
El sistema electoral estatal bávaro ( en alemán : Bayerisches Landtagswahlsystem) se utiliza para determinar los al menos 180 escaños que actualmente componen el Parlamento de Baviera (Landtag ). La Constitución bávara (artículo 14, párrafo 1) y la Ley Electoral Estatal de Baviera (LWG) establecen un sistema de representación proporcional mejorado . A diferencia de las elecciones federales , el primer y el segundo voto tienen la misma importancia para la distribución proporcional de los escaños entre los partidos.
Base jurídica
En comparación con otros estados federados y la ley electoral del Bundestag, la Constitución bávara estipula algunos detalles de forma muy específica. Por lo tanto, modificar el sistema electoral del estado de Baviera implica mayores obstáculos que, por ejemplo, la ley electoral del Bundestag, concretamente una mayoría constitucionalmente modificable en el parlamento estatal bávaro y un referéndum (véase el artículo 75 de la Constitución bávara).
Principios electorales
Tal como se establece en el artículo 28 de la Ley Fundamental (GG) para todos los estados alemanes, los principios de las elecciones democráticas también se aplican en Baviera . La Constitución bávara estipula: «Los representantes serán elegidos mediante elecciones generales, iguales, directas y secretas, de acuerdo con un sistema de representación proporcional mejorado, por todos los ciudadanos con derecho a voto en las circunscripciones y distritos electorales» (Artículo 14, párrafo 1 de la BV). El criterio de elecciones libres se entiende como una consecuencia necesaria de los otros cuatro principios.
Para obtener más información sobre los principios del derecho electoral, consulte el artículo Bundestagswahlrecht .
Derecho al voto
Derecho activo al voto
Todos los alemanes mayores de 18 años que residan en Baviera desde hace al menos tres meses tienen derecho a votar en las elecciones al parlamento estatal, referendos e iniciativas populares. Además, su derecho al voto no debe haber sido revocado, por ejemplo, por una sentencia judicial.
Derecho pasivo al voto
Todo votante elegible puede presentarse a las elecciones, salvo que un tribunal se lo prohíba. Según el artículo 23 de la Ley Electoral Estatal, las candidaturas solo pueden ser presentadas por partidos políticos y otras agrupaciones de votantes organizadas.
Sistema electoral

Desde 2003, al menos 180 escaños en siete circunscripciones han estado en juego en las elecciones estatales de Baviera.
El lenguaje utilizado en la ley electoral del estado de Baviera difiere del utilizado en la ley electoral federal y en las leyes electorales de otros estados federados:
- Cada uno de los siete distritos administrativos constituye una circunscripción electoral . A nivel de circunscripción, los escaños se asignan mediante representación proporcional. Por lo tanto, no existe un sistema de representación proporcional a nivel estatal.
- Una circunscripción electoral es la unidad dentro de la cual se elige directamente a un miembro del parlamento. Corresponde a lo que se denomina circunscripción electoral en la ley electoral federal.
Los 180 escaños se distribuyen entre las circunscripciones según su porcentaje de votantes elegibles (hasta mayo de 2022: porcentaje de la población alemana). Las circunscripciones se dividen en distritos electorales. En cada circunscripción se elige un candidato directamente, y los escaños restantes se cubren mediante listas electorales. Según el artículo 14 de la Constitución, el número de representantes elegidos en las circunscripciones no puede superar en más de uno el número de representantes elegidos mediante listas electorales. Por ejemplo, si a una circunscripción se le asignan 19 escaños, se pueden formar un máximo de 10 distritos electorales. En la práctica, siempre se utiliza el número máximo. Desde la reducción del parlamento estatal a 180 escaños, siempre ha habido entre 90 y 92 distritos electorales en todo el estado.
Listas de circunscripciones
La lista de candidatos por circunscripción debe ser elaborada por un miembro o asamblea representativa del partido o grupo electoral. Dicha lista debe incluir a todos los candidatos de circunscripción elegidos por los miembros o asambleas representativas de las respectivas circunscripciones. Cada lista debe contener al menos un candidato por circunscripción. Solo se puede nominar un candidato por circunscripción. La asamblea de nominación puede elegir candidatos adicionales a nivel de circunscripción. La lista puede contener un máximo de candidatos igual al número de escaños a cubrir en la circunscripción. La asamblea de nominación puede, pero no está obligada a, determinar el orden de los candidatos.
