Articulo de referencia

Subpoena duces tecum

Una citación judicial para la presentación de pruebas ( subpoena duces tecum , pronunciada en inglés / s ə ˈ p iː n ə ˌ dj uː s iː z ˈ t iː k ə m / sə- PEE -nə DEW -seez TEE -kə...

Una citación judicial para la presentación de pruebas ( subpoena duces tecum , pronunciada en inglés / s ə ˈ p n ə ˌ dj s z ˈ t k ə m / sə- PEE -nə DEW -seez TEE -kəm ), o citación para la presentación de pruebas , es una orden judicial que obliga al destinatario a comparecer ante el tribunal y presentar documentos u otras pruebas tangibles para su uso en una audiencia o juicio . En algunas jurisdicciones, también puede ser emitida por órganos legislativos como las juntas de supervisores de los condados.

La citación judicial recibe distintos nombres en diferentes jurisdicciones. En Estados Unidos y en otras jurisdicciones de derecho anglosajón , como Sudáfrica y Canadá , se utiliza el término « subpoena duces tecum ». En algunos estados de EE. UU., que han procurado reducir el uso de palabras y frases no inglesas en la terminología judicial, la citación se denomina «subpoena for presentation of proof» (citación para la presentación de pruebas).

La citación judicial para presentar documentos (subpoena duces tecum) es similar a la citación judicial para testificar (subpoena ad testificandum) , que es una orden que convoca a un testigo a declarar oralmente. Sin embargo, a diferencia de esta última, la citación judicial para presentar documentos, libros o pruebas ante el tribunal. En la mayoría de las jurisdicciones, la citación judicial generalmente debe ser entregada personalmente.

Etimología

La frase sub poena duces tecum es una expresión latina que significa literalmente "bajo [amenaza de] pena [o castigo], lo traerás contigo". La palabra sub significa "bajo" y poena "pena"; duces "conducirás, guiarás, arrastrarás, traerás"; y tecum "contigo".

Orden dictada en virtud de una declaración jurada.

En Estados Unidos, una notificación a una parte (en el litigio ) que debe declarar (una persona llamada a testificar en una declaración ) puede ir acompañada de una solicitud de presentación de documentos y otros objetos durante la toma de la declaración. La notificación para presentar documentos (literalmente: "traiga estos documentos a la declaración") se entrega antes de la declaración. Esto se rige por las Reglas Federales de Procedimiento Civil . [ 1 ] El método de usar una citación judicial para presentar documentos (subpoena duces tecum) generalmente solo es válido para obligar a un testigo a presentar documentos y otros objetos al momento de la declaración.

Si un declarante no es parte en el proceso (no está involucrado directamente en el litigio, pero se le solicita su testimonio), la presentación de documentos solo puede ser obligada mediante una citación judicial adecuada (subpoena duces tecum) . [ 2 ]

Los casos federales y algunos estados siguen la Regla 27(a)(3) de las Reglas Federales de Procedimiento Civil con respecto a la presentación de documentos en la fase de descubrimiento previo al juicio , incluyendo aquellos relacionados con las declaraciones juradas. Esto puede incluir la citación judicial para presentar documentos o, en algunos casos, para someterse a un examen físico o mental . En el Noveno Circuito , interpretando la Regla 27 literalmente, se ha sostenido que una parte puede simplemente presentar los documentos y, en ciertos casos, evitar una declaración oral cuando se le presenta una citación judicial para presentar documentos . [ 3 ]

Casos penales de la Ley Jencks

En el caso Jencks v. United States de 1957, la Corte Suprema de los Estados Unidos dictaminó que un acusado debe tener acceso a los testigos del gobierno que testificarán en su contra en un juicio penal, y también debe tener acceso a cualquier documento relacionado con ese testimonio. [ 4 ] Esto incluye papeles, documentos, declaraciones escritas y similares. Esto condujo a la aprobación de la Ley Jencks , 18 USC, Parte II, Capítulo 223, § 3500, que permite la citación judicial para la presentación de documentos gubernamentales relevantes, pero solo después de que un agente o empleado del gobierno haya testificado en el juicio. No puede haber descubrimiento previo al juicio. La citación judicial es autorizada por el juez del juicio. El gobierno tiene derecho a negar el acceso a los documentos. Esto puede deberse a la naturaleza sensible de los documentos o porque están clasificados.

Si se concede un recurso, se produce un juicio nulo y se desestiman los cargos penales. [ 5 ] [ 6 ] Un acusado no tiene derecho a solicitar el producto del trabajo de la fiscalía en un caso penal. [ 7 ]

Tribunal estatal de EE. UU. busca obligar a un testigo en otro estado a presentar documentos.

La facultad de citación de cualquier tribunal estatal en los Estados Unidos generalmente termina en la frontera de ese estado. [ 8 ] [ 9 ] En consecuencia, al carecer de facultades fuera de la frontera estatal, los fiscales y abogados defensores estatales en un caso penal estatal no pueden utilizar los mismos procedimientos que usarían para obtener una citación para un testigo de otro estado que para un testigo del estado. [ 10 ]

Obligar a una corporación extranjera a presentar documentos

Una corporación nacional puede ser considerada una "persona" en el sentido de la Decimocuarta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos . No es necesario tratar a una corporación como una persona en todas las circunstancias. La jurisprudencia estadounidense es confusa en este asunto cuando se trata de corporaciones extranjeras y su operación dentro de los Estados Unidos. Particularmente preocupantes han sido las resoluciones relativas a la Cuarta Enmienda y la Quinta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos . Un agente extranjero no puede invocar las disposiciones de la Quinta Enmienda contra la autoincriminación . Tampoco se pueden retener registros de una citación judicial (subpoena duces tecum) con el argumento de que la presentación de dichos documentos incriminaría a los funcionarios u otros miembros de la corporación extranjera. Sin embargo, existe jurisprudencia en la que las corporaciones extranjeras han sido protegidas de registros e incautaciones ilegales , incluidos documentos y libros. [ 11 ] Se analiza la cuestión de si una corporación extranjera que opera como una "persona" dentro de los Estados Unidos recibe protección bajo la Decimocuarta Enmienda. [ 12 ] [ 13 ] [ 14 ]

No se presentaron los documentos

En Estados Unidos, se puede conceder una prórroga (reprogramación de una audiencia judicial para una fecha posterior) de un proceso civil debido a la falta de documentos. La parte que no presente los documentos solicitados mediante una citación judicial (subpoena duces tecum) debe justificar debidamente su omisión. Entre las explicaciones aceptables se incluyen la pérdida o destrucción de los documentos o un acuerdo para utilizar copias. La parte que solicita la prórroga debe demostrar que la falta de los documentos no se debe a negligencia propia ni de su abogado . [ 15 ]

De igual modo, se puede conceder una prórroga en un caso penal si existe una razón justificada por la que no se pudieron presentar los documentos pertinentes al caso en el momento del juicio. Por ejemplo, se debe conceder una prórroga por no presentar la transcripción de la declaración prestada en un juicio anterior. En general, constituye un error que justifica la anulación de la sentencia proceder con un juicio penal sin la transcripción del juicio anterior, cuando esta contiene información pertinente que debería haberse considerado en el nuevo juicio. En estos casos, la prórroga es el recurso habitual. [ 16 ]

Detención de testigos; desacato al tribunal

Un testigo que se niega a obedecer una orden legal de presentar libros, documentos y papeles puede ser encarcelado por desacato al tribunal . El recurso de hábeas corpus no procede a menos que se demuestre que el testigo no podía tener legalmente la posesión de dichos documentos. En tal caso, el recurso de hábeas corpus procede y constituye el remedio para tal acción indebida. [ 17 ] [ 18 ]

En el derecho consuetudinario , y bajo diversas leyes relativas a una jurisdicción determinada, existe el derecho a interponer una demanda por daños y perjuicios, o por una sanción o confiscación legal , contra un testigo que, sin excusa suficiente, no preste testimonio oral o se niegue a presentar documentos u otros elementos especificados en cumplimiento de una citación debidamente emitida y notificada. [ 19 ]

Existen ciertas condiciones previas, o defensas, para la recuperación de daños y perjuicios por la negativa de una persona a testificar o a proporcionar documentos pertinentes para una audiencia o juicio. Debe existir un incumplimiento del deber testimonial, tras haber sido debidamente notificado mediante una citación judicial ejecutada legítimamente. Debe demostrarse la existencia de daños reales derivados de la ausencia de testimonio. La mayoría de los tribunales han rechazado los argumentos para solicitar daños y perjuicios en este tipo de casos. Prestar falso testimonio en un procedimiento judicial, aun cuando se alegue que la persona que lo presta sabía que era falso, no da lugar, ni por derecho común ni por ley, a una acción civil por daños y perjuicios resultantes de dicho testimonio. La situación probablemente sea diferente si se presentan documentos intencionadamente falsos en virtud de una citación judicial para la presentación de documentos . [ 20 ] [ 21 ]

Auto de mandamus que anula una orden de presentación de documentos.

Un mandamiento judicial ( del latín "ordenamos") es apropiado para obligar a la entrega de documentos en posesión de abogados u otras personas que hayan sido obtenidos ilegalmente mediante el abuso de un mandamiento de embargo . [ 22 ] El mandamiento judicial puede anular una orden de presentación de libros y documentos. [ 23 ]

En un caso de 1893, el Fiscal de los Estados Unidos para Alabama se negó a abandonar su cargo, negándose a entregar libros, documentos y otros materiales al Fiscal recién nombrado. El tribunal federal de Alabama emitió una orden judicial que obligaba al anterior fiscal a entregar los documentos. Este, a su vez, solicitó amparo ante la Corte Suprema, que denegó su solicitud, argumentando que no interferiría con los asuntos internos debidamente llevados a cabo por un tribunal. En el caso In re: Parsons , la Corte Suprema de los Estados Unidos escribió:

"Si las órdenes se consideran meras instrucciones en la administración de asuntos judiciales respecto de la posesión inmediata de bienes o la custodia de presos, no podemos, por razón de lo que consta en estos registros, en el ejercicio de la jurisdicción de apelación de esta manera, ordenar que se anulen. Y si el procedimiento se considera que implica una determinación final sobre cuestiones vinculadas al derecho a dicha posesión y custodia, no hubo queja alguna por falta de notificación o de audiencia, y el resumen adoptado no afectó en sí mismo la jurisdicción del Tribunal de Circuito por haberse excedido en sus facultades." [ 24 ]

El mandamiento judicial es el recurso que se interpone cuando un tribunal inferior ha omitido claramente emitir una orden para la presentación de documentos o para permitir al peticionario el acceso a los documentos que obren en poder del tribunal o de las partes en el litigio. El mandamiento judicial puede utilizarse para obligar a un tribunal a hacer cumplir una orden de responder a interrogatorios (preguntas presentadas por el tribunal o una de las partes que deben responderse bajo juramento y bajo pena de perjurio ). [ 25 ] [ 26 ] [ 27 ]

El mandamiento judicial es el recurso adecuado para obligar a la anulación de una citación judicial para la presentación ante un gran jurado de documentos protegidos por el privilegio abogado-cliente . [ 28 ] [ 29 ] Presumiblemente, esto se aplicaría al producto del trabajo del abogado, aunque no existe jurisprudencia al respecto. [ 30 ]

Acceso público a los documentos presentados ante el tribunal

El derecho del público a acceder a los registros judiciales es fundamental para un estado democrático y es análogo al derecho a la libertad de expresión y de prensa de la Primera Enmienda de los Estados Unidos y al derecho a juicios públicos de la Sexta Enmienda. [ 31 ] [ 32 ] [ 33 ] Si bien el derecho a acceder a los registros judiciales no es absoluto, se basa en la presunción de acceso público a los procedimientos y registros. [ 34 ] [ 35 ] [ 36 ] [ 37 ] [ 38 ] El artículo 11, sección 107 (a) del Código de los Estados Unidos, de la ley federal de quiebras, es una codificación del derecho general del derecho consuetudinario a inspeccionar los registros y documentos judiciales. Sin embargo, el derecho no es absoluto y puede denegarse cuando la entidad que busca ver los registros tiene un propósito indebido. La intención general de la ley es favorecer el acceso público a los documentos judiciales. [ 39 ]

Tipos específicos de documentos

Documentos privilegiados

El privilegio abogado-cliente es generalmente reconocido por los tribunales. Las comunicaciones entre abogado y cliente son generalmente inmunes a la citación judicial. En otras palabras, un abogado no puede ser obligado a testificar en un juicio a menos que se convierta, o parezca convertirse, en parte del litigio. Una situación similar se da con el "producto del trabajo", es decir, documentos escritos o registros informáticos generados en preparación para un juicio o audiencia. Esto incluye información como posibles preguntas que se pueden formular a los testigos, listas de posibles testigos, memorandos, notas, estrategias de juicio, alegatos escritos o documentos que pueden o no ser utilizados en el curso del litigio. Por lo general, nada de esto puede ser objeto de una citación judicial para la presentación de documentos . Si una comunicación entre abogado y cliente se realiza en presencia de un tercero, no se reconoce la existencia del privilegio. [ 40 ] [ 41 ] [ 42 ] [ 43 ] [ 44 ] [ 45 ]

Los tribunales federales aplicarán la norma de derecho consuetudinario del privilegio abogado-cliente, salvo que exista una ley estatal interviniente aplicable a las cuestiones centrales del asunto. En tales casos, el tribunal federal aplicará la ley estatal vigente. [ 46 ] [ 47 ]

El privilegio médico-paciente suele estar definido por ley y puede variar de un estado a otro. La regla general es que los expedientes médicos están exentos de ser citados si el demandante no ha alegado lesiones o daños físicos o mentales. Una vez que el demandante alega lesiones físicas o mentales derivadas directamente de un acto potencialmente ilícito por parte del demandado, o en alguna otra audiencia sobre discapacidad, los expedientes médicos pueden estar sujetos a una citación judicial para la presentación de documentos . Si bien los testigos pueden intentar oponerse al descubrimiento de pruebas solicitando al juez que los proteja de ser interrogados o inspeccionados , la política de los tribunales favorece la divulgación completa. La intención de las reglas de procedimiento es que el descubrimiento de pruebas previo al juicio se lleve a cabo sin la intervención de un juez. Las llamadas "expediciones de pesca" (solicitudes masivas e indiscriminadas de todos los documentos relacionados con el litigio) están permitidas según la Regla Federal de Procedimiento Civil 26 (b) (1). Esta regla se repite en los reglamentos procesales de muchos estados: «Las partes pueden obtener información sobre cualquier asunto, no privilegiado, que sea relevante... si la información solicitada parece razonablemente susceptible de conducir al descubrimiento de pruebas admisibles ». La ambigüedad de la definición de prueba relevante se interpreta generalmente como una presentación «liberal». El médico que es parte en un litigio no es propietario de los expedientes de los pacientes que ha tratado. Estos no son privilegiados si el paciente ha renunciado a la confidencialidad. Los médicos deben presentar los expedientes médicos mediante una citación judicial (subpoena duces tecum) . [ 48 ]

Los registros de revisión por pares y otros documentos hospitalarios de las reuniones del comité de control de calidad generalmente no están sujetos a citación judicial para la presentación de documentos, ya que gozan de inmunidad legal. La teoría es que la franqueza de la revisión por pares se vería coartada si estos registros pudieran ser solicitados de forma rutinaria. [ 49 ] [ 50 ]

Varios tribunales federales de circuito de los Estados Unidos han reconocido un privilegio limitado para los periodistas .

En algunos estados (como California), los consejeros de crisis por violación y los defensores de víctimas de violencia doméstica gozan de un privilegio legal análogo al privilegio terapeuta-paciente. (Véase, por ejemplo, el artículo 1035 del Código de Evidencia de California para los defensores de víctimas de violación, [ 51 ] y el artículo 1037.6 del Código de Evidencia de California para los defensores de víctimas de violencia doméstica). [ 52 ]

Documentos de asistencia social

En muchas jurisdicciones existen leyes que regulan la divulgación de la información contenida en los registros de asistencia social. La razón de ser de estas regulaciones es fomentar la divulgación completa y sincera por parte del beneficiario de la asistencia social de su situación y protegerlo de la vergüenza que probablemente resultaría de la divulgación de la información contenida en dichos registros. [ 53 ] En algunos estados, los registros pueden divulgarse a discreción del director estatal de asistencia social. En general, los registros de asistencia social no son registros públicos y no deben considerarse como tales. La divulgación de información generalmente se limita a fines directamente relacionados con la administración de los beneficios de asistencia social. Se ha considerado que la investigación de los costos de los programas de asistencia social está suficientemente relacionada con los asuntos en cuestión como para justificar la divulgación. Los tribunales generalmente consideran que las leyes diseñadas para limitar la disponibilidad de los registros de asistencia social no están exentas del poder de la citación judicial para la presentación de documentos. Ciertas leyes estatales limitan la disponibilidad de la información que se puede obtener mediante la citación judicial de dichos documentos. Estas siempre están sujetas a impugnación judicial, caso por caso. Generalmente, a los beneficiarios de asistencia social se les permite acceder a sus expedientes mediante una citación judicial para la presentación de documentos . En algunos estados, el fallecimiento de un beneficiario se considera motivo suficiente para eliminar la confidencialidad. Algunos estados han promulgado leyes denominadas "Derecho a Saber", que harían que los beneficiarios de asistencia social y su información estuvieran disponibles al público. Estas leyes, junto con el derecho consuetudinario y las constituciones estatales y federales que garantizan la libertad de prensa, no otorgan a los periódicos (ni a otros medios de comunicación) el derecho a acceder a los nombres de las personas que reciben asistencia social ni a las cantidades que reciben. [ 54 ]

Documentos en un procedimiento de quiebra

Una entidad (persona o corporación) puede ser obligada a presentar pruebas documentales de conformidad con las facultades de citación de la Regla 45 de las Reglas Federales de Procedimiento Civil, según lo aplicado por la Regla 9016 de las Reglas de Quiebra. El Tribunal de Quiebras de los Estados Unidos tiene facultades para obligar a la presentación de documentos de una corporación o persona no deudora en relación con transacciones que involucren a la corporación o persona deudora. La presentación de documentos puede ser impugnada por ser onerosa. Los activos desviados a corporaciones externas o cuentas bancarias/carteras de acciones y otros activos como propiedades de tierras están dentro de la facultad de obligar a la presentación mediante una citación judicial ( subpoena duces tecum) . La ley federal no reconoce el privilegio de confidencialidad entre contador y cliente. Una citación judicial (subpoena duce tecum) notificada de conformidad con la Regla 2004 de las Reglas de Quiebras no constituye una violación del privilegio de confidencialidad entre contador y cliente. El artículo 107 (a) del Código de los Estados Unidos establece que los documentos presentados en casos bajo el Código de Quiebras y los expedientes de los Tribunales de Quiebras son registros públicos y deben estar disponibles para su examen en horarios razonables sin cargo alguno. [ 55 ]

Documentos relacionados con las audiencias de la Comisión Federal de Comercio en acciones por monopolio.

Cuando la Comisión Federal de Comercio (FTC) tenga motivos para creer que alguna persona ha infringido las secciones 13, 14, 18 o 19 del Título 15 del Código de los Estados Unidos, deberá emitir y notificar a dicha persona y al Fiscal General de los Estados Unidos una denuncia en la que consten los cargos en cuestión. La notificación también deberá indicar la fecha de la audiencia. La citación judicial para la presentación de documentos podrá realizarse en persona o por correo certificado. La recepción del correo se considerará prueba de la notificación. [ 56 ]

La facultad de emitir citaciones se extiende a los casos de fijación de precios contemplados en la Ley Robinson-Patman y a los casos de adquisición ilegal contemplados en la Ley Clayton . [ 57 ]

Un Tribunal de Distrito Federal carece de jurisdicción para impedir que la Comisión Federal de Comercio (FTC ) continúe con una investigación. No puede suspender una citación judicial para la presentación de documentos durante la fase de investigación. Una orden judicial de un tribunal federal no tiene la facultad de impedir que la FTC haga cumplir una orden que exige a las corporaciones que proporcionen informes y documentos conforme al artículo 49 del Título 15 del Código de los Estados Unidos. El único recurso disponible para detener una demanda de documentos es solicitar una acción de cumplimiento mediante un mandamiento judicial ante el Fiscal General de los Estados Unidos, o, conforme al artículo 50 del Título 15 del Código de los Estados Unidos, hacer cumplir multas y decomisos. [ 58 ]

Si la FTC inicia un procedimiento administrativo (una audiencia), la persona que originó el asunto al presentar una queja ante la FTC no es parte en el proceso y no tiene ningún control sobre él. La FTC puede permitir que la persona que presentó la queja participe en el procedimiento en virtud del artículo 45 del Título 15 del Código de los Estados Unidos. Esto permite la participación por causa justificada, ya sea por medio de un abogado o en persona. No se puede intervenir en una audiencia de la FTC, excepto demostrando que cuestiones sustanciales de derecho o de hecho no se plantearían ni argumentarían adecuadamente , y que estas cuestiones son lo suficientemente importantes e inmediatas como para justificar un gasto adicional de recursos de la FTC. Esta participación puede reforzarse mediante una citación judicial para la presentación de documentos .

Las conferencias previas a la audiencia son la norma. Estas son útiles en:

  • Aclarar o simplificar cuestiones
  • Modificación de alegatos
  • Inclusión de estipulaciones , admisiones de hechos y contenido y autenticidad de los documentos
  • Agilizar la obtención y presentación de pruebas, incluyendo la restricción de testigos.
  • Asuntos sujetos a notificación oficial que pueden resolverse mediante la presentación de documentos adicionales relacionados con el caso.

En general, las conferencias previas a la audiencia no son públicas. [ 59 ] La FTC no está sujeta a una regla rígida de evidencia. [ 60 ]

Documentos en procedimientos de ejecución

Se puede autorizar la presentación de documentos tanto para acciones previas al juicio como posteriores al mismo. La mayoría de los estados siguen, o han modelado sus procedimientos a partir de, la Regla 69(a) de las Reglas Federales de Procedimiento Civil .

Los acreedores con sentencia firme (aquellos que han recibido un fallo judicial favorable por daños y perjuicios) pueden solicitar información sobre la residencia del deudor; su historial laboral reciente; sus relaciones comerciales, incluyendo socios, copropietarios, codirectores y coadministradores; el contenido de un testamento; las transferencias de propiedad; y la identidad de las personas que tenían deudas con el deudor o que recibieron bienes de valor del mismo. La información sobre cuentas bancarias también puede ser objeto de una citación judicial para la presentación de documentos . [ 61 ]

En los procedimientos judiciales federales relativos a deudores con sentencia firme, la investigación suele limitarse al descubrimiento de bienes. En los casos internacionales que se tramitan en tribunales federales de Estados Unidos , se aplica el Convenio de La Haya sobre Notificación de Documentos, cuando procede. [ 62 ]

historiales médicos

Derecho administrativo

Las personas discapacitadas menores de 65 años pueden ser elegibles para recibir beneficios por discapacidad bajo los Títulos II y XVI del Seguro Social . [ 63 ]

El caso fundamental en la legislación de la Seguridad Social es Richardson v. Perales , una decisión de la Corte Suprema de 1971. La Corte dictaminó que los informes médicos presentados por el médico tratante en las audiencias de la Seguridad Social debían aceptarse como prueba, a pesar de su carácter indirecto . Estos informes deben aceptarse incluso si no es posible el contrainterrogatorio . El reclamante tiene derecho a citar al médico tratante. En casos de pruebas médicas contradictorias, no es inconstitucional que el funcionario encargado de la audiencia obtenga asesoramiento médico independiente para ayudar a resolver las cuestiones físicas involucradas. Según la Ley de Procedimiento Administrativo , los testimonios indirectos en forma de historiales médicos son admisibles hasta el punto de su relevancia. [ 64 ]

Varias agencias federales han adoptado las normas de la Ley Jencks . Si bien la Ley Jencks se aplica únicamente a los agentes o empleados gubernamentales que testifican en casos penales, poniendo a disposición de estos testigos y los documentos pertinentes para el contrainterrogatorio posterior al testimonio, se ha aplicado en casos de derecho administrativo en aras de la justicia y la equidad. [ 65 ] La parte registrada debe presentar una solicitud oficial al funcionario encargado de la audiencia para que se apliquen las normas de Jencks. [ 66 ] Algunas normas de agencias, como las de la Junta Nacional de Relaciones Laborales, cumplen automáticamente con los requisitos de la Ley Jencks . [ 67 ]

Demandas por negligencia médica

En un caso de presunta negligencia médica, los resúmenes escritos del caso elaborados por los médicos y proporcionados a la compañía de seguros u otras partes pueden ser objeto de una citación judicial para la presentación de documentos (subpoena duces tecum) , si, a juicio del tribunal, son relevantes para el caso del demandante . Las alegaciones de que estas declaraciones constituyen "producto del trabajo" generalmente no prosperarán. [ 68 ]

Los registros médicos constituyen el núcleo de cualquier caso de negligencia médica. [ 69 ] Las demandas por negligencia se rigen por las reglas generales de prueba en el procedimiento civil. [ 70 ] Una demanda por negligencia implica necesariamente la cuestión del cuidado y la habilidad necesarios aplicados en un caso médico. Con excepción de los casos de res ipsa loquitur , la opinión médica sobre la atención es esencial. Esto implica la necesidad de obtener una citación judicial para la presentación de registros médicos. [ 71 ] [ 72 ] [ 73 ]

La admisión de "tratados académicos" (libros publicados y artículos médicos) en un juicio varía según la jurisdicción. Algunas exigen que el perito admita que se trata de una referencia autorizada. [ 74 ] [ 75 ] Otras permiten la admisión de tratados académicos por reconocimiento judicial. [ 76 ] [ 77 ]

Expertos y opiniones

En las acciones por daños y perjuicios , es necesario presentar expedientes médicos para fundamentar la reclamación. El demandante lesionado tiene derecho a recuperar los gastos necesarios para curar o tratar las lesiones. [ 78 ] [ 79 ] [ 80 ] [ 81 ] [ 82 ] [ 83 ] [ 84 ] Los tribunales frecuentemente solicitan testimonios de expertos para interpretar y asesorar, tras examinar los expedientes médicos, sobre la naturaleza de las lesiones, la atención médica futura, la discapacidad y otros asuntos que se presentan ante el tribunal. [ 85 ] [ 86 ] [ 87 ] [ 88 ]

Acciones de compensación laboral

Los registros médicos presentados como evidencia son cruciales para determinar tanto la causalidad como la discapacidad en los casos de compensación laboral. En los casos donde la evidencia es impugnada, la evidencia médica en forma de registros, opiniones, declaraciones juradas y testimonios sobre hechos y opiniones es necesaria. Cuando se toma testimonio oral de médicos, el estándar habitual es expresar una opinión "con un grado razonable de certeza médica". [ 89 ] [ 90 ] Las leyes de compensación laboral están regidas por estatutos estatales o la Ley Federal de Responsabilidad de los Empleadores . [ 91 ] En muchos estados, el empleador tiene derecho a exigir un examen independiente y también puede ordenar que el tratamiento sea realizado por ciertos médicos. [ 92 ]

Denuncia obligatoria del maltrato infantil

En el histórico caso de 1976 en California, Landeros v. Flood , [ 93 ] la Corte Suprema de California remitió un caso al tribunal de primera instancia para que se iniciara una acción por responsabilidad civil extracontractual contra un médico tratante por no denunciar un presunto caso de maltrato infantil. [ 94 ] [ 95 ] La teoría en el juicio fue que el demandante, un niño de aproximadamente 12 meses de edad, había sido devuelto a un hogar donde se produjo más maltrato físico, causando más daños. Esto se debió a que el médico no denunció el maltrato, en violación de la ley de California. [ 94 ] Después de este caso, todos los estados instituyeron la denuncia obligatoria por parte de médicos y otro personal médico de cualquier caso sospechoso de maltrato o negligencia infantil. En general, la denuncia de buena fe protege al médico o trabajador de la salud de la responsabilidad civil extracontractual. La denuncia a la policía o a los servicios sociales requiere la obtención de registros médicos mediante una citación judicial para la presentación de documentos . Este caso, y la legislación que le siguió, fueron en respuesta a varios artículos que aparecieron en la literatura médica que definían el síndrome del niño maltratado y el síndrome de maltrato infantil . [ 96 ]

Las Enmiendas de la Seguridad Social de 1962 [ 97 ] exigen que cada estado ponga a disposición de todos los niños los servicios de bienestar infantil en todo el estado y que proporcione coordinación entre los servicios de bienestar infantil (Título IV-B) y los servicios sociales proporcionados en virtud de la Ley de Ayuda a Familias con Niños Dependientes (ADC, más tarde conocida como AFDC; ahora llamada Título XX). Las determinaciones en estos casos frecuentemente requieren la presentación de registros médicos.

En 1972, comenzaron las audiencias del Congreso sobre el abuso y la negligencia infantil. En respuesta, el Congreso aprobó la Ley de Prevención y Tratamiento del Abuso Infantil [ 98 ] , que definía el abuso como "lesión física o mental, trato negligente o maltrato de un menor de 18 años por parte de una persona responsable de su bienestar en circunstancias que indiquen que la salud o el bienestar del menor se ven perjudicados o amenazados". La legislación creó el Centro Nacional sobre Abuso y Negligencia Infantil como centro de información.

