Articulo de referencia

Migración infantil

La migración infantil o "niños en migración o movilidad" (a veces de forma más general "niños en movimiento" [ 1 ] ) es el desplazamiento de personas de entre 3 y 18 años dentro...

La migración infantil o "niños en migración o movilidad" (a veces de forma más general "niños en movimiento" [ 1 ] ) es el desplazamiento de personas de entre 3 y 18 años dentro o a través de fronteras políticas, con o sin sus padres o un tutor legal , a otro país o región. Pueden viajar con o sin documentos de viaje legales . Pueden llegar al país de destino como refugiados , solicitantes de asilo o migrantes económicos .

Razones para la migración

Las motivaciones de los niños para migrar son tan diversas como las personas que migran. Incluyen razones económicas, aspiraciones educativas, razones relacionadas con el género o la cultura, motivaciones personales, así como emergencias, desastres naturales, persecución y crisis humanitarias. Algunos niños se van en busca de mejores oportunidades, mientras que otros huyen de la violencia, la explotación, el abuso o los conflictos. A menudo, coinciden múltiples razones. Cuando los padres migran o se separan, los niños pueden trasladarse a otro lugar o país con uno o ambos padres, o pueden ser abandonados por sus padres y verse afectados indirectamente por la migración. [ 1 ]

Derechos de los niños en materia de migración y movilidad.

El derecho a ser escuchado

El derecho a ser escuchado es un principio de los derechos del niño, tal como lo define la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño . Según el artículo 12 de la Convención, los niños tienen derecho a expresar sus opiniones en todos los asuntos que les afectan, y sus opiniones deben ser debidamente consideradas de acuerdo con su edad y madurez. Este derecho se aplica igualmente a la participación de los niños en asuntos sociales y políticos, así como en procedimientos judiciales y administrativos. Como principio general, el derecho del niño a ser escuchado refleja el concepto de "agencia" del niño, considerándolo no solo como personas vulnerables que necesitan protección especial, sino también como personas que toman decisiones informadas, titulares de derechos y miembros activos de la sociedad. [ 2 ] [ 3 ]

Muchos niños se muestran reacios a compartir información con las autoridades del país de destino por temor a que revelarla no les beneficie y a que contar su historia pueda conllevar su regreso a su país de origen. Es posible que terceros les hayan instruido para que revelen solo ciertas partes de su historia, que existan amenazas y temores de represalias, y que no confíen en que la policía y las autoridades locales puedan protegerlos. Un sistema de acogida que demuestre respeto y defienda la dignidad del niño puede fomentar la confianza del niño hacia los funcionarios y profesionales con quienes se reúne. Los intérpretes pueden influir en el proceso de recopilación de información en los procedimientos de asilo e investigaciones penales, ya que afectan la forma en que se entiende y percibe la historia del niño. Una traducción inexacta puede comprometer la declaración del niño, lo que lleva a decisiones basadas en información incorrecta. Esto se relaciona no solo con el contenido traducido, sino también con el estilo y las elecciones semánticas del niño y la forma en que los intérpretes transmiten el mensaje. [ 4 ]

Evaluación y determinación del interés superior

El interés superior del niño se define en el artículo 3 de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño , que establece que “en todas las medidas relativas a los niños, ya sean adoptadas por instituciones públicas o privadas de bienestar social, tribunales, autoridades administrativas u órganos legislativos, el interés superior del niño será una consideración primordial”. Evaluar el interés superior del niño significa valorar y ponderar “todos los elementos necesarios para tomar una decisión en una situación específica para un niño o grupo de niños en particular”. [ 5 ] El derecho del niño a que su interés superior sea una consideración primordial implica que los intereses del niño tienen alta prioridad y no son solo una de varias consideraciones. La evaluación es específica para el niño como individuo, por lo que es importante establecer una relación de confianza con él y comunicarse eficazmente en un idioma que comprenda. Idealmente, las evaluaciones involucran un equipo multidisciplinario de profesionales cualificados. [ 6 ] [ 7 ]

Las evaluaciones de riesgo y resiliencia son un componente central del proceso de determinación del interés superior del niño porque consideran el contexto de los países de destino y origen, así como la forma en que los riesgos y la resiliencia del niño cambiarán en función de cualquier decisión que se tome. [ 8 ] [ 9 ]

En los casos transnacionales, un proceso integral de evaluación y determinación del interés superior considera lo siguiente:

  • Establecer la identidad del niño y la identidad de cualquier persona que lo acompañe y la calidad de sus relaciones.
  • Evaluación del caso, que incluye los siguientes componentes:
    • Escuchar al niño
    • Evaluación de la situación, los antecedentes y las necesidades del niño.
    • Situación social y evaluación familiar
    • Recopilación de pruebas, incluyendo exámenes forenses y entrevistas con el niño.
    • Evaluaciones de riesgos y seguridad
    • Identificación de fuentes de apoyo, habilidades, potencialidades y recursos para el empoderamiento.
  • Desarrollar un proyecto de vida
  • Evaluación integral del impacto en el niño de cualquier decisión potencial
  • Identificación de una solución duradera
  • Evaluaciones continuas durante la implementación de la solución duradera con el debido seguimiento, revisión y monitoreo, y ajustes a las disposiciones de la solución duradera, si y cuando sea necesario, de acuerdo con el interés superior del niño.

