Articulo de referencia

estrecho internacional

Un estrecho internacional es una vía marítima natural y angosta que conecta dos partes de alta mar o zonas económicas exclusivas , utilizada para la navegación internacional. Se...

Un estrecho internacional es una vía marítima natural y angosta que conecta dos partes de alta mar o zonas económicas exclusivas , utilizada para la navegación internacional. Según la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CNUDM), en dichos estrechos rige un régimen de paso en tránsito para buques y aeronaves, con pocas excepciones, incluso cuando las aguas territoriales de uno o varios países limítrofes se superponen. En todo el mundo, más de 200 estrechos podrían cumplir los criterios de un estrecho internacional. [ 1 ] Entre los estrechos internacionales más notables se encuentran el Bósforo y los Dardanelos , el Estrecho de Magallanes , el Estrecho de Gibraltar , el Estrecho de Dover , los Estrechos Daneses [ 2 ] y el Estrecho de Ormuz . [ 3 ]

Terminología

El término se define en los artículos 37 y 38 de la CNUDM III . [ 1 ] La convención no utiliza las palabras «estrecho internacional» para evitar confusiones con aguas internacionales , sino que describe los estrechos utilizados para la navegación internacional . [ 4 ]

Algunos expertos sugieren una definición más amplia del "estrecho internacional". En particular, se propone la siguiente lista: [ 4 ]

  1. estrechos utilizados para la navegación internacional con su régimen de paso en tránsito;
  2. estrechos geográficos donde permanece un corredor de alta mar. Las aguas territoriales que forman parte de dicho estrecho se rigen por el régimen de paso inocente ; [ 5 ]
  3. estrechos regidos por convenciones de larga data . La navegación a través de dichos estrechos se rige por las convenciones; [ 6 ]
  4. estrechos donde las alternativas de alta mar son de "conveniencia similar", generalmente debido a que el estado ribereño opta por mantener aguas territoriales de 3 millas, preservando así el régimen de alta mar en la línea central del estrecho. En este caso, solo es posible el paso inocente en las aguas territoriales; [ 6 ]
  5. Los estrechos formados por islas se rigen por un régimen de paso inocente no suspendible; [ 6 ]
  6. estrechos archipelágicos con régimen de paso de rutas marítimas archipelágicas ; [ 7 ]
  7. estrechos sin salida con régimen de paso inocente. [ 8 ]

Historia

El interés por los derechos de navegación a través de los estrechos se remonta a la Guerra del Peloponeso ( c. 422 a. C. ). A principios del siglo XVII, Grocio reconoció el derecho del propietario de la costa a apropiarse de las extensiones de agua visibles desde la costa, así como la obligación del propietario de permitir la navegación inocente (desarmada) a través de estas aguas. Grocio también sugirió el derecho del propietario a cobrar tasas por dicho paso. Esta última práctica, apoyada por Puffendorf y posteriormente por de Vattel , persistió hasta mediados del siglo XIX, cuando Dinamarca eliminó los gravámenes por el paso de los cinturones y sunds daneses [ 9 ] (véase la Convención de Copenhague de 1857, que abolió los derechos de navegación que se habían cobrado durante cuatrocientos años [ 10 ] ).

De Vattel fue el primero en destacar la diferencia entre los estrechos que «sirven como vía de comunicación entre dos mares [alta mar]» y aquellos que carecen de dicha función. El paso de buques por los primeros no puede prohibirse siempre que no afecte negativamente la seguridad del Estado ribereño. Si bien Vattel basó sus ideas en el concepto romano de derecho de paso , muchos otros pensadores del siglo XVIII apoyaron el derecho de un Estado ribereño a excluir a los buques extranjeros de sus aguas territoriales. [ 11 ]

Con la llegada de los barcos de vapor en el siglo XIX, la capacidad de navegar por la ruta más corta se convirtió en un factor económico significativo, [ 12 ] impulsando el desarrollo de regímenes especiales para el tránsito, similares a los de alta mar. Al mismo tiempo, se estableció una distinción entre la navegación en tiempos de guerra y en tiempos de paz. [ 11 ]

El Instituto de Derecho Internacional (IDI) realizó un importante esfuerzo para codificar el régimen jurídico de los estrechos entre 1894 y 1912. En 1894, en particular, se proclamó el principio de paso inocente en aquellos estrechos donde no existen vías marítimas de alta mar debido a la superposición de aguas territoriales. La Asociación de Derecho Internacional (ILA) también realizó algunos trabajos entre 1893 y 1910, y la Unión Interparlamentaria entre 1910 y 1915. Al igual que las declaraciones del IDI, estos esfuerzos se vieron interrumpidos por la Primera Guerra Mundial , no se alcanzaron acuerdos internacionales y el debate en la Segunda Conferencia de Paz (1907) solo dejó claro que los estrechos internacionales requieren su propio régimen. [ 13 ] Tampoco se llegó a un acuerdo en la Conferencia de La Haya de 1930 sobre la Codificación . En general, según la declaración de 1992 de la Oficina de Asuntos Oceánicos y del Derecho del Mar , "el tratamiento de la cuestión de los estrechos [...] entre 1894 y 1930 fue insatisfactorio". [ 14 ]