La Ley de Prevención y Tratamiento del Abuso Infantil de 1974 ( 42  U.SC § 5101 – 42 U.SC § 5106 ) definió "abuso y negligencia infantil" como "lesión física o mental, abuso sexual, trato negligente o maltrato de un niño menor de dieciocho años por parte de una persona responsable del bienestar del niño en circunstancias que indiquen que la salud o el bienestar del niño se ven perjudicados o amenazados por ello". [ 99 ]     

La Ley de Prevención y Tratamiento del Abuso Infantil de 1988 [ 100 ] , al ser promulgada, amplió la definición de abuso. Los delitos sexuales fueron identificados específicamente en la Ley de Delitos Sexuales contra Niños de 1995 [ 101 ]. Estas leyes han convertido el abuso infantil en un delito federal y exigen habitualmente la presentación de historiales médicos. [ 95 ] [ 99 ] [ 102 ] [ 103 ] [ 104 ] [ 105 ] [ 106 ] [ 107 ]

Notificación obligatoria de heridas y lesiones

El privilegio médico-paciente está definido y limitado por ley. Muchas jurisdicciones cuentan con leyes de notificación obligatoria que exigen a los médicos tratantes u otro personal médico que informen a la policía u otras autoridades competentes sobre cualquier lesión sospechosa. Estos requisitos pueden estar impuestos por ley, ordenanza o reglamento. Algunos de ellos pueden limitarse a heridas generalmente infligidas con armas de fuego o cuchillos. Puede haber requisitos de notificación similares en casos de violencia doméstica. Estas leyes generalmente han sido ratificadas ante impugnaciones constitucionales. La notificación de tales casos suele invalidar cualquier impugnación de la citación judicial para la presentación de los registros médicos por parte de la policía o las autoridades estatales. [ 108 ]

Registros de revisión por pares en los procesos de concesión de licencias médicas y acreditación hospitalaria.

La cuestión de la destitución de un médico del personal hospitalario, o la revocación o limitación de su licencia para ejercer la medicina, suele estar sujeta a diversas inmunidades estatales y federales. La Ley de Mejora de la Calidad de la Atención Médica (HCQIA, por sus siglas en inglés) de 1986 otorgó a los médicos que formaban parte de comités de revisión por pares inmunidad frente a la citación judicial para la presentación de documentos (subpoena duces tecum ), es decir, la responsabilidad por la revocación de los privilegios hospitalarios de otros médicos. En circunstancias normales, los asuntos relacionados con la revisión por pares no pueden ser objeto de una citación judicial para la presentación de documentos . Esto ha dado lugar a acusaciones de que médicos influyentes pueden abusar del proceso para castigar a otros médicos por motivos ajenos a cuestiones médicas (lo que se denomina " revisión por pares simulada ").

La Asociación Médica Estadounidense llevó a cabo una investigación sobre el problema de la revisión por pares fraudulenta y concluyó que no existe un problema generalizado. Es fácil formular acusaciones de revisión por pares fraudulenta (por ejemplo, por parte de médicos cuyos errores médicos los han convertido en blanco de la revisión por pares), pero las infracciones reales son raras. [ 109 ] Los opositores a la revisión por pares argumentan que la escasez de impugnaciones exitosas es indicativa de la magnitud del problema y de la dificultad de ganar estas acciones.