En Ghana, existe un tema centrado en la comparación educativa entre estudiantes migrantes y no migrantes. Se ha demostrado que los estudiantes no migrantes recibieron más atención y, por lo tanto, obtuvieron mejores calificaciones que los estudiantes migrantes. Es necesario prestarles a los migrantes la misma atención que a todos los demás estudiantes. [ 10 ]

Derecho a la no discriminación: estatus, acceso y jurisdicción

La Convención sobre los Derechos del Niño ofrece una amplia protección contra la discriminación y garantiza los derechos esenciales, iguales e inalienables que corresponden a todos los seres humanos. Estipula que los Estados Partes respetarán y garantizarán los derechos enunciados en la Convención a cada niño bajo su jurisdicción, sin discriminación de ningún tipo, independientemente de la raza, el color, el sexo, el idioma, la religión, la opinión política o de otra índole, el origen nacional, étnico o social, la posición económica, la discapacidad, el nacimiento o cualquier otra condición del niño, sus padres o su tutor legal. [ 11 ]

Los derechos que otorga la Convención se aplican a los niños no nacionales, independientemente de su estatus migratorio o el de sus padres. Esto incluye a los niños que están de visita, a los refugiados, a los hijos de trabajadores migrantes y a los niños indocumentados. El derecho a la no discriminación garantiza a cada niño asistencia y apoyo inmediatos mientras se evalúa su situación y su interés superior. La no discriminación no implica que se le otorgue automáticamente un permiso de residencia, sino que se toma una decisión, con base en la determinación del interés superior del niño, sobre si este debe ser devuelto o si el país de destino asume la jurisdicción sobre él. [ 12 ] [ 13 ]

Al evaluar el caso y la situación del menor, las autoridades estatales tienen la responsabilidad de aclarar qué Estado tiene jurisdicción sobre él y, si es necesario y apropiado, transferir o establecer la jurisdicción en el país de destino. Cuando la jurisdicción sobre un menor no nacional no está clara, el menor corre el riesgo de permanecer en un estado de incertidumbre y podría beneficiarse únicamente de servicios y medidas de protección temporales, hasta que su estatus se regularice por completo o regrese al país que tiene jurisdicción. Los factores comunes que afectan la jurisdicción incluyen:

  • Podría haber un caso pendiente en los tribunales en el que esté involucrado el niño,
  • Es posible que los servicios sociales de otro país hayan estado supervisando al niño o niña y a su familia;
  • La situación del menor podría haber estado siendo objeto de investigaciones policiales en otro país, incluso en aquellos donde se sospecha de trata de menores;
  • Es posible que el niño haya presentado una solicitud de asilo en otro país;
  • El niño puede ser registrado como "menor desaparecido" en el extranjero. [ 14 ]

Desarrollo

El derecho del niño a la vida, la supervivencia y el desarrollo está garantizado por el artículo 6 de la Convención sobre los Derechos del Niño. Estos derechos son reconocidos por

Los Estados y están relacionados con la supervivencia, la seguridad y la salud como condición previa para el desarrollo físico, así como el desarrollo mental, espiritual, moral, intelectual, cognitivo, emocional y sociocultural del niño. Esto se hace con el fin de garantizar la máxima supervivencia, crecimiento y potencial del niño. [ 15 ] [ 16 ] [ 17 ]

La calidad de la atención tiene un efecto directo en el desarrollo del niño. Promover los derechos y necesidades de desarrollo del niño implica permitirle crecer en su familia de origen o en un entorno de cuidado alternativo basado en la familia o similar, siempre que esto redunde en el interés superior del niño. Los arreglos de cuidado y el acceso a servicios de calidad en materia de salud y educación son importantes al evaluar las necesidades de desarrollo del niño. [ 16 ] [ 17 ]

Los siguientes factores son relevantes al evaluar las necesidades de desarrollo de un niño (con referencia a los artículos pertinentes de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño):

  • El derecho a preservar su identidad, incluyendo la nacionalidad, el nombre y las relaciones familiares (Artículo 8);
  • La continuidad en el cuidado y la crianza del niño, teniendo debidamente en cuenta su origen étnico, religioso, cultural y lingüístico (Artículo 20);
  • El derecho del niño a disfrutar del más alto nivel posible de salud (Artículo 24);
  • El derecho de todo niño a un nivel de vida adecuado a su desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social (Artículo 27);
  • Acceso a la educación (artículos 28 y 29);
  • El derecho del niño al descanso y al ocio, a participar en juegos y actividades recreativas adecuadas a su edad (Artículo 31).

Acceso a la justicia

Los niños y la justicia en casos transnacionales

Los menores migrantes a veces se ven afectados por la ley o entran en conflicto con ella, incluso en disputas familiares transfronterizas y cuestiones de patria potestad y régimen de visitas, como solicitantes de asilo o víctimas de delitos y, en algunos casos, como menores en conflicto con la ley por cuestiones de inmigración o por actividades ilegales y delictivas. Algunos menores en conflicto con la ley son, de hecho, víctimas de delitos. El derecho internacional y europeo establece normas claras que regulan el trato, los derechos y las prestaciones de los menores en contacto con el sistema judicial, ya sean víctimas, acusados ​​o autores de delitos.

Niños víctimas de delitos

La Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño prohíbe la explotación infantil en cualquier forma y contexto (artículos 19, 32-36). Todo niño o niña expuesto a la violencia, la explotación o el abuso puede ser considerado víctima de un delito y goza de los derechos y prerrogativas correspondientes, incluyendo el acceso a asistencia, protección y apoyo, servicios de recuperación y rehabilitación, y acceso a la justicia, con las debidas garantías procesales en cualquier procedimiento legal o administrativo relacionado. Los niños y niñas en riesgo de explotación deben ser identificados como tales y remitidos a servicios de asistencia y apoyo para prevenir su explotación o cualquier otro daño.

Niños explotados en actividades ilegales y delictivas.

