Articulo de referencia

Censura teológica

En la teología católica romana , una censura teológica es un juicio doctrinal ( censura ) mediante el cual la Iglesia católica o los teólogos católicos estigmatizan ciertas ense...

En la teología católica romana , una censura teológica es un juicio doctrinal ( censura ) mediante el cual la Iglesia católica o los teólogos católicos estigmatizan ciertas enseñanzas u opiniones como perjudiciales para la fe o la moral, o ambas. [ 1 ] [ 2 ] [ 3 ]

Las censuras teológicas se han descrito como los " corolarios negativos " de las notas teológicas ; [ 4 ] mientras que las notas teológicas califican positivamente las creencias y doctrinas, dichas creencias y doctrinas son calificadas negativamente por las censuras teológicas. [ 5 ]

La "enumeración, división y evaluación" de las censuras teológicas varían entre los autores. [ 6 ]

Las censuras teológicas se dirigen únicamente a enseñanzas u opiniones; esto las distingue de las censuras canónicas , que son castigos espirituales impuestos a las personas.

Historia

Guillermo de Ockham parece haber sido el primer teólogo medieval en intentar categorizar formalmente la censura teológica de su tiempo. [ 7 ]

Autoridad de las censuras

«Los órganos supremos para las notas y censuras teológicas (y exclusivamente para asuntos infalibles) son el Papa y los Concilios Ecuménicos . Las Congregaciones Romanas , los Sínodos Provinciales ( conferencias episcopales ) y los obispos y superiores mayores de las órdenes religiosas tienen competencias limitadas . Todo el pueblo de Dios tiene la responsabilidad de salvaguardar la verdadera fe. Los teólogos tienen una responsabilidad especial y, por lo tanto, están especialmente capacitados para dar notas [y censuras] teológicas [...] aunque su autoridad no sea de jurisdicción. Sus notas [y censuras] tienen el peso de opiniones "profesionales" y a menudo han influido en el magisterio ». [ 8 ]

«Si [una censura teológica] es pronunciada por la Autoridad Magistral de la Iglesia, es un juicio autoritativo o judicial (censura authentica o iudicialis). Si es pronunciada por la Ciencia Teológica, es un juicio doctrinal privado (censura doctrinalis)». [ 9 ]

Diversas clasificaciones

Enciclopedia católica

La Enciclopedia Católica divide las censuras teológicas en tres grupos ; esta división se basa en que las censuras se refieren principalmente a 1) el grado, o 2) la expresión, o 3) las consecuencias de las proposiciones condenadas: [ 2 ]

1) Una proposición es
  • herético ( latín : hæretica ) cuando va directa e inmediatamente en contra de un dogma revelado o definido, o dogma de fide ;
  • erróneo ( erronea ) cuando contradice solo una cierta ( certa ) conclusión teológica (es decir, una verdad claramente deducida de dos premisas, siendo la primera premisa un artículo de fe, siendo la segunda una reflexión natural cierta).
2) Una proposición es
  • ambiguo ( ambigua ) cuando está redactado de manera que presenta dos o más sentidos, uno de los cuales es objetable;
  • capcioso ( captiosa ) cuando se usan palabras aceptables para expresar pensamientos objetables;
  • sonoro maligno ( sonans masculino ) cuando se utilizan palabras inapropiadas para expresar verdades que de otro modo serían aceptables;
  • ofensivo cuando la expresión verbal es tal que con razón escandaliza el sentido católico y la delicadeza de la fe ( piarum aurium offensiva , ofensivo para los oídos piadosos).
3) En la tercera categoría caen las proposiciones subsannativa religionis (burlona de la religión), decolorativa candoris ecclesiæ (desfigurando la belleza de la Iglesia), subversiva hierarchiæ (subversiva de la jerarquía ), eversiva regnorum (destructiva de los gobiernos), escándalosa , perniciosa , periculosa in moribus ( escandalosa , perniciosa, peligrosa para la moral), blasfema, idolatra, superstitiosa, magica ( blasfema , que lleva a la idolatría , superstición , brujería ), arrogans, acerba (arrogante, dura), etc.
Esta enumeración, aunque incompleta, capta suficientemente el objetivo del tercer grupo de censuras; estas van dirigidas contra proposiciones que pondrían en peligro la religión en general, la santidad de la Iglesia, la unidad de gobierno y jerarquía, la sociedad civil, la moral en general, o la virtud de la religión, la mansedumbre cristiana y la humildad en particular.