Primer voto

Con su primer voto , los votantes elegibles pueden elegir entre los candidatos de los partidos y grupos electorales que se presentan a las elecciones en su circunscripción. Si un partido no ha nominado a un candidato para una circunscripción, no podrá optar a las elecciones con su primer voto.
Segundo voto

Con su segundo voto , los electores eligen a un candidato de la lista de su circunscripción. Un voto por un candidato también equivale a un voto por su partido o grupo electoral. A diferencia de la legislación electoral federal, en esta circunscripción los electores emiten su segundo voto por un candidato específico, lo que les otorga mayor influencia. La papeleta electoral suele incluir a todos los candidatos de todas las listas de circunscripciones. Sin embargo, los candidatos de circunscripción no figuran en la papeleta de la circunscripción para la que se presentan. A diferencia de las elecciones federales, existen papeletas separadas para el primer y el segundo voto. Si el partido o grupo electoral no ha especificado un orden para los candidatos, estos se enumeran en orden alfabético. Por lo tanto, los candidatos que aparecen al principio de la lista tienen más probabilidades de ser elegidos y, en consecuencia, gozan de ventaja.
Cláusula de bloqueo
Hasta 1973, solo los partidos y grupos electorales que obtenían al menos el 10% de los votos en al menos una circunscripción recibían escaños. Por ejemplo, en las elecciones estatales bávaras de 1962 , el Partido de la República Democrática Popular (PDP) no obtuvo el 10% de los votos en ninguna circunscripción y, con el 5,1%, no consiguió ningún escaño en todo el estado (lo mismo ocurrió con el Partido Democrático Federal (FDP ) en 1966), mientras que el Partido de Baviera , con un 4,8% de los votos a nivel nacional, obtuvo ocho escaños, ya que alcanzó el 10,3% en la Baja Baviera. Desde 1973, el artículo 14 de la Constitución establece un umbral del cinco por ciento a nivel estatal. Dado que el sistema electoral bávaro no contiene una regulación comparable a la cláusula del mandato básico de la ley electoral federal, esto también significa que los candidatos ganadores en una circunscripción pueden no recibir un mandato.
Asignación de asientos
Distrito electoral
Resulta elegido el candidato que obtenga el mayor número de votos en primera vuelta en la circunscripción.
Si el partido o grupo de votantes del candidato con más votos no alcanza el umbral del cinco por ciento, dicho candidato no obtiene el escaño. En su lugar, se elige al candidato con el siguiente mayor número de votos.
Distrito
El número total de votos es decisivo para la asignación de escaños en las circunscripciones. El número total de votos de un partido o grupo de votantes se determina sumando sus votos de primera y segunda preferencia. A diferencia de las elecciones federales, los votos de primera preferencia también se tienen en cuenta para la asignación proporcional de escaños.
En la asignación de escaños, solo se consideran los partidos y grupos electorales que obtienen al menos el 5% del total de votos en Baviera. Los escaños de las circunscripciones se distribuyen entre estos partidos proporcionalmente según el método Sainte-Laguë . Hasta las elecciones estatales de 1990 inclusive , se utilizó el método D'Hondt , más favorable a los partidos grandes, pero el Tribunal Constitucional de Baviera lo modificó.En 1992 se declaró inconstitucional este método. Posteriormente, se utilizó el método Hare/Niemeyer . Tras la adopción del método Sainte-Laguë para las elecciones de distrito de 2018 y las elecciones locales de 2020 , la ley electoral del parlamento estatal también se modificó para adoptar dicho método en 2022.
Si el partido o grupo electoral ha obtenido menos escaños en la circunscripción de los que le corresponden, los escaños restantes se asignan a los candidatos de su lista con el mayor número de votos. Los candidatos ya electos en la circunscripción no se tienen en cuenta. Dado que se suman los votos de primera y segunda vuelta, los candidatos de la circunscripción tienen una ventaja significativa sobre los demás candidatos de la lista.
Exceso de competencia y mandatos compensatorios
Si un partido obtiene más escaños en una circunscripción de los que le corresponden según el procedimiento de asignación de escaños , conserva estos escaños adicionales. Para compensar, se aumenta el número de escaños en la circunscripción en cuestión hasta lograr una distribución proporcional entre todas las listas de la misma (véase también « mandato compensatorio ») . De este modo, la circunscripción en cuestión queda sobrerrepresentada en el parlamento estatal.