Una importante salvaguarda para los niños víctimas de delitos es la cláusula de no castigo. Esto significa que los niños víctimas de delitos, incluida la trata de personas, deben estar protegidos de sanciones o enjuiciamiento por actos que hayan cometido en relación con su condición de víctimas. La cláusula de no castigo protege a los niños explotados en actividades ilegales o delictivas y a los niños víctimas de explotación y/o trata que fueron obligados a entrar en un país sin documentos de viaje válidos. [ 18 ]

Las Directrices de las Naciones Unidas sobre la Justicia en Asuntos que Involucran a Niños Víctimas y Testigos de Delitos enfatizan que “los niños que son víctimas y testigos pueden sufrir dificultades adicionales si se les considera erróneamente como delincuentes cuando en realidad son víctimas y testigos”. Las Directrices establecen que los niños víctimas deben estar protegidos de ser procesados ​​independientemente de cualquier forma de “consentimiento” o de su participación activa en un delito, e independientemente de la edad del niño en relación con las leyes nacionales que definen la edad de responsabilidad penal. Un niño víctima debe ser considerado y tratado como tal “… independientemente de su papel en el delito o en el procesamiento del presunto delincuente o grupos de delincuentes”. [ 19 ]

Los Principios y Directrices recomendados por la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (ACNUDH) sobre derechos humanos y trata de personas, así como las Directrices de UNICEF sobre la protección de los niños víctimas de trata, reiteran el derecho a la no criminalización, específicamente en relación con la situación de las víctimas de trata, quienes deben ser protegidas de la responsabilidad penal por “cualquier delito que sea consecuencia directa de haber sido víctimas de trata”. Esta disposición se ve reforzada por la cláusula de no sanción de la Directiva de la UE contra la trata de personas de 2011 y el Convenio del Consejo de Europa sobre la lucha contra la trata de seres humanos, y por lo tanto, es vinculante para los Estados Partes: “Cada Parte, de conformidad con los principios básicos de su ordenamiento jurídico, prevé la posibilidad de no imponer sanciones a las víctimas por su participación en actividades ilícitas, en la medida en que se hayan visto obligadas a ello” (Artículo 26). [ 20 ] [ 21 ]

Cuando un niño no nacional está en conflicto con la ley y no hay indicios de que haya sido explotado en actividades ilegales o haya sido víctima de otro tipo, se aplican los mismos estándares de justicia juvenil a los niños nacionales. [ 22 ] [ 23 ] [ 24 ]

Derecho a asistencia consular

Los niños que se encuentran fuera de su país de residencia tienen derecho a recibir asistencia de las embajadas y oficinas consulares que representan a su país. El personal consular puede desempeñar un papel importante en el apoyo y la asistencia a los niños en el extranjero, estableciendo contactos de apoyo y derivación, y movilizando ayuda. El personal consular puede contactar a las autoridades centrales o a los puntos de contacto nacionales para obtener asesoramiento técnico en casos que involucren a niños. De conformidad con la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963 de las Naciones Unidas, las funciones consulares incluyen la asistencia a los nacionales del Estado que envía al niño. Esto podría implicar medidas para salvaguardar los intereses de los niños que son nacionales del Estado que envía al niño, dentro de los límites impuestos por las leyes y reglamentos del Estado receptor, en particular cuando es necesario nombrar un tutor. [ 25 ] Las autoridades del país de destino deben informar sin demora a la oficina consular competente cuando se considere el nombramiento de un tutor para un niño. Las leyes y reglamentos del Estado receptor relativos al nombramiento de un tutor se aplican y no se ven afectados por el intercambio de información con las oficinas consulares pertinentes. [ 26 ]

Migración y movilidad dentro de la Unión Europea

Todas las personas, incluidos padres, familias con hijos y menores no acompañados , gozan de libertad de circulación dentro del espacio europeo . En el espacio europeo de libre circulación, los ciudadanos de los Estados miembros de la UE y de los Estados de la AELC (Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza) tienen derecho a entrar y residir en otros Estados miembros de la UE durante un período de hasta tres meses sin necesidad de registrarse, y se les concede un permiso de residencia cuando pueden demostrar que poseen ingresos. Los derechos de los menores migrantes no acompañados en el espacio europeo de libre circulación no están definidos explícitamente y las responsabilidades institucionales relacionadas siguen sin estar claras. La forma en que los gobiernos nacionales interpretan y regulan las normas de libre circulación para menores no acompañados menores de 18 años difiere entre los países. [ 27 ]

Asilo

La Convención de las Naciones Unidas sobre el Estatuto de los Refugiados y su Protocolo regulan el derecho de las personas a solicitar protección internacional. Los niños gozan de garantías especiales y tienen derecho a que su solicitud de asilo se examine individualmente. Deben considerarse los motivos de persecución específicos de cada niño, independientemente de si la solicitud se presenta solo o acompañado de un progenitor o tutor. Los Estados miembros de la Unión Europea han revisado estas normas para el contexto de la UE y han adoptado una serie de Directivas que regulan los requisitos y las condiciones de acogida de los solicitantes de asilo en la UE, así como los procedimientos de asilo y las cuestiones relativas al retorno.

Vulnerabilidad

A los niños migrantes se les suele denominar «vulnerables», aunque el significado del término no se ha definido ni aclarado en el contexto de la protección infantil. La vulnerabilidad se entiende a menudo como un déficit y se equipara con debilidad y necesidad de protección. Desde una perspectiva basada en los derechos del niño, la vulnerabilidad se refiere a las limitadas posibilidades de que un niño ejerza plenamente sus derechos, tal como se establece en la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño. [ 28 ] [ 29 ] Las definiciones de vulnerabilidad existentes que se utilizan en el contexto de la reducción de la pobreza, la salud y la nutrición pueden ser útiles en el contexto de la protección infantil. Esta vulnerabilidad se agrava por la escasa protección jurídica. Los jóvenes migrantes son incluso más vulnerables que los migrantes adultos y se enfrentan al desarraigo, la degradación, la falta de recursos económicos y materiales, la falta de acceso a servicios básicos y un mayor riesgo de abuso, violencia y explotación.

