Articulo de referencia

Tribunal Constitucional de Benín

Tribunal Constitucional de Benín El Tribunal Constitucional es la máxima autoridad en Benín en materia de constitucionalidad . Compuesto por siete magistrados, es el órgano que ...

Tribunal Constitucional de Benín

El Tribunal Constitucional es la máxima autoridad en Benín en materia de constitucionalidad . Compuesto por siete magistrados, es el órgano que regula el funcionamiento de las instituciones gubernamentales y las actividades de las figuras públicas. El tribunal fue fundado en 1993 y tiene su sede en Cotonú .

Historia

Como parte de la transición de Benín a la democracia en 1990, se celebró una conferencia para redactar una nueva Constitución que estableciera limitaciones y separación de poderes gubernamentales y que creara instituciones que trabajaran conjuntamente para garantizar la protección de las libertades fundamentales y las libertades públicas.

El Tribunal Constitucional fue una de estas instituciones. Se fundó con el deseo de establecer un régimen político libre de dictaduras y decisiones arbitrarias e injustas. Su objetivo era, en cambio, lograr un gobierno democrático y pluralista donde se garantizaran, protegieran y promovieran los derechos humanos, las libertades públicas, la dignidad humana y la justicia. Constituido el 7 de junio de 1993, su función es proteger la Constitución y el respeto a las leyes de la República.

El tribunal juzga principalmente la constitucionalidad de las leyes, actúa como garante de los derechos fundamentales y las libertades públicas, y sirve como órgano regulador del correcto funcionamiento de las instituciones, la legalidad de las elecciones y los referendos, y actúa como juez en las disputas electorales entre los miembros de la Asamblea Nacional.

Composición

El Tribunal está integrado por siete magistrados, cuatro de los cuales son nombrados por la Asamblea Nacional y tres por el Presidente de la República. Los magistrados ejercen su cargo por un período de cinco años, renovable una sola vez. De dichos magistrados, el Tribunal está integrado por los siguientes:

  1. Tres magistrados con al menos quince años de experiencia. Dos designados por la Asamblea Nacional y uno por el Presidente.
  2. Dos juristas de alto nivel, profesores o profesionales del derecho con al menos quince años de experiencia. Uno nominado por la Asamblea Nacional y otro por el Presidente,
  3. Dos profesionales con buena reputación. Uno propuesto por la Asamblea Nacional y otro por el Presidente.

El presidente del tribunal es elegido entre los magistrados y juristas que integran el tribunal.

Los miembros del Tribunal Constitucional no pueden ser ministros de la República, presentarse a cargos electivos ni desempeñar ningún otro trabajo público, civil, militar o profesional.

Los miembros actuales del tribunal prestaron juramento el 6 de junio de 2018 en la ciudad de Sèmè ante la Asamblea Nacional, el Presidente, miembros del gobierno e instituciones, delegaciones extranjeras y familiares de los miembros del tribunal. [ 1 ]

Anteriormente, el tribunal estaba compuesto por el profesor Théodore Holo y otros seis miembros. Marcelline Gbêha-Afouda ejercía como vicepresidenta.

Lista de presidentes del Tribunal Constitucional

Desde su creación en 1993, el tribunal ha tenido cinco presidentes (dos de ellos mujeres): Elisabeth Ekoué Pognon de 1993 a 1998 y Conceptia Ouinsou de 1998 a 2008. [ 2 ] [ 3 ] También hubo un presidente interino, Razaki Amouda Issifou, de octubre de 2022 a junio de 2023. [ 4 ]

Procedimiento de derivación

En casos de constitucionalidad

  • Cualquier ciudadano puede presentar una denuncia por leyes, reglamentos, actos administrativos y violaciones de derechos fundamentales y libertades públicas.
  • Antes de que se pueda promulgar una ley o aplicar un reglamento, los miembros de la Asamblea Nacional, el Presidente y los jefes de las instituciones gubernamentales pueden remitir un caso a los tribunales.
    • Para la autorización y ratificación de acuerdos internacionales, el Presidente o la Asamblea Nacional pueden remitirlos al tribunal.
    • En casos de violaciones de derechos humanos/libertades públicas, el tribunal está autorizado a conocer del caso y decide el resultado de oficio.
  • En asuntos electorales
    • Antes de las elecciones: Cualquier ciudadano puede remitir un caso a los tribunales siempre que no existan limitaciones en la ley electoral.
    • Tras las elecciones: Las reclamaciones electorales serán declaradas inadmisibles antes de que se proclamen los resultados, ya que es prematuro.
      • Toda queja relacionada con la votación el día de las elecciones debe incluir pruebas aportadas por los votantes y enviadas al tribunal.
      • Tras la proclamación de los resultados:
        • Una vez anunciados los resultados, el tipo de elección determina la respuesta del tribunal.
        • En las elecciones legislativas, las personas inscritas en el censo electoral o los candidatos de la circunscripción donde se celebraron las elecciones pueden remitir los casos al tribunal en un plazo de diez días a partir de la proclamación de los resultados por el Tribunal Constitucional (de conformidad con el artículo 55 de la Ley Orgánica 91-009).
          • Cualquier reclamación recibida después del plazo de diez días se considerará inadmisible (salvo en casos especiales).
        • En la primera vuelta de las elecciones presidenciales, cualquier candidato puede presentar una queja.
        • Durante la segunda vuelta de las elecciones presidenciales, solo los dos candidatos más votados pueden presentar denuncias.
  • Para una decisión consultiva constitucional: Únicamente el Presidente de la República o el Presidente de la Asamblea Nacional pueden solicitar a la Corte una decisión consultiva sobre constitucionalidad. Por lo tanto, ningún ciudadano particular puede someter un caso consultivo a la Corte.