Según la Enciclopedia Católica , en otro de sus artículos existen cuatro grados de herejía : [ 10 ]

  1. La adhesión obstinada a una doctrina contradictoria con un punto de fe claramente definido por la Iglesia Católica es herejía pura y simple, herejía de primer grado.
  2. Si la doctrina en cuestión no ha sido definida expresamente o no se propone claramente como un artículo de fe en la enseñanza ordinaria y autorizada de la Iglesia Católica, una opinión que se opone a ella se denomina sententia haeresi proxima , es decir, una opinión cercana a la herejía.
  3. A continuación, una proposición doctrinal, sin contradecir directamente un dogma recibido , puede implicar consecuencias lógicas que difieren de la verdad revelada. Tal proposición no es herética, sino una propositio theologice erronea , es decir, errónea en teología.
  4. Por último, la oposición a un artículo de fe puede no ser estrictamente demostrable, sino que solo alcanzar cierto grado de probabilidad. En ese caso, la doctrina se denomina sententia de haeresi suspecta, haeresim sapiens (hereje erudito); es decir, una opinión sospechosa o que tiene tintes de herejía.

Ludwig Ott

El teólogo católico Ludwig Ott describe las siguientes censuras, que según él son las censuras teológicas más comunes: [ 9 ]

  1. Proposición herética ( latín : propositio haeretica ): "Esto significa que la proposición se opone a un dogma formal".
  2. Proposición próxima a la herejía ( propositio haeresi proxima ): "la proposición se opone a una verdad próxima a la Fe ( sentitia fidei proxima )"
  3. Proposición que saborea o sospecha de herejía ( propositio haeresim sapiens o de haeresi sospecha )
  4. Proposición errónea ( propositio erronea ): "opuesta a una verdad que la Iglesia propone como una verdad intrínsecamente conectada con una verdad revelada ( error in fide ecclesiastica ) o opuesta a la enseñanza común de los teólogos (error theologicus)".
  5. Proposición falsa ( propositio falsa ): "contradecir un hecho dogmático "
  6. Proposición temeraria ( propositio temeraria ): "que se desvía sin razón de la enseñanza general"
  7. Proposición ofensiva para oídos piadosos ( propositio piarum aurium offensiva ): "ofensiva al sentimiento religioso"
  8. Proposición mal expresada ( propositio male sonans ): "susceptible de malentendidos debido a su forma de expresión".
  9. Proposición capciosa ( propositio captiosa ): "reprochable por su ambigüedad intencional"
  10. Proposición excitante de escándalo ( propositio escándalosa )

Resumen de teología dogmática

El Sommaire de théologie dogmatique propone los siguientes grados de censura teológica: [ 11 ]

  1. Hereje: si la proposición "se opone directa e inmediatamente a una verdad formalmente revelada y definida o propuesta como tal por el Magisterio solemne u ordinario y universal de la Iglesia"
  2. Cercano a la herejía: si la proposición «se opone a una verdad presentada por la enseñanza común de [ l'ensemble des] theologians como cierta y que pronto será definida». Un ejemplo de una de esas verdades es la mediación universal de la Virgen María.
  3. Hereje erudito: si la proposición «puede interpretarse en sentido católico o herético; pero, a juzgar por las circunstancias, prevalece este último sentido. Ejemplo: alguien de quien se sospecha con razón que es protestantista afirma insistentemente que solo la fe justifica , y nunca afirma que las obras también sean necesarias para la justificación» (véase Sola fide ).
  4. Erróneo: la proposición «se opone a una conclusión teológica en sentido estricto». Un ejemplo de proposición errónea es: «cada obispo en su diócesis es independiente del Sumo Pontífice , puesto que [cada obispo] posee de Cristo mismo los poderes necesarios para gobernar su diócesis».
  5. Proposición positivamente temeraria: la proposición «que, al carecer de razón probable, [...] se opone a una doctrina universalmente aceptada en la Iglesia». Un ejemplo de proposición positivamente temeraria es: «no hay limbo para los niños que mueren sin bautizar».
  6. Proposición negativamente temeraria: la proposición "sin fundamento probable, [...] afirma una doctrina teológica que nunca ha sido enseñada por la Iglesia". Un ejemplo de proposición negativamente temeraria es: "algunas personas más, además de la Santísima Virgen, han sido eximidas del pecado original ".
  7. Ofensivo para los oídos piadosos: "[c]uando los términos utilizados atentan contra el respeto debido a las cosas sagradas "
  8. Mal expresado [ Mal sonnante ]: "[s]i las palabras son impropias y susceptibles de mala interpretación"
  9. Escandaloso, seductor: "[s]i la doctrina profesada conduce al mal"
  10. Sedicioso : "[s]i la doctrina conduce a la rebelión contra la Autoridad legítima"
  11. Cismático : "[s]i conduce a la separación de la Iglesia"

Juan Hardon

El teólogo católico John Hardon afirma: [ 1 ]

Una proposición herética se opone a un dogma revelado ; cercana a la herejía se opone a una verdad comúnmente considerada revelada; errónea se opone a conclusiones derivadas de la revelación; falsa se opone a hechos dogmáticos; temeraria se desvía de la enseñanza aceptada de la Iglesia; mal expresada es susceptible de malentendidos; capciosa es reprobable por su ambigüedad intencional; y escandalosa porque da lugar a error entre los fieles.

Véase también

Referencias

  1. 1 2 Hardon, John A. (1980). «CENSURA TEOLÓGICA». Diccionario Católico Moderno . Archivo de Internet. Garden City, NY: Doubleday. pág.  537. ISBN 978-0-385-12162-0.
  2. 1 2 "ENCICLOPEDIA CATÓLICA: Censuras Teológicas" . www.newadvent.org . Consultado el 4 de febrero de 2023 .
  3. Ott, Ludwig (s.f.) [195X]. «INTRODUCCIÓN — §9. Censuras teológicas». En Bastible, James (ed.). Fundamentos del dogma católico . Traducido por Lynch, Patrick. Fort Collins, Colorado: Roman Catholic Books. pág. 10. ISBN  978-1-929291-85-4Por censura teológica se entiende el juicio que caracteriza una proposición relacionada con la fe católica o la enseñanza moral como contraria a la fe o, al menos, como dudosa .
  4. Ernst, Harold (1 de diciembre de 2002). "Notas teológicas y la interpretación de la doctrina" (PDF) . Estudios teológicos . 63 (4): 813– 825. doi : 10.1177/004056390206300407 .
  5. Finisterhölzl, Johann (1975). «Notas teológicas» . En Rahner, Karl (ed.). Enciclopedia de teología: El Sacramentum Mundi conciso . Seabury Press. pág. 1678. ISBN  978-0-86012-006-3.
  6. Finisterhölzl, Johann (1975). «Notas teológicas» . En Rahner, Karl (ed.). Enciclopedia de teología: El Sacramentum Mundi conciso . Seabury Press. pág. 1681. ISBN  978-0-86012-006-3.
  7. Pierre Fraenkel (1961). «Capítulo VIII: Quasi Censoriae Notae - Los Términos de Censura» . Testimonia Patrum: la función del argumento patrístico en la teología de Philip Melanchthon . E. Droz. pag. 308. 
  8. Finisterhölzl, Johann (1975). «Notas teológicas» . En Rahner, Karl (ed.). Enciclopedia de teología: El Sacramentum Mundi conciso . Seabury Press. pág. 1682. ISBN  978-0-86012-006-3.
  9. 1 2 Ott, Ludwig (s.f.) [195X]. «INTRODUCCIÓN — §9. Censuras teológicas». En Bastible, James (ed.). Fundamentos del dogma católico . Traducido por Lynch, Patrick. Fort Collins, Colorado: Roman Catholic Books. pág. 10. ISBN  978-1-929291-85-4.
  10. "Herejía" . Enciclopedia Católica . Nuevo Adviento . 1912. Consultado el 6 de marzo de 2017 .Dominio públicoEste artículo incorpora texto de esta fuente, que es de dominio público .
  11. ^ une Equipe de Théologiens Catholiques (1969). "Notas teológicas". En Panneton, Georges; Carlomagno, burgués (eds.). Sommaire de théologie dogmatique [ Resumen de teología dogmática ] (en francés). Carta de recomendación del 21 de julio de 1969 de Alfredo Ottaviani [como preámbulo]. Trois-Rivières: Les Éditions du Bien Public. págs. 19 y 20. OCLC 301544953 .  

Lecturas adicionales

  • Cahill, John (1955). El desarrollo de las censuras teológicas después del Concilio de Trento (1563–1709) . Studia Friburgensia. Vol.  10 (ns). Friburgo, Suiza: Prensa Universitaria.
  • Cartechini, Sixto (1951). De valore notarum theologicarum et de criteriis ad eas dignoscendas [ Sobre el valor de las notas teológicas y los criterios para discernirlas ] . Roma: Pontificiae Universitatis gregorianae.