Migración segura

Algunos niños migran bien protegidos y cuidados, y otros logran alcanzar los objetivos que motivaron sus viajes. Cuando la migración es segura y exitosa, los niños tienen oportunidades para mejorar su bienestar, acceder a servicios de mayor calidad y beneficiarse de una mejor educación. Las oportunidades de migración segura pueden apoyar significativamente a los niños en su transición a la adultez y a una vida independiente. Tendrán mejores oportunidades de vida, incluyendo su transición a la adultez y al mercado laboral, con mejores condiciones de trabajo, salarios más altos y un mayor potencial para contribuir de manera proactiva a sus comunidades y sociedades, tanto en los países de origen como de destino. Los niños y jóvenes adultos pueden apoyar a sus familias mediante remesas y contribuir al desarrollo de sus comunidades de origen. [ 30 ] [ 31 ] [ 32 ] [ 33 ]

Riesgos para los niños en la migración

Para los niños que migran para escapar de situaciones de vida difíciles, violencia o conflictos, la migración puede constituir una oportunidad para reducir riesgos. Otros enfrentan riesgos más graves durante la migración o en el lugar de destino. Algunos grupos de niños son vulnerables a la explotación y el abuso, incluida la trata, debido a la debilidad de las redes de protección social. Los riesgos a los que está expuesto un niño suelen estar estrechamente interrelacionados y se consideran acumulativos. Un niño que ya vive en una situación vulnerable, como la pobreza, el abuso o el abandono escolar, se considera aún más vulnerable cuando surgen riesgos adicionales, como relaciones de explotación o migraciones de riesgo. [ 28 ] [ 29 ]

Muchos niños migrantes están expuestos a sufrir daños durante el viaje y en su destino. Se enfrentan a la violencia, la explotación y el abuso por parte de personas con las que se encuentran en tránsito y en su destino, incluidos empleadores, transportistas, contrabandistas y traficantes. Pueden experimentar altos niveles de indiferencia o abuso por parte de funcionarios estatales, como policías, guardias fronterizos, funcionarios de inmigración y personal de centros de acogida o detención. Algunos migrantes mueren durante el viaje por deshidratación, desnutrición, asfixia o accidentes de transporte, o se ahogan en el mar. [ 34 ]

Las condiciones migratorias inseguras, por su naturaleza, generan riesgos para los niños. Además de sufrir actos de violencia, los niños corren el riesgo de entrar en conflicto con la ley si viajan sin la documentación necesaria, si participan en actividades ilegales o delictivas para subsistir, o si son persuadidos u obligados por otros a hacerlo. En situaciones de movilidad habitual o migración circular, estas condiciones pueden influir significativamente en el bienestar, la seguridad y el desarrollo del niño. [ 28 ] [ 29 ]

Explotación

Los niños migrantes corren el riesgo de sufrir diversas formas de explotación. Estas incluyen la explotación sexual en la prostitución y la pornografía , la presencia de delincuentes sexuales itinerantes a través de cámaras web, imágenes de abuso infantil y contenido ilegal en internet. La explotación se produce en el trabajo infantil y doméstico, como niñeras, en fábricas, construcción, pavimentación, restaurantes e industrias de limpieza, agricultura y recolección de frutos del bosque, y en la mendicidad. También existen casos transnacionales de matrimonio infantil precoz y forzado . La explotación infantil puede ser organizada por familias, pequeños grupos o grandes redes criminales. Los niños también son explotados en actividades ilegales y delictivas, como la producción y el tráfico de drogas, el hurto o el robo. [ 35 ] [ 36 ] Las víctimas infantiles de la trata también son cada vez más utilizadas por los traficantes para fines como la mendicidad, el fraude de prestaciones sociales, el fraude de identidad, el fraude crediticio y el fraude de seguros. [ 37 ]

Tráfico de personas

La trata de niños se define en el Protocolo de las Naciones Unidas contra la Trata de Personas de 2000 como el reclutamiento, transporte, traslado, acogida o recepción de un niño con fines de explotación. Si bien esta definición se aplica únicamente a casos transnacionales o que involucran a grupos delictivos organizados, actualmente se reconoce que la trata de niños también ocurre fuera de estos parámetros. [ 38 ] La Organización Internacional del Trabajo amplía la definición para incluir el desplazamiento y la explotación como aspectos clave de la trata de niños. [ 38 ]

Las víctimas de la trata transnacional pueden cruzar fronteras con o sin documentos de viaje legales y con o sin la ayuda de traficantes. A menudo, las personas son reclutadas para la trata solo después de haber cruzado una frontera internacional. En muchos casos, la trata se produce dentro de los países y no implica el cruce de fronteras. El Protocolo de las Naciones Unidas contra la Trata de Personas de 2000 considera irrelevantes los medios de trata y el consentimiento del niño a cualquiera de los actos de trata para la identificación de una víctima. Las formas de explotación que podrían constituir trata incluyen, “como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, el trabajo o los servicios forzosos, la esclavitud o prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos”. [ 39 ]

La trata de menores puede ser perseguida judicialmente cuando se puede demostrar la intención de explotar al niño, incluso antes de que la explotación se haya producido. Las distintas interpretaciones dificultan, en ocasiones, la distinción entre la trata de menores y otros tipos de explotación.

Definiciones de trata de niños en Europa

El Convenio del Consejo de Europa sobre la lucha contra la trata de seres humanos (2005) adoptó la definición internacional, idéntica en su redacción, subrayando, sin embargo, que las víctimas deben ser protegidas también en los casos en que la trata se produzca dentro de los países y sin la participación de grandes grupos delictivos organizados. [ 40 ]

La Directiva de la UE contra la trata de personas (2011) amplió la noción de explotación en el concepto de trata. Incluye explícitamente la explotación en actividades delictivas como parte de la definición de trata de personas. El artículo 2.3 aclara que la «explotación en actividades delictivas» debe entenderse como la explotación de una persona para cometer, entre otros delitos, hurto, robo en tiendas, tráfico de drogas y otras actividades similares que estén sujetas a sanciones y generen beneficios económicos. La Directiva establece que «la explotación de la mendicidad, incluido el uso de una persona dependiente víctima de trata para mendigar, entra dentro del ámbito de la definición de trata de seres humanos solo cuando se dan todos los elementos del trabajo o los servicios forzosos». [ 41 ]

Contrabando

El Protocolo de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Migrantes por Tierra, Mar y Aire define el tráfico ilícito de personas como la “obtención, con el fin de obtener, directa o indirectamente, un beneficio económico o material, de la entrada ilegal de una persona en un Estado Parte del cual no sea nacional ni residente permanente”. Un traficante facilita el cruce de la frontera de otras personas sin la documentación de viaje requerida y a cambio de un beneficio económico o de otra índole. Una vez que el traficante ha facilitado el cruce de la frontera o asegurado la llegada del migrante al destino acordado, el contacto entre el traficante y los migrantes traficados generalmente cesa. El tráfico ilícito de personas a través de las fronteras internacionales puede formar parte del acto de trata cuando se realiza con el propósito de explotar a las personas en el país de destino. [ 42 ] [ 43 ] Aunque el contrabando se considera un delito contra el Estado, las personas que utilizan los servicios de los contrabandistas pueden ser víctimas de actos de violencia durante el contrabando o pueden morir debido a condiciones de transporte inseguras.

