2016 .
  32. "Sitio web de emisiones del Departamento de Defensa: página de error 404" . Archivado del original el 20 de septiembre de 2012. Consultado el 27 de abril de 2016 .
  33. "Límites en los mares n.° 32 Líneas de base rectas: Turquía" (PDF) . Departamento de Estado de EE. UU. 25 de marzo de 1971. Consultado el 18 de junio de 2016 .
  34. "Las aguas territoriales de la Bailía de Guernsey se han ampliado de 3 a 12 millas náuticas con efecto a partir del 23 de julio" . www.guernseylawofficers.gg . 30 de julio de 2019. Consultado el 16 de octubre de 2024 .
  35. Park, Choon-ho (octubre de 1978). "La zona fronteriza militar de 50 millas de Corea del Norte" . American Journal of International Law . 72 (4): 866– 875. doi : 10.1017/S0002930000142095 . S2CID 149681176. Consultado el 25 de noviembre de 2017 . 
  36. Panda, Ankit (26 de septiembre de 2017). "¿Derribaría Corea del Norte un bombardero B-1B estadounidense? Sí. ¿Podría hacerlo?" . The Diplomat . Consultado el 25 de noviembre de 2017 .
  37. 1 2 «Comunicaciones presentadas, por medio del Secretario General de las Naciones Unidas, a la Comisión de Límites de la Plataforma Continental, de conformidad con el artículo 76, párrafo 8, de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, de 10 de diciembre de 1982» . Comisión de Límites de la Plataforma Continental de las Naciones Unidas. 30 de octubre de 2009. Consultado el 9 de diciembre de 2009 .
  38. Comisión sobre los Límites de la Plataforma Continental. Resumen de recomendaciones sobre la Isla Ascensión.
  39. La ONU confirma los derechos de Australia sobre 2,5 millones de kilómetros cuadrados adicionales de lecho marino. Archivado el 25 de octubre de 2009 en la Wayback Machine. Ministro de Recursos y Energía, el Honorable Martin Ferguson AM MP, comunicado de prensa, 21 de abril de 2008. Con mapa de áreas. Archivado el 14 de mayo de 2009 en la Wayback Machine .
  40. "Irlanda amplía su territorio submarino" . RTE.ie. 23 de octubre de 2007. Consultado el 27 de abril de 2016 .
  41. "Irlanda puede extender sus aguas territoriales" . The Irish Times . 7 de abril de 2007. Consultado el 27 de abril de 2016 .
  42. La ONU confirma la ampliación de la reclamación de Nueva Zelanda sobre el lecho marino . Ministerio de Asuntos Exteriores y Comercio de Nueva Zelanda. Actualizado el 20 de enero de 2009. Consultado el 29 de mayo de 2009.
  43. "Presentación de Nueva Zelanda" . Comisión de Límites de la Plataforma Continental de las Naciones Unidas. 8 de abril de 2009. Consultado el 29 de mayo de 2009 .
  44. "Programa de Plataforma Continental Extendida de Canadá" . 7 de diciembre de 2020.
  45. "Plataforma continental - Presentación de Canadá" .
  46. "Plataforma continental de Somalia" (PDF) .
  47. Gronewold, Nathanial. Un vistazo al interior de la Comisión de la Plataforma Continental de la ONU , New York Times , 14 de septiembre de 2009.
  • Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar