
El formulario I-140 , Petición de Inmigrante para Trabajador Extranjero, es un formulario que un posible empleador presenta ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) para solicitar que un extranjero trabaje en los EE. UU. de forma permanente. Esto se hace cuando el trabajador se considera extraordinario en algún sentido o cuando no existen trabajadores calificados en los EE. UU. [ 1 ] El empleador que presenta la solicitud se llama peticionario, y el empleado extranjero se llama beneficiario; estos dos pueden coincidir en el caso de un autopeticionario. El formulario tiene 6 páginas con un documento de instrucciones aparte de 10 páginas a partir de 2016. Es uno de los formularios de inmigración del USCIS .
Razones para presentar el Formulario I-140
El formulario I-140 es necesario para las categorías EB -1 , EB-2 y EB-3 . Para las categorías EB-4 y EB-5 , se utilizan los formularios I-360 e I-526, respectivamente. Estas categorías se introdujeron como parte de la Ley de Inmigración de 1990 .
A continuación se presenta una lista de todos los motivos (también conocidos como tipos de petición) para presentar el Formulario I-140. [ 1 ] [ 2 ]
Detalles de presentación
Evidencia inicial
La petición del Formulario I-140 debe ir acompañada de lo que se denomina "evidencia inicial". Esta evidencia depende del tipo de empleado que se patrocina, pero, por ejemplo (en algunos casos), incluye un premio otorgado al empleado o una publicación suya que certifique que posee habilidades extraordinarias. En muchos casos (véase la tabla anterior), parte de la evidencia inicial es una Certificación Laboral Permanente , que establece, entre otras cosas, que no hay suficientes trabajadores en los EE. UU. para cubrir el puesto que el empleado extranjero planea ocupar. [ 1 ] En los casos en que se requiere una certificación laboral, se dice que la petición se basa en la certificación laboral.
En las solicitudes basadas en la certificación laboral, se debe presentar y obtener la aprobación del Departamento de Trabajo de los Estados Unidos para poder presentar el Formulario I-140. Es posible establecer una relación de sucesión entre el empleador sucesor y el empleador predecesor, en cuyo caso se puede utilizar la certificación laboral del predecesor.
Evidencia general
Entre las pruebas adicionales que deben presentarse se incluyen los datos financieros del empleador, la prueba de la educación y la experiencia laboral del empleado, así como pruebas de que el empleador puede pagar el salario ofrecido al empleado. [ 3 ]
En su Manual de Políticas, el USCIS enumera cuatro maneras en que un empleador puede demostrar que puede pagar el salario:
- Formulario 10-K de la SEC : Las empresas que cotizan en bolsa pueden presentar los informes anuales presentados ante la Comisión de Bolsa y Valores de EE. UU. (SEC) o enviados a sus accionistas como prueba.
- Declaraciones de impuestos federales: Todas las empresas pueden presentar las declaraciones federales que presentan anualmente ante el IRS .
- Estados financieros auditados: El USCIS define los estados financieros como auditados cuando existe prueba de que han sido examinados bajo un estándar aceptable por un contador autorizado por la jurisdicción (generalmente el estado) en la que opera la empresa para realizar la auditoría.
- Declaración del responsable financiero: Cuando una organización solicitante tiene al menos 100 empleados, la capacidad de pagar el salario ofrecido puede demostrarse mediante una declaración proporcionada por uno de sus responsables financieros. [ 4 ]
En algunas situaciones, el solicitante puede optar por proporcionar, o el USCIS puede solicitar, documentación complementaria, incluidos estados de pérdidas y ganancias, registros de cuentas bancarias o archivos de personal. [ 4 ]
El extranjero puede además auto-petición en los casos de EB1-A Extranjero de Habilidad Extraordinaria o EB-2 Exención por Interés Nacional. [ 5 ] [ 6 ]
El formulario debe estar firmado para ser válido. [ 1 ]
Formularios presentados junto con
El formulario I-907, Solicitud de Servicio de Procesamiento Premium, es necesario si el peticionario solicita el Procesamiento Premium. [ 1 ]
El formulario I-140 puede presentarse simultáneamente con el formulario I-485, Solicitud para registrar la residencia permanente o ajustar el estatus. [ 7 ]
Modalidades de presentación de documentos
El formulario I-140 puede presentarse en papel o electrónicamente. Si se presenta electrónicamente, se enviará al centro de servicio correspondiente. [ 8 ] [ 9 ]
Direcciones
La dirección de presentación del Formulario I-140 depende de si se presenta de forma independiente o simultáneamente con el Formulario I-485. La dirección de presentación también puede variar según el estado en el que el beneficiario trabajará para el procesamiento de primas. [ 10 ]
Tasas de presentación
La tarifa para presentar el Formulario I-140 es de $715 y debe pagarse en dólares estadounidenses al Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos . [ 1 ] También hay una tarifa de $2,800 por el procesamiento prioritario (siguiente sección).