Venta de niños

La venta de niños se refiere a cualquier acto o transacción mediante la cual una persona o grupo de personas transfiere a un niño a otra a cambio de una remuneración o cualquier otra contraprestación. Si bien la trata de personas puede implicar la compraventa de personas, la venta de niños puede dar lugar a la explotación, aunque no necesariamente. Por ejemplo, a veces se venden niños en adopciones ilegales. También se venden niños para la explotación sexual o laboral. En estos casos, puede haber una superposición entre la trata y la venta como dos actos delictivos dentro de un mismo caso. [ 44 ]

Migración y desarrollo sostenible

El vínculo entre migración y desarrollo ha sido ampliamente reconocido. La migración es directamente relevante para la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible . Según las tendencias demográficas actuales, las poblaciones de los países más ricos seguirán envejeciendo de forma desproporcionada, mientras que las generaciones más jóvenes estarán sobrerrepresentadas en los países de bajos ingresos, lo que generará presión sobre el mercado laboral, la seguridad social, la educación y la nutrición. [ 45 ]

La migración puede mitigar estos desequilibrios demográficos en ambos extremos. Tiene el potencial de aumentar la fuerza laboral y fortalecer a las generaciones más jóvenes en número donde sea necesario. Esto significaría mayores contribuciones a los sistemas de bienestar social en los países de destino de mayores ingresos y una menor presión sobre los sistemas de bienestar social en los países de origen con altas tasas de pobreza y desempleo. Las políticas de migración y movilidad deberían idealmente facilitar un intercambio mutuo de conocimientos, capacidades y recursos humanos, evitando al mismo tiempo los movimientos unidireccionales y la fuga de cerebros. Desde este punto de vista, la migración ofrece beneficios potenciales para la reducción de la pobreza y para fomentar un desarrollo global más equitativo y sostenible. [ 46 ] [ 47 ] Los vínculos entre migración y desarrollo tienen implicaciones para las políticas y prácticas en estas áreas y es necesario coordinar las medidas pertinentes en los países de destino y origen.

Desde una perspectiva basada en los derechos humanos y orientada al desarrollo, los países de origen y destino comparten la responsabilidad de gestionar la migración. Maximizar los beneficios y minimizar los riesgos derivados de la migración podría incluir el desarrollo del capital humano de los migrantes y la inversión en la cooperación para la gestión migratoria entre los países de origen y destino en los ámbitos social, económico y político. [ 47 ]

Historia de la migración infantil por país

Australia

Durante finales del siglo XIX y principios del XX, muchos niños aborígenes australianos fueron separados de sus familias y colocados en instituciones y hogares de acogida, en lo que se conoció como las Generaciones Robadas . [ 48 ]

Solo desde Gran Bretaña, 130.000 niños emigraron a Australia mediante programas de migración infantil asistida , además de un pequeño número procedente de Malta. Estos niños fueron adoptados o criados en hogares infantiles, instituciones, orfanatos o en hogares de acogida. Una gran parte de ellos fueron explotados laboralmente por las iglesias en Australia. Muchos sufrieron abandono y maltrato durante su estancia en instituciones.

En noviembre de 2009, el primer ministro australiano , Kevin Rudd, se disculpó formalmente con los " australianos olvidados " y los niños migrantes en nombre de la nación. [ 49 ] [ 50 ] "Australianos olvidados" es un término que el Senado australiano ha utilizado para describir a los niños que fueron criados en orfanatos, hogares infantiles, instituciones o en hogares de acogida en Australia. Los niños migrantes son un grupo específico de "australianos olvidados". [ 51 ]

Bulgaria

La migración infantil fue un fenómeno asociado con la migración de horticultores búlgaros a Austria-Hungría en la segunda mitad del siglo XIX y principios del XX, debido al uso de mano de obra infantil (principalmente niños) en la horticultura. La mano de obra infantil reportaba a los maestros horticultores las mayores ganancias, ya que los niños no recibían salario, sino que trabajaban como aprendices solo para su sustento. Los niños más pequeños ayudaban en los huertos y aprendían habilidades de jardinería, mientras que aquellos que ya eran físicamente fuertes realizaban actividades de jardinería especializadas. Se pueden distinguir diferentes patrones de migración infantil según las autobiografías y las historias de vida personales de los horticultores: niños que emigraron con sus padres horticultores como familia o aquellos de horticultores que nacieron en el extranjero; niños que emigraron con uno de los padres (generalmente el padre horticultor) o con parientes del padre horticultor para “aprender el oficio”; niños que emigraron con sus padres horticultores como familia, luego los padres regresaron a su tierra natal con los hijos menores, mientras que el hijo mayor se quedó en el extranjero para trabajar “en un huerto” y ganarse la vida por sí mismo, manteniendo así económicamente a su familia. [ 52 ]

Canadá

El sistema de internados indígenas canadienses , fundado en el siglo XIX, tenía como objetivo forzar la asimilación de los pueblos aborígenes de Canadá a la sociedad eurocanadiense. [ 53 ] El último internado cerró en 1996. [ 54 ] El 11 de junio de 2008, el primer ministro Stephen Harper se disculpó, en nombre del Gabinete en funciones , ante una audiencia de delegados aborígenes y en un discurso transmitido a nivel nacional por la CBC , por las políticas de asimilación de los gobiernos anteriores. [ 55 ] En 2009, el papa Benedicto XVI expresó su pesar por "la angustia causada por la deplorable conducta de algunos miembros de la Iglesia" y ofreció su "simpatía y solidaridad en la oración". [ 56 ]