Véase también

Referencias

Notas

  1. Regla Federal de Procedimiento Civil 30(b)(5), también conocida como FRCP
  2. Edgar, Donald L. (1954). "Descubrimiento de documentos y cosas: las reglas federales y la ley de California" (PDF) . California Law Review . 42 (5): 829– 837. doi : 10.2307/3477713 . JSTOR 3477713. Recuperado el 21 de enero de 2020 . 
  3. 23 Am Jur 2nd Depositions and Discovery, §§ 126–127
  4. Jencks contra Estados Unidos, 355, US 657 (1957)
  5. 23 Am Jur 2nd "Declaraciones y Descubrimiento", § 443
  6. Jencks contra Estados Unidos, ídem.
  7. 23 Am Jur 2nd "Declaraciones y Descubrimiento", § 444
  8. "Cómo asegurar la comparecencia de testigos mediante citación judicial y otros procedimientos", Manual del Defensor Público de Carolina del Norte , vol. 2, Juicio, capítulo 29 (2018).
  9. Rhonda Wasserman (1989). "El poder de citación: el último vestigio de Pennoyer", 74 Minnesota Law Review 37.
  10. Darrell E. White II (18 de mayo de 2021). "Citación de testigos de otros estados en procesos penales: una guía paso a paso", Asociación Nacional de Fiscales Generales.
  11. Véase la jurisprudencia: 120 ALR 1103
  12. 49 ALR 732
  13. 77 ALR 1490
  14. 36 Am Jur 2nd "Corporaciones Extranjeras", §§ 44 y 45
  15. ^ 17 Am Jur 2nd "Continuación", § 20
  16. ^ 17 Am Jur 2nd "Continuación", § 81
  17. ^ Ex parte Clarke, California
  18. 39 Am Jur 2do "Habeas Corpus", § 97
  19. Casos enumerados y discutidos en 81 ALR 3rd 1297, §§ 3 (b), 8 (a), 9 (a)
  20. Generalmente 61 ALR 3.º 1297
  21. 81 Am Jur 2nd "Testigos", § 79
  22. Rosenthal contra Dickerman, Michigan
  23. International Harvester Co. contra Eaton, Juez de Circuito, Michigan
  24. ^ 52 Am Jur 2.º "Mandamus" § 314
  25. Smith contra Tribunal Superior del Condado de San Joaquín, California
  26. 88 ALR 2.º 650
  27. Para el mandamiento judicial en lo que respecta a los testigos en general, véase: 41 ALR 433 y 112 ALR 438
  28. Continental Oil Co. contra Estados Unidos, Arizona
  29. 9 ALR 3.º 1413
  30. 52 Am Jur 2nd "Mandamus", § 367, Grandes Jurados
  31. Barron contra Florida Freedom Newspapers, Florida
  32. 75 Am Jur 2nd "Trial" § 205
  33. 21 A Am Jur 2nd 'Derecho Penal' secciones 666 y siguientes; 876 y siguientes
  34. Re: Consejo de Libertad de Información de Iowa, Iowa
  35. Oxnard Publishing Co. contra Tribunal Superior del Condado de Ventura, California
  36. Globe Newspaper Co. contra Tribunal Superior del Condado de Norfolk; Tribunal Supremo de los Estados Unidos
  37. Press-Enterprise Co. contra Tribunal Superior de California; Tribunal Supremo de los Estados Unidos
  38. 75 Am Jur 2nd "Trials", §§ 205–216
  39. 9 Am Jur 2nd "Bankruptcy", § 829
  40. 14 ALR 3.º 594
  41. 81 Am Jur 2nd Witnesses, §§ 172 y siguientes
  42. 1 ALR 4.º 1124
  43. 59 ALR 3.º 441
  44. 55 ALR 3.º 1322
  45. 44 ALR 3.º 24
  46. Reglas Federales de Procedimiento Civil o Penal, Regla 501 de las Reglas Federales de Evidencia
  47. 48 ALR Fed 259
  48. Sharpe, Fascina y Head, "Derecho y Medicina", pág. 5
  49. Matchett contra Tribunal Superior de California
  50. Sharpe Fiscina y Head, "Derecho y Medicina", pág. 69
  51. Códigos CA (evidencia:1035-1036.2) consultados el 26/11/2009
  52. Códigos de California (evidencia:1037-1037.8)
  53. 54 ALR 3rd 768, § 24
  54. 79 Am Jur 2nd, "Bienestar", § 50
  55. 9 Am Jur 2nd "Bankruptcy", secciones 828–829
  56. 54 Am Jur 2nd "Monopolios", § 394
  57. 54 Am Jur 2nd "Monopolios", §§ 398–399
  58. 54 Am Jur 2nd "Monopolios", § 862
  59. 55 Am Jur 2nd, § 836
  60. 55 Am Jur 2nd, § 840
  61. La jurisprudencia general se revisa en 30 Am Jur 2nd "Ejecuciones, etc.", §§ 720 y 714
  62. 20 Am Jur 2nd "Ejecuciones, etc."
  63. 70 A Am Jur 2nd "Seguridad Social y Medicare", secciones 468 y siguientes
  64. Richardson contra Perales, Corte Suprema de los Estados Unidos, 1971
  65. Fairback contra Hardin, Noveno Circuito
  66. 2 Am Jur 2nd "Derecho Administrativo", sección 329
  67. Am. Jur. 2nd, "Derecho Administrativo", § 329
  68. Butler contra Doyle, Arizona
  69. 61 Am Jur 2nd "Médicos, cirujanos, etc."
  70. ^ 29A Am Jur 2nd "Evidencia", §§ 29-30
  71. 61 Am Jur 2nd "Médicos, cirujanos, etc.", §§ 200–377
  72. Sharpe Fiscina y Head, "Derecho y Medicina"
  73. "Pegalis y Wachsman "Derecho estadounidense sobre negligencia médica"
  74. Reglas Federales de Evidencia, Regla 803
  75. 64 ALR Fed 971
  76. Am Jur 2nd "Evidencia" § 1416, 1417
  77. Reglas Federales de Evidencia § 195, 258
  78. 128 ALR 682
  79. 66 ALR 1186
  80. 151 ALR 475
  81. 10 ALR 1152
  82. 2 ALR 3.º 286
  83. 90 ALR 2.º 1323
  84. 76 ALR 2.º 946
  85. Stein, J., "Daños y recuperación"
  86. Sharpe, Fiscina y Head, "Derecho y Medicina"
  87. Pegalis y Wachsman, "Derecho estadounidense sobre negligencia profesional"
  88. 31 A Am Jur 2nd "Prueba pericial y de opinión", §§ 129–277
  89. Malone, Plant y Little, "Indemnización laboral y derechos laborales", págs. 288–291
  90. 21 ALR 3er 912
  91. Malone, Platt y Little, pág. 879 y siguientes
  92. 82 Am Jur 2nd "Workers' Compensation", §§ 504 y siguientes
  93. 17 Cal 3d, 399, 131 Cal rptr 69, 551 P2d, 389
  94. 1 2 97 ALR 3er 324
  95. 1 2 Sharpe, Fiscina y Head, pág. 48
  96. Véase: Referencias de Caffey y Kempe
  97. Ley Pública N.° 87-543
  98. Ley Pública N.° 93-247
  99. 1 2 3 Prueba de hechos, pág. 265 y siguientes
  100. Ley Pública N.° 100-294
  101. Ley Pública N.° 104-71
  102. 2 Prueba de hechos 2.ª 365 y siguientes
  103. Landeros contra Flood : 97 ALR 3rd 324
  104. 6 Prueba de hechos 2.ª ed. pág. 345 y siguientes
  105. 22 ALR 4.º 774
  106. 16 A Am Jur 2nd "Derecho Constitucional" § 738
  107. 49 ALR Fed 674
  108. 85 ALR 3.º 1196
  109. "Revisión por pares inapropiada. Informe del Consejo Directivo de la Asociación Médica Estadounidense."

Fuentes

  • 11 USCS sección 107 (a)
  • Regla Federal 27 (a) (3)
  • Regla 30 (b) (5) de las Reglas Federales de Procedimiento Civil
  • Regla 34 de las Reglas Federales de Procedimiento Civil
  • Regla 69 (a) de las Reglas Federales de Procedimiento Civil
  • Caffey, "Fracturas múltiples en los huesos largos de lactantes que sufren de hematoma subdural crónico", 56 Am. J. Roentgen 163 (1946)
  • Caffey, "Algunas lesiones traumáticas en huesos en crecimiento distintas de fracturas y luxaciones: características clínicas y radiológicas", 30 Br. J. Radiol. 225, 1957
  • Kempe, "El síndrome del niño maltratado", Revista de Síndromes Médicos Estadounidenses, 181, 7 de julio de 1962
  • Malone, Plant y Little, "Indemnización laboral y derechos laborales", West, 1980
  • Pegalis, S. y Wachsman, H., "Derecho estadounidense sobre negligencia médica", Lawyers Cooperative, Bancroft Whitney, 1980
  • Sharpe, D., Fiscina, S. y Head, M., "Derecho y Medicina", West, 1978
  • Stein, J., "Daños y Recuperación, Acciones por Lesiones Personales y Muerte", Lawyers Cooperative, Bancroft Whitney, 1972