Sin embargo, esta tarifa no incluye :
- En caso de que el beneficiario ya se encuentre en los Estados Unidos, la tarifa del Formulario I-485 (presentado por separado por el beneficiario, por lo que no forma parte de la petición), que puede variar entre $750 y $1140 dependiendo de la categoría, más una tarifa de $85 por datos biométricos. [ 11 ]
- En caso de que el beneficiario no se encuentre en los Estados Unidos, la tarifa de procesamiento de la solicitud de visa de inmigrante, que a partir de mayo de 2015 es de $325. [ 12 ]
- En caso de que el beneficiario no se encuentre en los Estados Unidos, se deberá abonar la tarifa de inmigración de USCIS de $220, necesaria para procesar el paquete de visa de inmigrante y producir y enviar la Tarjeta Verde al solicitante. [ 13 ]
Procesamiento prioritario: Formulario I-907
El USCIS ofrece un Servicio de Procesamiento Premium con un costo adicional de $2,800 para las peticiones del Formulario I-140. El Procesamiento Premium solo está disponible para este formulario y para el Formulario I-129 (trabajador no inmigrante). El Servicio de Procesamiento Premium garantiza una revisión inicial por parte del USCIS dentro de los 15 días calendario posteriores a la recepción del formulario, después de lo cual puede aprobar, denegar o emitir una Solicitud de Evidencia o un Aviso de Intención de Denegación . [ 14 ] El USCIS reembolsará la tarifa del Servicio de Procesamiento Premium si el procesamiento tarda más de 15 días. Si se reembolsa la tarifa, el caso correspondiente continuará recibiendo procesamiento acelerado. [ 14 ] El tiempo comienza a contar desde la recepción del Formulario I-907 y la tarifa correspondiente.
El Servicio de Procesamiento Premium se introdujo en 2001 para el Formulario I-129 [ 15 ] y se extendió al Formulario I-140 en 2006. [ 16 ]
El procesamiento prioritario no garantiza una resolución final; solo establece un plazo para la revisión inicial de la solicitud. En otras palabras, la garantía de 15 días naturales se aplica únicamente a la revisión inicial, que puede resultar en la aprobación, la denegación o la emisión de una solicitud de pruebas adicionales o una notificación de intención de denegación.
Para la asignación de visas de inmigrante, la petición del Formulario I-140 debe ser aprobada y la fecha de prioridad asignada a dicha petición debe ser anterior a la fecha límite (que depende del país de origen y de la categoría de visa). Dado que la fecha límite y el tiempo de procesamiento de las peticiones del Formulario I-140 son independientes, el tiempo de espera para el procesamiento del Formulario I-140 es el que resulte posterior entre el tiempo de disponibilidad de números de visa (la fecha límite) y el tiempo de procesamiento del Formulario I-140. Por lo tanto, el Procesamiento Premium puede agilizar el proceso general para obtener la residencia permanente legal cuando el tiempo de procesamiento del Formulario I-140 es mayor que el tiempo de disponibilidad de números de visa. En otras palabras, si no hay tiempo de espera para la disponibilidad de números de visa, ya sea porque la categoría no tiene límite o porque los límites están lejos de alcanzarse, entonces el Procesamiento Premium es ventajoso. Por otro lado, para una categoría de visa con un país de origen donde la fecha límite actual es muy lejana (es decir, hay una larga lista de espera), el Procesamiento Premium no agilizaría el proceso general porque la fecha límite supera incluso el tiempo de procesamiento estándar.
Es posible solicitar el procesamiento prioritario para una solicitud ya presentada. En este caso, el plazo para el procesamiento prioritario comienza a contar desde el momento en que se solicita.