Malta

Entre 1950 y 1965, 310 niños emigraron de Malta a Australia bajo el «Plan de Migración Infantil a Australia», tras un acuerdo entre el comité de inmigración católica australiana y el Ministro de Emigración y Trabajo el 9 de diciembre de 1949. [ 57 ] La mayoría de los niños malteses enviados a Australia bajo este plan provenían de orfanatos gubernamentales o de hogares infantiles de la Iglesia, y se dijo que todos se fueron con el consentimiento de sus padres. El gobierno australiano se había ofrecido a acoger a niños malteses de entre ocho y once años, y a niñas de entre cinco y diez años en instituciones católicas, y prometió ofrecerles empleo supervisado por las autoridades católicas responsables. [ 57 ] Uno de estos niños se convirtió en sacerdote y muchos otros iniciaron una carrera, aunque muchos crecieron dolidos al saber que sus padres habían consentido su partida de casa. [ 57 ] Los emigrantes malteses fueron incluidos en la disculpa pública que el Primer Ministro australiano ofreció en 2009 a quienes sufrieron abusos a manos de sus cuidadores en instituciones, orfanatos y hogares de acogida. [ 57 ]

Palestina bajo mandato británico

Durante la Segunda Guerra Mundial, miles de menores no acompañados de familias judías de la Europa ocupada por los nazis fueron transportados a un lugar relativamente seguro en el Mandato Británico de Palestina (actualmente Israel).

Reino Unido

La práctica de enviar niños pobres u huérfanos a las colonias de colonos ingleses , para ayudar a aliviar la escasez de mano de obra, comenzó en Inglaterra en 1618, con la captura y el transporte de 100 niños vagabundos a la colonia de Virginia . [ 58 ] Antes de la segunda mitad del siglo XX, el programa de Niños del Hogar se consideraba una forma de trasladar a niños empobrecidos a una "vida mejor" en Australia, Canadá y otros lugares, proporcionando también buena "estirpe blanca" a las antiguas colonias. No se consultaba a los niños ni a los padres, y a menudo los hermanos eran separados. [ 59 ] En total, 130 000 niños fueron enviados desde el Reino Unido a Canadá, Nueva Zelanda, Sudáfrica, Rodesia (ahora Zimbabue) y Australia. A menudo se les mentía a los niños sobre la muerte de sus padres y muchos sufrieron abusos en sus nuevos hogares. [ 49 ] En febrero de 2010, el primer ministro británico , Gordon Brown, emitió una disculpa oficial por el "vergonzoso" programa de reasentamiento infantil y anunció un fondo de 6 millones de libras esterlinas destinado a compensar a las familias afectadas por el programa "erróneo". [ 60 ] Desde entonces, el Child Migrants Trust ha creado el Family Restoration Fund para utilizar este dinero para ayudar a reunir a los ex niños migrantes con sus familias como parte del paquete de apoyo del gobierno británico a los ex niños migrantes y sus familias. [ 61 ]

Durante la Segunda Guerra Mundial , unos 3,5 millones de niños fueron evacuados de zonas en riesgo de bombardeo aéreo a zonas rurales. [ 62 ] (véase Evacuaciones de civiles en Gran Bretaña durante la Segunda Guerra Mundial ).

Asimismo, durante la Segunda Guerra Mundial, cerca de 10.000 menores no acompañados de familias judías de la Europa ocupada por los nazis fueron trasladados a un lugar seguro en el Reino Unido .

Un estudio realizado en 2012 por el Centro de Migración, Política y Sociedad (COMPAS) de la Universidad de Oxford, dirigido por el Dr. Nando Sigona, ha arrojado luz sobre la situación de los niños sin derecho a vivir en el Reino Unido. [ 63 ] El estudio, «Sin salida, sin entrada: niños y familias migrantes irregulares en el Reino Unido», estima una población de 120.000 niños sin estatus, de los cuales 65.000 nacieron en el Reino Unido de padres sin derecho a vivir en el país.

Estados Unidos

Durante el siglo XIX se realizaron varios intentos de trasladar niños de las ciudades superpobladas de la costa este a familias rurales y orfanatos del medio oeste y el oeste. El más famoso fue el movimiento del tren de huérfanos . [ 64 ] Además, los niños nativos americanos fueron separados de sus familias y enviados a internados para forzarlos a asimilarse a la cultura occidental. [ 65 ]

Finlandia

Durante la Segunda Guerra Mundial, cuando Finlandia estaba en guerra con Rusia, unos 70 000 niños finlandeses fueron transportados en tren y barco, principalmente a Suecia, pero también a Noruega y Dinamarca. A estos niños se les conoce comúnmente como niños de guerra . Al finalizar la guerra, miles de niños fueron adoptados por sus "nuevos" padres.

Véase también

  • Archivos Nacionales - Migración infantil
  • Sitio web del Fondo para Niños Migrantes
  • Adopción y australianos olvidados
  • Interior: La vida dentro de los hogares e instituciones infantiles , Museo Nacional de Australia
  • Blog de la exposición Inside: Life Inside Children's Homes and Institutions , Museo Nacional de Australia
  • Australianos olvidados: Nuestra historia - Sitio web del gobierno australiano que incluye historias orales, recursos y fotografías.
  • Migración infantil, trabajo infantil y logro escolar