Si un partido tiene la lista más extensa en varias circunscripciones, tiene una ventaja sistemática al recibir el último escaño en cada una de estas circunscripciones. [ 1 ]
La normativa sobre escaños sobrantes se ha modificado varias veces. Originalmente, si un partido tenía escaños sobrantes, los demás partidos recibían menos, y el tamaño del parlamento estatal permanecía igual. En las elecciones estatales de 1950 , la CSU obtuvo dos escaños sobrantes en Suabia, mientras que el SPD y el Partido Bávaro obtuvieron un escaño menos cada uno. A nivel estatal, la CSU tenía un escaño más con un porcentaje de votos del 27,4% que el SPD con el 28%. Poco antes de las elecciones estatales de 1954 , se introdujo un cambio según el cual los escaños sobrantes dejaron de asignarse, y los candidatos de circunscripción en la lista de escaños sobrantes con el menor número de votos totales fueron eliminados como excedentes. Como resultado, la CSU perdió dos escaños directos en Baja Baviera en las elecciones de 1954. Una demanda interpuesta por el grupo parlamentario de la CSU contra el cambio ante el Tribunal Constitucional antes de las elecciones no prosperó. El siguiente cambio se produjo en 1966, cuando los mandatos adicionales permanecieron en manos del partido sin compensación. En 1973, se introdujeron los mandatos compensatorios, pero su número se limitó al de los mandatos adicionales. Esta limitación se eliminó en 1993.
cláusula de mayoría
Si un partido o grupo electoral obtiene más de la mitad de los votos estatales contabilizados para la asignación de escaños, pero no alcanza la mayoría absoluta en el parlamento estatal, se le asignarán tantos escaños adicionales como sean necesarios hasta lograrla. Estos escaños se otorgarán a los candidatos que aún no hayan sido elegidos y que hayan recibido el mayor número de votos a nivel nacional.
Financiación estatal para partidos y grupos de votantes.
La financiación de los partidos políticos se rige por la Ley Federal de Partidos . Todos los partidos que obtengan al menos el 1 % del total de votos a nivel nacional pueden optar a la financiación estatal. El importe de dicha financiación se calcula en función del promedio de los dos primeros votos. Los grupos de votantes que obtengan al menos el 1 % del total de votos reciben 1,28 € por cada voto.
Véase también
- Bayerischer Landtag
- Sistema político de Baviera
- Liste der Landtagswahlergebnisse en Bayern
- Liste der Wahl- und Stimmkreise en Bayern
- Sistema Wahl
Literatura
- Rainer A. Roth: Politische Landeskunde: Freistaat Bayern. 3. Auflaje. Bayerische Landeszentrale für Politische Bildungsarbeit, Múnich 2000.
- Frank Höfer: Die politische Ordnung in Bayern. 6. Auflaje. Bayerische Landeszentrale für Politische Bildungsarbeit, Múnich 2001.
- Enno Boettcher, Reinhard Högner, Cornelius Thum, Werner Kreuzholz: Landeswahlgesetz, Bezirkswahlgesetz und Landeswahlordnung Bayern: Kommentar. 18. Auflaje. Kohlhammer/Deutscher Gemeindeverlag, Stuttgart 2013, ISBN 978-3-555-01591-0.
- Cornelius Thum, Michael Greiner: Bayerisches Landeswahlrecht und Bezirkswahlrecht: Kommentare. Gemeinde- und Schulverlag Baviera, Múnich 2003, ISBN 3-89382-207-0.
Enlaces externos
- Ley de Elecciones Estatales (LWG)
- Erläuterung des Landtagswahlsystems auf der Internetseite des Bayerischen Landtags
- Bayerisches Wahlrecht en wahlrecht.de
- Die bayerische Landtagswahl – Erklärfilm des Bayerischen Rundfunks
- Verfassung des Freistaates Bayern
Referencias
- ↑ Christian Endt. «Bayern: Wahlrecht könnte CSU und Freien Wählern nutzen» (en alemán) . Consultado el 21 de julio de 2021 .
- Derecho al voto en Alemania
- Sistemas electorales
- Política de Baviera