El libro "ahora clásico" sobre estrechos internacionales de Erik Brüel , Estrechos internacionales. Un tratado de derecho internacional , se publicó en 1947. [ 15 ]

El caso del Canal de Corfú en la Corte Internacional de Justicia (CIJ) en 1949 estableció las reglas para el paso inocente a través de un estrecho: [ 16 ]

  • El estrecho internacional se define geográficamente por ser una conexión entre dos zonas de alta mar, pero no tiene por qué ser una ruta muy utilizada por el transporte marítimo internacional;
  • Los buques de guerra tienen derecho de paso inocente por dicho estrecho, derecho que no puede ser denegado ni sujeto a condiciones en tiempos de paz.

Sin embargo, el incidente considerado en el caso había demostrado los límites del paso inocente: las reglas de este régimen hacen que los buques de guerra que participan en la operación de libertad de navegación sean vulnerables en caso de encuentro con la armada de un estado ribereño. [ 16 ]

La Convención sobre el Mar Territorial y la Zona Contigua , adoptada en 1958 por la CNUDM I , codificó la labor de la Comisión de Derecho Internacional desde 1949. [ 17 ] En lo que respecta a los estrechos, la convención introdujo el derecho de paso inocente no suspendible para aquellos estrechos internacionales que conectan alta mar con el mar territorial de un Estado extranjero. En los demás casos, los estrechos internacionales se regían por las mismas disposiciones de paso inocente que las demás aguas territoriales. [ 18 ]

La UNCLOS III (1982) introdujo cambios importantes en el paso por los estrechos, impulsados ​​tanto por factores objetivos (un aumento drástico del tráfico marítimo y aéreo, la preocupación por la contaminación y los accidentes en los estrechos, y el deseo general de los Estados ribereños de ampliar su mar territorial a 12 millas náuticas) como por el interés común de Estados Unidos y la Unión Soviética en abrir el paso marítimo y aéreo a través de los estrechos internacionales. [ 19 ] Si bien durante la planificación de la conferencia se declaró que se centraría en la explotación de los lechos marinos , en la práctica estuvo impulsada en gran medida por el deseo de «Estados Unidos y la Unión Soviética [...] de proteger sus intereses estratégicos en el tránsito por los océanos, en particular los estrechos internacionales». [ 20 ] Como resultado de un compromiso político, la UNCLOS III adoptó su «logro culminante», [ 21 ] un nuevo régimen de paso en tránsito sin precedentes legales. Este régimen proporcionó a los Estados ribereños mucha menos capacidad de aplicación en los estrechos. [ 22 ]

Referencias

Fuentes

  • Alexander, Lewis M. (1991). "Estrechos internacionales" . En Robertson, Horace B. Jr. (ed.). El derecho de las operaciones navales . Estudios de derecho internacional. Vol.  64. pp. 91–108 . 
  • Brovka, Yu. P. (2009). "Международный пролив" [ Estrecho internacional ] (PDF) . Белорусская юридическая энциклопедия [ Enciclopedia jurídica bielorrusa ] (en ruso). Minsk: ГИУСТ БГУ. pag.  223.{{cite book}}: CS1 mantenimiento: ubicación del editor ( enlace )
  • SJ Advocate (2021). "Estrechos internacionales" . Estudios de Derecho Internacional . 97. Centro Stockton de Derecho Internacional : 39–44 . ISSN 2375-2831 . 
  • López Martín, Ana G. (2010). Estrechos internacionales: concepto, clasificación y reglas de paso . Springer Berlin Heidelberg. ISBN 978-3-642-12906-3. Consultado el 29 de agosto de 2024 .
  • Law, Jonathan, ed. (17 de marzo de 2022). «Estrecho internacional» . Diccionario de Derecho (10.ª  ed.). Oxford, Reino Unido: Oxford Quick Reference. ISBN 978-0-19-289749-7.
  • Priestnall, Graham (1997). "Los regímenes de paso de rutas marítimas archipelágicas y paso de estrechos: similitudes y diferencias". Estudios marítimos . 1997 (96): 1– 12. doi : 10.1080/07266472.1997.10878494 . ISSN 0726-6472 . 
  • Oral, Nilufer (2019). «Navegando por los océanos: viejos y nuevos desafíos para el derecho del mar en los estrechos utilizados para la navegación internacional» . Ecology Law Quarterly . 46 (1). Universidad de California, Berkeley : 163–190 . ISSN 0046-1121 . JSTOR 26853549. Recuperado el 31 de agosto de 2024 .  
  • Bugajski, Dariusz R. (2021). Derechos y libertades de navegación en el derecho y la práctica internacionales . Academia Marynarki Wojennej. pag.  89.ISBN 978-83-961549-1-0OCLC 1267382284