Referencias

  1. 1 2 Van de Glind, Hans; Anne Kou (2013). Niños migrantes en trabajo infantil, un grupo vulnerable que necesita atención, Organización Internacional para las Migraciones, Niños en movimiento . pp. 27–43 , p. 30. 
  2. El meollo de la cuestión: Evaluación de la credibilidad cuando los niños solicitan asilo en la Unión Europea . Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados. 2014.
  3. Crawley, Heaven (2012). Trabajo con niños y jóvenes sujetos a control de inmigración, directrices para las mejores prácticas, segunda edición, Asociación de Profesionales del Derecho de Inmigración .
  4. Crawley, Heaven, Trabajo con niños y jóvenes sujetos a control de inmigración, Directrices para las mejores prácticas, Segunda edición, Asociación de Profesionales del Derecho de Inmigración, 2012.
  5. "Comité de los Derechos del Niño, Observación General n.º 14 (2013), párr. 47".{{cite web}}: Falta o está vacío |url=( ayuda )
  6. "Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, Sanos y salvos, Qué pueden hacer los Estados para garantizar el respeto del interés superior de los niños no acompañados y separados en Europa, 2014" .{{cite web}}: Falta o está vacío |url=( ayuda )
  7. "Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, Directrices del ACNUR sobre la determinación formal del interés superior del niño, 2006".{{cite web}}: Falta o está vacío |url=( ayuda )
  8. "CARDET, Defensa de los Niños Internacional – Italia y otros, IMPACT, Mejora de los sistemas de seguimiento y protección contra la trata y la explotación infantil, Análisis transnacional, 2013".{{cite web}}: Falta o está vacío |url=( ayuda )
  9. ^ "Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, Conclusión sobre los niños en riesgo, Conclusiones del Comité Ejecutivo, No. 107 (LVIII), 5 de octubre de 2007".{{cite web}}: Falta o está vacío |url=( ayuda )
  10. Tamanja, Emmanuel (30 de noviembre de 2015). "Migración infantil y rendimiento académico: el caso de la educación básica en Ghana" . Revista de Educación y Práctica . 7 (15): 109–120 .
  11. Convención sobre los Derechos del Niño, Artículo 2.1
  12. Comisión Europea, Lucha contra la discriminación múltiple: prácticas, políticas y leyes, Dirección General de Empleo, Asuntos Sociales e Igualdad de Oportunidades, 2007.
  13. Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, Manual sobre el Derecho Europeo contra la Discriminación, 2011.
  14. Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado, Manual práctico sobre la aplicación del Convenio de 1996 sobre la protección del niño, 2014.
  15. "Convención sobre los Derechos del Niño" . www.ohchr.org . Consultado el 19 de abril de 2017 .
  16. 1 2 "Podeszfa, Leana y Friederike Vetter, Seguimiento posterior a la deportación: ¿Por qué, cómo y por quién?, Universidad de Oxford, Centro de Estudios sobre Refugiados, Revisión de la Migración Forzada, Detención, alternativas a la detención y la deportación, Número 44, septiembre de 2013, pp. 68-69, p. 68".{{cite web}}: Falta o está vacío |url=( ayuda )
  17. 1 2 "Consejo de Refugiados, 'Entre la espada y la pared: el dilema al que se enfrentan los solicitantes de asilo cuyas solicitudes han sido rechazadas', diciembre de 2012".{{cite web}}: Falta o está vacío |url=( ayuda )
  18. "Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas, Directrices sobre justicia en asuntos relacionados con niños víctimas y testigos de delitos, Resolución 2005/20 del Consejo Económico y Social, 2005".{{cite web}}: Falta o está vacío |url=( ayuda )
  19. "Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas, Directrices sobre justicia en asuntos relacionados con niños víctimas y testigos de delitos, Resolución 2005/20 del Consejo Económico y Social, 22 de julio de 2005, párr. 7e".{{cite web}}: Falta o está vacío |url=( ayuda )
  20. "Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, Justicia en asuntos que involucran a niños víctimas y testigos de delitos, versión adaptada a los niños, 2009".{{cite web}}: Falta o está vacío |url=( ayuda )
  21. "Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, Justicia en asuntos que involucran a niños víctimas y testigos de delitos, Ley Modelo y comentarios relacionados, 2009".{{cite web}}: Falta o está vacío |url=( ayuda )
  22. "Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas, Principios y directrices recomendados sobre derechos humanos y trata de personas, Informe del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos al Consejo Económico y Social, E/2002/68/Add.1, 20 de mayo de 2002".{{cite web}}: Falta o está vacío |url=( ayuda )
  23. "Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, Directrices sobre la protección de los niños víctimas de la trata, Notas técnicas de UNICEF, 2006".{{cite web}}: Falta o está vacío |url=( ayuda )
  24. "Consejo Europeo para los Refugiados y Exiliados, Derecho a la Justicia: Asistencia jurídica de calidad para menores no acompañados, Anexo 1: Principios rectores para la asistencia jurídica de calidad para menores no acompañados, 2014".{{cite web}}: Falta o está vacío |url=( ayuda )
  25. Convenio de Viena sobre Relaciones Consulares, artículos 5e y 5h
  26. Convenio de Viena sobre Relaciones Consulares, artículo 37b
  27. Directiva 2004/38/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativa al derecho de los ciudadanos de la Unión y de sus familiares a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros.
  28. 1 2 3 CARDET, Defensa de los Niños Internacional – Italia et al., IMPACT, Mejora de los sistemas de monitoreo y protección contra la trata y explotación infantil, Análisis transnacional, 2013.
  29. ^ Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, Conclusión sobre los niños en riesgo, Conclusiones del Comité Ejecutivo, No. 107 (LVIII), 5 de octubre de 2007 .
  30. Catholic Relief Services, Migración infantil, La detención y repatriación de niños centroamericanos no acompañados desde México, Estudio de investigación, 2010, pág. 3.
  31. Grupo Interinstitucional sobre Niños Migratorios, Por qué los niños importan, Experiencias y lecciones aprendidas de las intervenciones para proteger a los niños migrantes, Diálogo de Alto Nivel sobre Migración Internacional y Desarrollo 2013