Jurisprudencia estadounidense

  • 2 Am Jur 2nd "Derecho Administrativo", sección 328 (Ley Jencks)
  • 9 Am Jur 2nd "Bankruptcy", sección 829, 828–829
  • 16 A Am Jur 2nd "Derecho Constitucional", sección 738
  • 17 Am Jur 2nd "Continuance", secciones 20, 81
  • 21 A Am Jur 2nd "Derecho Penal", artículos 666 y siguientes; 876 y siguientes
  • 23 Am Jur 2nd "Declaraciones y Descubrimiento de Pruebas", secciones 126–127
  • 29 A Am Jur 2nd "Evidencia", secciones 1416–1420
  • 30 Am Jur 2nd "Ejecuciones, etc.", secciones 720, 714, 722
  • 31 A Am Jur 2nd "Pruebas periciales y de opinión" secciones 127–277
  • 36 Am Jur 2nd "Corporaciones Extranjeras" secciones 4–45
  • 39 Am Jur 2nd "Habeas Corpus", sección 97
  • 52 Am Jur 2nd "Mandamus", artículos 314, 367
  • 54 Am Jur 2nd "Monopolios", secciones 394, 398–399, 836, 840, 862
  • 61 Am Jur 2nd "Médicos, cirujanos, etc." secciones 200–377
  • 70 A Am Jur 2nd "Seguridad Social y Medicare", secciones 468 y siguientes
  • 75 AM Jur 2nd "Trial", secciones 205–216
  • 79 Am Jur 2nd "Bienestar", sección 50
  • 81 Am Jur 2nd "Testigos", sección 79, 172 y siguientes
  • 82 Am Jur 2nd "Compensación Laboral", secciones 504 y siguientes

Informes jurídicos estadounidenses

  • 48 ALR Fed 259
  • 49 ALR Fed 674
  • 64 ALR Fed 971 (tratados eruditos)
  • 10 ALR 1152
  • 41 ALR 433 (mandamus)
  • 49 ALR 732
  • 77 ALR 1490
  • 112 ALR 438 (mandamus)
  • 120 ALR 1103
  • 128 ALR 682
  • 151 ALR 475
  • 76 ALR 2.º 946
  • 88 ALR 2.º 650
  • 90 ALR 2.º 1323
  • 2 ALR 3.º 286
  • 9 ALR 3.º 1413
  • 14 ALR 3.º 594
  • 21 ALR 3rd 912 (descubrimiento de compensación laboral)
  • 44 ALR 3er 24
  • 55 ALR 3.º 1322
  • 59 ALR 3.º 441
  • 61 ALR 3.º 1297
  • 81 ALR 3rd 1297 sección 3 (b), 8 (a), 9(a)
  • 85 ALR 3.ª 1196 (notificación obligatoria de heridas sospechosas)
  • 97 ALR 3rd 324 (Landeros v. Flood)
  • 1 ALR 4.º 1124
  • 22 ALR 4.º 774

Prueba de los hechos

  • 2 Prueba de hechos 2.º 365 y siguientes (abuso infantil)
  • 3 Prueba de hechos 2.º 265 y siguientes (abuso infantil)
  • 6 Prueba de hechos 2.º 345 y siguientes (abuso infantil)

Cita de jurisprudencia

  • Barron contra Florida Freedom Newspapers Inc., (Fla) 531 So 2nd 113, 13 FLW 497, 15 Media LR 1901
  • Barsky contra Junta de Regentes, Corte Suprema de los Estados Unidos, 1954, 347, US 442, 74 S. Ct. 650, 98 L. Ed. 829
  • Butler contra Doyle, Corte Suprema de Arizona, 112 Ariz. 522, 544 P. 2nd 204
  • Junta Estatal de Examinadores Médicos de Colorado contra Tribunal de Distrito, 191 Colo. –, 551, P. 2.º 194 (1976)
  • Continental Oil Co. v. Estados Unidos (Ca 9 Ariz) 330 F 2nd 347 reimpreso en 9 ALR 3rd 1413
  • Ex parte Clarke, 126 Cal, 235, 58 P 546
  • Fairbank v. Hardin (CA 9) 429, F2d 264, cert edn 400 US 943, 27 L Ed 2nd 247, 91 S. Ct. 244
  • Globe Newspaper Co. contra Tribunal Superior del Condado de Norfolk, 457 US 596, 73 L ED 2nd 248, 102 S. Ct. 2613, 8 Media LR 1689
  • En el caso Parsons, 150 US 150, 37, 1, L Ed 1034, 14 Corte Suprema de los Estados Unidos, 50
  • International Harvester Co. contra Juez de Circuito de Eaton, 163 Mich 5, 127 NW 695
  • Jencks contra Estados Unidos, 355, US 657 (1957)
  • Klinge contra Lutheran Charites Ass'n, Tribunal de Apelaciones del Octavo Circuito de los Estados Unidos, 1975, 523 F. 2nd 56
  • Landeros contra Flood 17 Cal. 3rd 399, 131, Cal. Reporter, 69, 551 P.2nd 389
  • Matchett contra Tribunal Superior, 40 Cal. App. 3rd, 623, 115 Cal. Reporter 317 (1974)
  • Oxnard Publishing Co. contra Tribunal Superior del Condado de Ventura (Cal App) 68 Cal Reporter 83
  • Perales contra Richardson 91 A SCR 1420, 1971
  • Press-Enterprise Co. contra Tribunal Superior de California, 478 US 1, 92 L Ed 2nd 1, 106 S. Ct. 2735, 13 Media LR 1001
  • Re Iowa Freedom of Information Council (CA Iowa) 724 F 2nd 658, 10 Media LR 1120;
  • Rosenthal contra Dickerman, 98 Mich 208, 57, NW 112
  • Smith contra Tribunal Superior del Condado de San Joaquín, 189 Cal.App.2d 6; 1 Cal Reporter reimpreso en 88 ALR 2nd 650