Decisiones

Polémica sobre el derecho a la huelga.

Desde su creación, las decisiones del tribunal sobre el derecho de los trabajadores benineses a la huelga han sido controvertidas. Esto se debe a las diferentes interpretaciones del artículo 31 de la Constitución.

El Estado reconoce y garantiza el derecho a la huelga. Todo trabajador puede defender, en las condiciones previstas por la ley, sus derechos e intereses, ya sea individualmente, colectivamente o mediante la acción sindical. El derecho a la huelga se ejerce en las condiciones definidas por la ley.

Según una decisión de la entonces presidenta del Tribunal Supremo, Conceptia Ouinsou, cualquier ley que prohíba las huelgas es inconstitucional. [ 6 ] El Tribunal, bajo la presidencia del magistrado Théodore Holo, dictaminó de manera similar en una decisión de enero de 2018. Sin embargo, los magistrados Robert Dossou y Joseph Djogbenou han emitido fallos a favor de prohibir las huelgas de ciertas categorías de trabajadores.

Asunto Dangnivo

El tribunal también conoció de un caso presentado por los acusados ​​en el caso Dangnivo, tras una larga detención preventiva. El 23 de enero de 2020, el tribunal determinó que la duración de la detención preventiva sin una sentencia condenatoria de un tribunal inferior constituía una violación del derecho de los acusados ​​a un juicio rápido . [ 7 ] [ 8 ]

Referencias

  1. «Prestation de serment des nouveaux membres de la Cour Constitutionnelle, 6e mandato» . presidencia.bj (en francés) . Consultado el 13 de junio de 2018 .
  2. ^ " El gran milagro de la Cour Holo - 24 horas en Bénin" . 24 Horas au Bénin (en francés) . Consultado el 3 de noviembre de 2018 .
  3. ^ Atanasso, Marie-Odile (diciembre de 2012). Femmes et pouvoir politique au Bénin des origines dahoméennes à nos jours (PDF) (en francés). ISBN 978-99919-1-411-4. Consultado el 3 de noviembre de 2018 a través de library.fes.de.
  4. ^ Ague, Vicente. "Bénin : Razaki Amouda Issifou devient président de la Cour constitutionnelle" . ORTB . Consultado el 16 de octubre de 2023 . 
  5. «Afrique Bénin: Dorothé Sossa élu président de la nouvelle Cour constitutionnelle» . RFI (en francés) . Consultado el 6 de junio de 2023 .
  6. «Decisión DCC 06-034» (PDF) . Cour constitucionalelle (en francés). 4 de abril de 2006 . Consultado el 31 de marzo de 2022 ..
  7. Arnaud Gaffan (23 de enero de 2020). "Affaire Dangnivo: la respuesta de la Cour à la requête de Alofa" . leportail.info . Consultado el 10 de mayo de 2021 ..
  8. ^ Jacob Anani (23 de enero de 2020). "Affaire Dangnivo: Nouvelle décision de la cour constitutionnelle du Bénin" . La Nueva Tribuna . Consultado el 10 de mayo de 2021 ..

    Bibliografía

    • Frédéric Joël Aïvo (dir.), en colaboración con el Centre de droit constitutionnel, Jurisprudence électorale commentée  : la présidentielle de 2016 devant la Cour constitutionnelle du Bénin , les éditions universitaires, Cotonou, 2017, 202 p. ISBN 978-99919-71-80-3
    • Oladé Okunlola Moïse Laleye, La Cour constitutionnelle et le peuple au Bénin  : d'un juge constitutionnel institué à un procureur suzerain , L'Harmattan, París, 2018, 683 p. ISBN 978-2-343-14822-9Éric M. Ngango Youmbi, La justicia constitucional en Bénin  : logiques politique et sociale , L'Harmattan, 2016, 694 p. ISBN 978-2-343-09348-2