  32. Evento paralelo al 46.º período de sesiones de la Comisión de Población y Desarrollo: “Nuevas tendencias en la migración: aspectos demográficos”, 24 de abril de 2013, pág. 3.
  33. Comisión Económica para América Latina y el Caribe, Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, Oficina Regional para América Latina y el Caribe, Niños y migración internacional en América Latina y el Caribe, Desafíos, Boletín informativo sobre el progreso hacia los Objetivos de Desarrollo del Milenio desde la perspectiva de los derechos del niño, Número 11, 2010, pág. 2.
  34. Catholic Relief Services, Migración infantil, La detención y repatriación de niños centroamericanos no acompañados desde México, Estudio de investigación, 2010, pág. 5.
  35. Centro de Investigación Innocenti del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, Tráfico de niños en Europa, Una visión amplia para poner a los niños en primer lugar, Innocenti Insight, 2008, pág. 12.
  36. Centro de Investigación Innocenti del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, Tráfico de niños en los países nórdicos, Repensando las estrategias y las respuestas nacionales, Informe técnico, 2012, págs. 18-20.
  37. Europol, El modelo de negocio financiero de THB, Evaluación del estado actual del conocimiento, 2015, pág. 13.
  38. 1 2 OIT, UNICEF y UN.GIFT (2009). «Manual de capacitación para combatir la trata de niños con fines de explotación laboral, sexual y otras formas de explotación – Libro de texto 1: Comprender la trata de niños» (PDF) . Archivado del original (PDF) el 3 de septiembre de 2013. Recuperado el 9 de febrero de 2012 .{{cite journal}}: La cita de la revista requiere |journal=( ayuda ) CS1 maint: nombres múltiples: lista de autores ( enlace )
  39. Protocolo de las Naciones Unidas contra la trata de personas, artículo 3
  40. "Liste complète" .
  41. El Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea, Directiva 2011/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de abril de 2011, relativa a la prevención y la lucha contra la trata de seres humanos y a la protección de sus víctimas, y por la que se sustituye la Decisión Marco 2002/629/JAI del Consejo, Diario Oficial de la Unión Europea, Bruselas, 15 de abril de 2011, párr. 11.
  42. "Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional" .
  43. Protocolo de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Migrantes por Tierra, Mar y Aire, que complementa el artículo 3 de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional.
  44. Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la pornografía infantil, artículo 2(a).
  45. Naciones Unidas, Plataforma de Conocimiento sobre Desarrollo Sostenible, Transformando nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, 2015.
  46. Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, División de Población de las Naciones Unidas, Universidad de Houston, Migración Internacional, Niños y Adolescentes, Dinámica de la Población, octubre de 2013, págs. 1, 4.
  47. 1 2 Cortina, Jerónimo, Niños, educación y migración: respuestas políticas de beneficio mutuo para el codesarrollo, QScience Proceedings, Número especial sobre familia, migración y dignidad, Universidad de Houston y Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, Bloomsbury Qatar Foundation Journals, 2013, pág. 2.
  48. Read, Peter (1981). Las generaciones robadas: La separación de niños aborígenes en Nueva Gales del Sur de 1883 a 1969 (PDF) . Departamento de Asuntos Aborígenes (Gobierno de Nueva Gales del Sur). ISBN 978-0-646-46221-9Archivado del original (PDF) el 9 de abril de 2012.
  49. 1 2 Anónimo (16 de noviembre de 2009). "Australia 'pide disculpas' por el abuso infantil" . BBC News . BBC . Consultado el 17 de noviembre de 2009 .
  50. "Discurso | Primer Ministro de Australia" . Archivado del original el 5 de abril de 2010. Consultado el 11 de marzo de 2010 .disculpas del Primer Ministro
  51. http://guides.slv.vic.gov.au/content.php?pid=55757&sid=582660 Adopción y australianos olvidados: niños migrantes
  52. http://penkapeykovska.blogspot.hu/p/blog-page_20.html Peykovska, Penka, Migración infantil, trabajo infantil y rendimiento escolar. Evidencia de la comunidad búlgara en Hungría (finales del siglo XIX a la década de 1930)
  53. "Víctima de la escuela Alberni habla" . First Nations Drum . Archivado del original el 26 de julio de 2009. Consultado el 2 de diciembre de 2009 .
  54. "Cronología de los internados para indígenas" . CBC. 16 de mayo de 2008. Consultado el 11 de junio de 2008 .
  55. El Primer Ministro cita un "capítulo triste" en su disculpa por los internados para indígenas - cbc.ca, 11 de junio de 2008. Consultado el 2 de diciembre de 2009.
  56. Comunicado de la Oficina de Prensa de la Santa Sede. Archivado el 26 de julio de 2009 en Wayback Machine . 29 de abril de 2009. Consultado el 2 de diciembre de 2009.
  57. 1 2 3 4 Attard, Elaine. "El primer ministro australiano se disculpa por el abuso infantil" . The Malta Independent online . Standard Publications Ltd. Archivado del original el 20 de noviembre de 2009. Recuperado el 17 de noviembre de 2009 .
  58. "Cronología de la migración infantil" . The Goldonian . Goldonian Web . Consultado el 7 de abril de 2009 .
  59. Trabajo infantil Por Sandy Hobbs, Jim McKechnie, Michael Lavalette págs. 33, 34
  60. Ralph, Alex (24 de febrero de 2010). "Gordon Brown se disculpa por el 'vergonzoso' programa de reasentamiento de niños coloniales" . The Times . Times Newspapers Ltd. Archivado del original el 4 de junio de 2011. Recuperado el 26 de febrero de 2010 .
  61. Anónimo. "Fondo de Reintegración Familiar" . Child Migrantes Trust . Consultado el 28 de julio de 2013 .
  62. Anónimo. "Página principal" . Asociación de Reunión de Evacuados . Consultado el 28 de abril de 2010 .
  63. "Sin salida, sin entrada: Niños migrantes quedan desamparados" . 15 de mayo de 2012.
  64. Torigoe, John (24 de diciembre de 2008). "Viajaba en el 'Tren de los Huérfanos' por todo el país" . CNN .
  65. Andrea Smith, "Herida del alma: El legado de las escuelas nativas americanas" Archivado el 8 de febrero de 2006 en Wayback Machine , Amnesty Magazine , sitio web de Amnistía Internacional