Beneficios de tener una petición I-140 aprobada
La pregunta 67 y la sección 106 de la Ley de Competitividad Estadounidense en el Siglo XXI (AC21) incluyen disposiciones especiales para casos de adjudicaciones prolongadas. En particular, permiten extensiones de un año para el estatus H-1B de personas con peticiones del Formulario I-140 pendientes desde hace mucho tiempo (al menos 365 días). En este contexto, "pendiente" incluye una apelación en trámite. También permite que las personas con peticiones del Formulario I-485 pendientes por más de 180 días cambien de trabajo sin invalidar el Formulario I-140 ni la certificación laboral subyacentes. Sin embargo, existe ambigüedad en los casos en que se obtiene una extensión, pero posteriormente se deniega la petición del Formulario I-140.
Según una de las disposiciones de la Ley LIFE , el USCIS pasaría por alto la entrada ilegal y la presencia ilegal al considerar algunas solicitudes de ajuste de estatus para personas cuyo Formulario I-140 se había presentado antes del 30 de abril de 2001 (con una serie de salvedades adicionales). [ 17 ]
Estadística
Tasa de aprobación
La tasa de aprobación para extranjeros con habilidades extraordinarias osciló entre el 47 % y el 62 % durante los años 2005-2010. Para profesores o investigadores destacados, esta tasa osciló entre el 90 % y el 95 % durante los mismos años. [ 18 ]
Tiempos de procesamiento
USCIS procesa el Formulario I-140 por orden de llegada, por lo que en cualquier momento dado, la fecha de recepción de los formularios que acaban de terminar de procesarse proporciona una buena estimación del tiempo de procesamiento. USCIS divide el Formulario I-140 en ocho categorías e informa los tiempos de procesamiento por separado para cada una: [ 19 ]
- Habilidad Extraordinaria (EB-1)
- Profesor o investigador destacado (EB-1)
- Gerente o ejecutivo multinacional (EB-1)
- Profesional con título avanzado (EB-2)
- Trabajador calificado o profesional (EB-3)
- Trabajador no calificado (EB-3)
- Título avanzado o habilidad excepcional que justifique la solicitud de una exención por interés nacional (EB-2).
- Enfermeras del Anexo A (EB-2 o EB-3)
El tiempo de procesamiento es en promedio de unos cuatro meses. [ 20 ]
Se informan tiempos de procesamiento separados para el procesamiento de apelaciones. Al 1 de febrero de 2016, los tiempos de procesamiento para apelaciones administrativas para todas las categorías del Formulario I-140 son de 6 meses o menos. [ 21 ]
Decisiones adversas
Respuesta inicial
La respuesta inicial del USCIS a un Formulario I-140 es una de estas cuatro:
- Aprobación
- Negación
- Solicitud de pruebas (RFE): Generalmente, se solicitan pruebas sobre la relación entre el solicitante y el beneficiario. Por ejemplo, en las solicitudes basadas en el matrimonio (donde un cónyuge solicita en nombre del otro), se buscan pruebas de que el matrimonio se celebró realmente y de que no hubo fraude matrimonial .
- Aviso de Intención de Denegación (NOID): Este es un aviso anticipado de que es probable que la petición sea denegada, junto con los motivos de la denegación propuesta. Se le otorga al peticionario un tiempo limitado para responder. [ 22 ]
En el caso de una RFE o una NOID, la respuesta del solicitante será tomada en cuenta por el USCIS al decidir si aprueba o deniega la petición.
Presentación independiente: revocación de la petición y Notificación de intención de revocar
Con base en nuevas pruebas que sugieren que la petición original era fraudulenta, el USCIS puede emitir una revocación de la petición (es decir, revocarla por completo) o enviar al peticionario un Aviso de Intención de Revocación , al cual el peticionario puede responder con pruebas adicionales o impugnar los motivos. El motivo típico por el cual el USCIS reconsidera una petición aprobada es cuando un funcionario consular de los Estados Unidos que evalúa la solicitud de visa del beneficiario con base en la petición encuentra pruebas que sugieren que la petición era fraudulenta. Si la oficina consular encuentra dichas pruebas, devuelve la petición al USCIS junto con los motivos por los que la petición parece fraudulenta y emite una cuasi-rechazo de la Sección 221(g) al solicitante (tenga en cuenta que esto es relevante para los casos 2 y 3, y no para el caso 1 donde el beneficiario ya se encuentra en los Estados Unidos). [ 23 ] Vale la pena señalar lo siguiente:
- Un funcionario consular puede rechazar la solicitud de visa del beneficiario sin devolver la petición al USCIS. Esto se debe a que el funcionario consular tiene muchos motivos potenciales para rechazar la solicitud sin poner en duda la legitimidad de la petición.
- Después de que el funcionario consular devuelva la petición al USCIS, este último puede decidir que la petición es válida e informarlo al funcionario consular. Si el USCIS revalida la petición, el funcionario consular debe usar esta información y continuar con la misma solicitud de visa (es decir, el beneficiario no necesita volver a solicitar una visa).
Proceso de solicitud y apelación
Es posible volver a solicitar la petición I-140 si la petición original fue denegada o revocada. Al volver a solicitarla, se deben presentar nuevamente todas las pruebas entregadas anteriormente y pagar nuevamente la tarifa de presentación. Además, se debe proporcionar el número de recibo de la petición I-140 anterior.
Si el peticionario dispone de pruebas adicionales que pudieran llevar a la aprobación de la petición original, es posible presentar una moción para reabrir o reconsiderar la petición. Para ello, se debe presentar el Formulario I-290B, Notificación de Apelación o Moción, dentro de los 30 días siguientes a la denegación (15 días en caso de revocación). [ 24 ]
En tercer lugar, es posible apelar la decisión, en cuyo caso el Formulario I-290B, Notificación de Apelación o Moción, debe presentarse dentro de los 30 días posteriores a la denegación (15 días en caso de revocación) para su procesamiento por la Oficina de Apelaciones Administrativas (AAO) del USCIS. Tenga en cuenta que, si bien el formulario presentado es el mismo para apelaciones o mociones, la forma en que se llena el formulario aclara si se está utilizando para una apelación o una moción. [ 24 ] En caso de apelación, no es necesario presentar nuevas pruebas, ya que la alegación es que la denegación o revocación original fue incorrecta a la luz de las pruebas disponibles en ese momento. La AAO tiene como objetivo un tiempo de procesamiento de 6 meses o menos para las apelaciones, pero no se informan los tiempos de procesamiento actuales. [ 25 ] Históricamente, las apelaciones han tardado hasta 35 meses en ser resueltas; por esta razón, los recursos legales a menudo recomiendan volver a presentar la solicitud.
Finalmente, si la AAO emite una decisión adversa, también es posible presentar una moción de reconsideración ante la propia AAO. [ 24 ]
La AAO es la última instancia de apelación dentro del USCIS. Más allá de esto, la decisión puede apelarse dentro del sistema judicial federal. [ 26 ] Un ejemplo de apelación fue el caso de Kazarian v. USCIS (2010).
Relación con el proceso general de visado de inmigrante
La presentación del Formulario I-140 es un paso del proceso general para convertirse en residente permanente legal . Todo el proceso suele durar varios años. [ 27 ]
- Certificación laboral (también llamada proceso PERM ). [ 28 ] Si la solicitud se basa en la certificación laboral, el empleador debe demostrar legalmente que necesita contratar a un extranjero para un puesto específico y que no hay ningún ciudadano estadounidense o residente permanente legal (LPR) con las cualificaciones mínimas disponibles para cubrir dicho puesto, de ahí la razón para contratar al extranjero. Actualmente, esto se realiza mediante un sistema electrónico conocido como PERM . [ 29 ] Este paso lo tramita el Departamento de Trabajo de los Estados Unidos (DOL). La certificación laboral tiene una validez de 6 meses a partir de su aprobación.
- Petición de inmigrante . El empleador solicita, en nombre del extranjero, un número de visa. La solicitud es el Formulario I-140, tema de esta página. Actualmente, este proceso puede tardar hasta 6 meses.
- Disponibilidad de visas de inmigrante . Cuando el USCIS aprueba la petición de inmigrante, esta se remite al NVC para la asignación de visas. Actualmente, este paso se basa en el concepto de fecha de prioridad .
- Adjudicación de visa de inmigrante . Cuando el Centro Nacional de Visas (NVC) determina que hay una visa de inmigrante disponible, el caso puede ser adjudicado. Si el extranjero ya se encuentra en los EE. UU., puede optar por finalizar el proceso de la tarjeta verde mediante el ajuste de estatus en los EE. UU. o mediante el procesamiento consular en el extranjero. Si el beneficiario extranjero se encuentra fuera de los EE. UU., solo puede solicitar una visa de inmigrante en el consulado estadounidense. El USCIS no permite que un extranjero realice el procesamiento consular y el ajuste de estatus (AOS) simultáneamente. Antes de presentar el formulario I-485 (Ajuste de Estatus), se requiere que el solicitante se someta a un examen médico realizado por un médico civil aprobado por el USCIS. El examen incluye un análisis de sangre y vacunas específicas, a menos que el solicitante presente prueba de que las vacunas requeridas ya se administraron en otro lugar. El médico civil entrega al solicitante un sobre sellado que contiene el formulario I-693 completo, el cual debe incluirse sin abrir con la solicitud I-485. [ 30 ] (La referencia citada también afirma que la edición del 25 de febrero de 2010 del Formulario I-693 refleja que una persona ya no debería someterse a pruebas para detectar la infección por VIH).
- Ajuste de Estatus (AOS) . Una vez que el extranjero obtiene una certificación laboral y se le asigna provisionalmente un número de visa, el último paso es cambiar su estatus a residente permanente. El ajuste de estatus se presenta ante el USCIS mediante el formulario I-485, Solicitud para Registrar la Residencia Permanente o Ajustar el Estatus . Si hay un número de visa de inmigrante disponible, el USCIS permitirá la "presentación simultánea" : aceptará los formularios I-140 e I-485 presentados en el mismo paquete o aceptará el formulario I-485 incluso antes de la aprobación del I-140.
- Trámite consular . Esta es una alternativa al ajuste de estatus (AOS), pero aún requiere que se complete la petición de visa de inmigrante. No se utiliza el Formulario I-485. En el pasado (antes de 2005), este proceso era algo más rápido que solicitar el AOS, por lo que a veces se utilizaba para evitar largas listas de espera (de más de dos años en algunos casos). Sin embargo, debido a las recientes mejoras de eficiencia del USCIS, no está claro si la solicitud a través del trámite consular es más rápida que el proceso regular de AOS. También se considera que el trámite consular es más riesgoso, ya que no hay o hay muy pocas posibilidades de apelación si el funcionario deniega la solicitud.
Formularios relacionados
De los formularios de inmigración del USCIS , los siguientes son los que guardan mayor relación con el Formulario I-140:
- El formulario I-129 , Solicitud para un trabajador no inmigrante, se utiliza para los trabajadores no inmigrantes.
- El formulario I-130 , Petición para Familiar Extranjero, es el otro formulario principal que constituye el primer paso para obtener el estatus de inmigrante. Se utiliza para la inmigración de familiares de ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes legales.
- Los formularios I-360 e I-526 son los que se utilizan para las categorías EB-4 (trabajador religioso e inmigrante especial) y EB-5 (inversionista/empresario).
- El formulario I-765 se utiliza para solicitar un Documento de Autorización de Empleo (EAD) . A diferencia de los formularios anteriores, no se trata de una petición, sino de una solicitud presentada directamente por la persona que busca el EAD. El formulario I-765 no se puede utilizar para inmigrar a los Estados Unidos ni para cambiar el estatus de no inmigrante, sino que lo utilizan quienes se encuentran en los Estados Unidos con diversos estatus (como estudiantes con visas F o solicitantes elegibles de DACA) para poder trabajar. La clasificación EAD no está vinculada a ningún empleador en particular y le brinda al trabajador la flexibilidad de elegir cualquier empleador, posiblemente sujeto a restricciones sobre la naturaleza del trabajo o la cantidad de horas trabajadas. Por ejemplo, los estudiantes con visa F reciben un EAD para la Capacitación Práctica Opcional posterior a la finalización de sus estudios . La diferencia clave entre los formularios I-129 e I-765 es que el primero lo presenta el empleador y está asociado a un trabajo específico, mientras que el segundo lo presenta el empleado y no está vinculado a un trabajo en particular.
Referencias
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- ↑ "Certificación Laboral Permanente" . Administración de Empleo y Capacitación, Departamento de Trabajo de los Estados Unidos . Consultado el 31 de diciembre de 2006 .
- ↑ Examen médico de extranjeros que solicitan ajuste de estatus. Archivado el 30 de junio de 2007 en Wayback Machine , descripción del formulario I-693, sitio web de USCIS , consultado el 3 de diciembre de 2007.
- Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos
- Formularios del gobierno de los Estados Unidos